Reglamento de trabajo del Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración
(revisado en 2022)
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de mejorar la estructura de gobierno corporativo de Runjian Co.Ltd(002929) (en lo sucesivo denominada “la sociedad”) y el sistema de gestión de la remuneración y el examen de la sociedad, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China, las normas para la gobernanza de las empresas que cotizan en bolsa, los Estatutos de Runjian Co.Ltd(002929) (en lo sucesivo denominados “los estatutos”) y otras disposiciones pertinentes, y de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Junta General de accionistas de la sociedad, Se establece un Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración (en lo sucesivo denominado “Comité de remuneración y evaluación”) y se formulan estas normas detalladas.
Artículo 2 El Comité de remuneración y evaluación es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con la resolución de la Junta General de accionistas y se encarga principalmente de elaborar y evaluar las normas de evaluación de los directores y altos directivos de la empresa; Responsable de la formulación y revisión de la política salarial y el plan de los directores y altos directivos de la empresa, responsable ante el Consejo de Administración.
El término “personal directivo superior” mencionado en las presentes Normas se refiere al Director General, al Director General Adjunto, al Secretario del Consejo de Administración y al Director Financiero de la empresa.
Capítulo II Composición del personal
Artículo 3 El Comité de remuneración y evaluación estará integrado por tres directores, de los cuales la mayoría serán directores independientes.
Artículo 4 los miembros del Comité de remuneración y evaluación serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o más de un tercio (incluido un tercio) de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento de los miembros del Comité, el nuevo miembro asumirá sus funciones inmediatamente después de que concluya la reunión de la Junta.
Artículo 5 El Comité de remuneración y evaluación tendrá un Presidente (convocante), que será nombrado por un miembro del Consejo de administración independiente, que presidirá el Comité y será elegido entre los miembros. Artículo 6 el mandato de los miembros del Comité de remuneración y evaluación será el mismo que el de los directores del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la empresa, perderá automáticamente la condición de miembro y el Consejo de Administración completará el número de miembros de conformidad con los artículos 3 a 5 supra.
Artículo 7 el Secretario del Consejo de Administración será responsable del enlace entre la remuneración y la labor diaria del Comité de evaluación, la recopilación y preparación de la información pertinente sobre el funcionamiento y la información pertinente sobre el personal examinado, la Organización de las reuniones y la aplicación de las resoluciones.
Capítulo III responsabilidades y competencias
Artículo 8 funciones principales del Comité de remuneración y evaluación:
Elaborar planes o planes de remuneración basados en el alcance principal, las responsabilidades, la importancia de los puestos directivos de los directores y el personal directivo superior y el nivel de remuneración de los puestos pertinentes de otras empresas pertinentes; El plan o plan de remuneración incluye, entre otras cosas, las normas, los procedimientos y los principales sistemas de evaluación de la actuación profesional, as í como los principales planes y sistemas de recompensas y sanciones;
Examinar el desempeño de las funciones de los directores (directores no independientes) y del personal directivo superior de la empresa y llevar a cabo una evaluación anual de la actuación profesional;
Supervisar la aplicación del sistema de remuneración de la empresa;
Otras funciones y facultades conferidas por el Consejo de Administración de la empresa.
Los miembros del Comité de remuneración y evaluación comprobarán anualmente si los procedimientos de adopción de decisiones sobre la remuneración de los directores y altos directivos se ajustan a las disposiciones, si la base de la determinación es razonable, si perjudican los intereses de la sociedad cotizada y de todos los accionistas, si el contenido de la divulgación del informe anual sobre la remuneración de los directores y altos directivos es coherente con la situación real, y presentarán un informe de Inspección al Consejo de Administración. En caso de que se detecten problemas en la inspección, se informará oportunamente a la bolsa de valores.
Artículo 9 el Consejo de Administración tendrá derecho a vetar cualquier plan o plan de remuneración que perjudique los intereses de los accionistas.
Artículo 10 el plan de remuneración de los directores de la sociedad propuesto por el Comité de remuneración y evaluación se presentará al Consejo de Administración para su aprobación y se presentará a la Junta General de accionistas para su examen y aprobación antes de su aplicación. El plan de distribución de la remuneración del personal directivo superior de la empresa se presentará al Consejo de Administración para su aprobación.
Artículo 11 El Comité de remuneración y evaluación será responsable ante el Consejo de Administración y sus propuestas se presentarán al Consejo de Administración para su examen y decisión.
Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones
Artículo 12 el Secretario del Consejo de Administración se encargará de los preparativos previos a la adopción de decisiones por el Comité de remuneración y evaluación y de proporcionar a la empresa información pertinente:
Proporcionar los principales indicadores financieros y el logro de los objetivos operacionales de la empresa;
El ámbito de trabajo y las principales responsabilidades del personal directivo superior de la empresa;
Iii) proporcionar información sobre el cumplimiento de los indicadores pertinentes en el sistema de evaluación de la actuación profesional de los directores y el personal directivo superior;
Iv) proporcionar a los directores y al personal directivo superior información sobre la capacidad de innovación empresarial y la capacidad de generación de beneficios;
Proporcionar la base de cálculo pertinente para elaborar el plan de distribución de la remuneración y el método de distribución de la remuneración de la empresa sobre la base del desempeño de la empresa.
Artículo 13 procedimientos de evaluación de los directores y el personal directivo superior por el Comité de remuneración y evaluación: i) los directores y el personal directivo superior de la empresa presentarán sus informes y autoevaluaciones al Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración;
El Comité de remuneración y evaluación evaluará la actuación profesional de los directores y el personal directivo superior de conformidad con las normas y procedimientos de evaluación de la actuación profesional;
De acuerdo con los resultados de la evaluación de la actuación profesional y la política de distribución de la remuneración, proponer el importe de la remuneración y el método de adjudicación de los directores y el personal directivo superior, e informar al Consejo de Administración de la empresa después de la votación.
Capítulo V Reglamento interno
Artículo 14 las reuniones del Comité de remuneración y evaluación se dividirán en reuniones ordinarias y reuniones temporales.
Artículo 15 la reunión ordinaria del Comité de remuneración y evaluación se celebrará al menos una vez al a ño y será convocada por el miembro del Presidente, que, si no puede desempeñar sus funciones por alguna razón, será convocada por otros miembros designados por el miembro del Presidente; Si el Presidente no nombra a ningún candidato, será convocado por otro miembro (director independiente) del Comité de remuneración y evaluación.
Las reuniones provisionales serán convocadas a propuesta de los miembros del Comité de remuneración y evaluación.
Artículo 16 la reunión del Comité de remuneración y evaluación se notificará a todos los miembros del Comité tres días antes de la celebración de la reunión, que estará presidida por el Presidente del Comité y podrá encomendar la Presidencia a otro miembro (director independiente) Si el Presidente del Comité no puede asistir.
Artículo 17 las reuniones del Comité de remuneración y evaluación sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros.
Artículo 18 el método de votación de la reunión del Comité de remuneración y evaluación será la votación a mano alzada o la votación; La reunión provisional podrá celebrarse mediante votación por correspondencia.
Artículo 19 cuando el Comité de remuneración y evaluación lo considere necesario, podrá invitar a los directores, supervisores, directores generales u otros altos directivos de la empresa a asistir a la reunión sin derecho a voto.
Artículo 20 si es necesario, el Comité de remuneración y evaluación podrá contratar a una empresa de contabilidad o a un bufete de abogados para que presten asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, a expensas de la empresa. Artículo 21 cuando en una reunión del Comité de remuneración y evaluación se examinen cuestiones relacionadas con los miembros del Comité, se retirará a esos miembros. La reunión del Comité de remuneración y evaluación podrá celebrarse con la asistencia de la mayoría de los miembros no afiliados, y las resoluciones adoptadas en la reunión serán aprobadas por la mayoría de los miembros no afiliados; Si el número de miembros no afiliados presentes en la reunión es inferior a la mitad del número total de miembros no afiliados del Comité de evaluación, el asunto se presentará al Consejo de Administración para su examen.
Artículo 22 los procedimientos para la celebración de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación, los métodos de votación y las propuestas aprobadas en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes, reglamentos, estatutos y presentes Normas. Artículo 23 las actas de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación y las firmas de los miembros presentes en las actas de las reuniones; El Secretario de la Junta conservará el acta de la reunión durante un período no inferior a diez a ños.
Artículo 24 las propuestas y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de remuneración y evaluación se presentarán por escrito al Consejo de Administración.
Artículo 25 todos los miembros presentes en la reunión tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las deliberaciones de la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.
Capítulo VI Disposiciones complementarias
Artículo 26 los términos “anteriores” a que se hace referencia en las presentes normas detalladas incluirán este número, mientras que los términos “excesivos” y “insuficientes” no incluirán este número.
Artículo 27 estas normas entrarán en vigor y entrarán en vigor en la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 28 las cuestiones no mencionadas en el presente reglamento se regirán por las disposiciones de las leyes, reglamentos, documentos normativos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes, reglamentos, documentos normativos promulgados posteriormente por el Estado o los Estatutos de la sociedad modificados por procedimientos legales, se aplicarán las disposiciones de las leyes, reglamentos, documentos normativos y estatutos pertinentes del Estado. Artículo 29 el Consejo de Administración de la sociedad tendrá derecho a interpretar y modificar las presentes Normas.
Consejo de Administración
Junio 2022