Sistema de trabajo del Secretario de la Junta
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de seguir normalizando las funciones y los procedimientos de trabajo del Secretario del Consejo de Administración de Xiamen Comfort Science & Technology Group Co.Ltd(002614) (en lo sucesivo denominado “la empresa”) y de promover un mejor desempeño de sus funciones, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China y las normas de cotización en bolsa de Shenzhen de la bolsa de valores (en lo sucesivo denominadas “la bolsa de valores”), Este sistema se formula de conformidad con las disposiciones pertinentes de las directrices no. 1 de la bolsa de Shenzhen sobre la autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa – funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en bolsa de la Junta Principal y los Estatutos de Xiamen Comfort Science & Technology Group Co.Ltd(002614) (en adelante denominados “los estatutos”).
Artículo 2 la sociedad tendrá un Secretario del Consejo de Administración, que será el personal directivo superior de la sociedad y será responsable ante el Consejo de Administración.
Artículo 3 el Secretario del Consejo de Administración tendrá la obligación de buena fe y diligencia con respecto a la empresa y no podrá utilizar su autoridad para obtener beneficios para sí mismo o para otros.
Artículo 4 al nombrar al Secretario del Consejo de Administración, el Consejo de Administración de la sociedad nombrará a un representante de valores para que preste asistencia al Secretario del Consejo de Administración en el desempeño de sus funciones.
Artículo 5 el Secretario del Consejo de Administración y el representante de valores de la sociedad cumplirán las disposiciones del presente sistema.
Capítulo II nombramiento, destitución y cualificación del Secretario del Consejo de Administración
Artículo 6 el Secretario del Consejo de Administración será nombrado por el Presidente y nombrado o destituido por el Consejo de Administración.
Un director u otro funcionario de la empresa puede actuar simultáneamente como Secretario del Consejo de Administración. Cuando un Director actúe simultáneamente como Secretario del Consejo de Administración, si un acto debe ser realizado por separado por el Director y el Secretario del Consejo de Administración, la person a que actúe simultáneamente como Director y Secretario del Consejo de Administración no podrá hacerlo en doble calidad.
Artículo 7 el Secretario del Consejo de Administración tendrá los conocimientos financieros, de gestión y jurídicos especializados necesarios para desempeñar sus funciones, una buena ética profesional y una buena moral personal, y tendrá la experiencia laboral necesaria para desempeñar sus funciones, y obtendrá el certificado de cualificación del Secretario del Consejo de Administración expedido por la bolsa de valores. Una person a que se encuentre en una de las siguientes circunstancias no podrá actuar como Secretario del Consejo de Administración de la sociedad: i) no podrá actuar como directivo superior de una sociedad cotizada de conformidad con el derecho de sociedades;
La Comisión Reguladora de valores de China (en lo sucesivo denominada “c
Ser reconocido públicamente por la bolsa de valores como inadecuado para ser el personal directivo superior de las empresas que cotizan en bolsa, y el plazo aún no ha expirado;
Iv) las sanciones administrativas impuestas por la c
Ha sido condenado públicamente por la bolsa de valores en los últimos 36 meses o ha sido criticado en más de tres notificaciones públicas; ⅵ) no se han formulado observaciones finales definitivas sobre el hecho de que el órgano judicial haya presentado un caso para su investigación por sospecha de delito o de que el c
Ser publicitado por la Comisión Reguladora de valores de China en la Plataforma de investigación pública de información ilegal y deshonesta en el mercado de valores y futuros o ser incluido en la lista de personas deshonestas por el Tribunal Popular;
El actual supervisor de la empresa;
Otras circunstancias que la bolsa de valores considere inadecuadas para actuar como Secretario del Consejo de Administración.
Artículo 8 la sociedad nombrará un nuevo Secretario del Consejo de Administración en un plazo de tres meses a partir de la partida del Secretario original del Consejo de Administración.
Artículo 9 durante el período de vacante del Secretario del Consejo de Administración de la sociedad, el Consejo de Administración designará a un director o al personal directivo superior para que desempeñe las funciones de Secretario del Consejo de Administración y lo presente a la bolsa de valores para que conste en acta, y al mismo tiempo determinará lo antes posible la Elección del Secretario del Consejo de Administración. Antes de que la empresa designe a una persona que actúe en nombre del Secretario del Consejo de Administración, el Presidente actuará en nombre del Secretario del Consejo de Administración. Si el período de vacante del Secretario del Consejo de Administración es superior a tres meses, el Presidente asumirá las funciones de Secretario del Consejo de Administración y completará el nombramiento del Secretario del Consejo de Administración en un plazo de seis meses.
Artículo 10 al nombrar al Secretario del Consejo de Administración, la sociedad también nombrará a un representante de valores para que preste asistencia al Secretario del Consejo de Administración en el desempeño de sus funciones. En caso de que el Secretario del Consejo de Administración no pueda desempeñar sus funciones, el representante de valores ejercerá sus derechos y desempeñará sus funciones durante ese período y no eximirá naturalmente al Secretario del Consejo de Administración de sus responsabilidades con respecto a la empresa de divulgación de información. Las condiciones de servicio de los representantes de valores se regirán por el artículo 7 del presente sistema.
Artículo 11 la sociedad presentará los materiales pertinentes del Secretario del Consejo de Administración a la bolsa de valores cinco días antes de la reunión de negociación en la que se proponga nombrar al Secretario del Consejo de Administración. Si la bolsa de valores no presenta objeciones en un plazo de cinco días a partir de la fecha de recepción de los materiales pertinentes, el Consejo de Administración podrá nombrar al Secretario.
Tras el nombramiento del Secretario del Consejo de Administración y del representante de Asuntos de valores, la sociedad hará un anuncio público sin demora y proporcionará a la bolsa de valores los siguientes documentos:
La Carta de nombramiento del Secretario del Consejo de Administración y del representante de Asuntos de valores, o las resoluciones pertinentes del Consejo de Administración y los documentos de descripción del nombramiento, incluidos los que cumplan las condiciones de servicio, el cargo, el desempeño laboral y la moral personal establecidas en el presente reglamento;
Curriculum vitae y certificado de educación del Secretario del Consejo de Administración y representante de valores (copia);
Los medios de comunicación del Secretario del Consejo de Administración y del representante de valores, incluidos el teléfono de oficina, el teléfono móvil, el fax, la dirección de comunicación y la dirección de correo electrónico especial, etc.
En caso de que se modifique la información relativa a los medios de comunicación mencionados anteriormente, la sociedad presentará oportunamente a la bolsa de valores la información modificada.
Artículo 12 el Consejo de Administración podrá destituir al Secretario de la Junta en cualquiera de las siguientes circunstancias:
Una de las situaciones previstas en el artículo 7 del presente sistema;
Incapacidad para desempeñar sus funciones durante más de tres meses consecutivos;
Errores u omisiones importantes en el desempeño de sus funciones, que causan grandes pérdidas a la empresa o al inversor;
Las acciones que violen las leyes y reglamentos del Estado, las normas de cotización de acciones y las disposiciones pertinentes de la bolsa de valores o los Estatutos de la sociedad causarán grandes pérdidas a la sociedad y a los inversores.
Artículo 13 la sociedad destituirá al Secretario del Consejo de Administración por razones fundadas y no podrá destituirlo sin ninguna razón. Al despedir al Secretario del Consejo de Administración o al Secretario del Consejo de Administración, la sociedad informará a la bolsa de valores, explicará las razones y anunciará públicamente su dimisión. El Secretario del Consejo de Administración podrá presentar un informe personal a la bolsa de valores sobre la destitución indebida de la sociedad o las circunstancias relacionadas con su renuncia. Cuando el Secretario del Consejo de Administración sea despedido o dimita, la sociedad informará sin demora a la bolsa de valores, expondrá las razones y hará un anuncio público. Artículo 14 antes de la partida del Secretario del Consejo de Administración, el Secretario del Consejo de Administración estará sujeto al examen de la partida del Consejo de Administración y del Consejo de supervisión y entregará los documentos de archivo pertinentes, las cuestiones que se estén tramitando o que deban tramitarse bajo la supervisión del Consejo de supervisión de la empresa. Al nombrar al Secretario del Consejo de Administración, la empresa ha concertado un acuerdo de confidencialidad con él, en el que se exige a la empresa que se comprometa a cumplir sus obligaciones de confidencialidad hasta que se revele la información pertinente.
Capítulo III funciones del Secretario de la Junta
Artículo 15 el Secretario del Consejo de Administración será responsable de la comunicación y el enlace oportunos entre la sociedad y las partes interesadas pertinentes, la bolsa de valores y otras autoridades reguladoras de valores, a fin de garantizar que la bolsa de valores pueda ponerse en contacto con ella en cualquier momento.
Artículo 16 el Secretario del Consejo de Administración se encargará de la divulgación de información de la sociedad, instará a la sociedad a que elabore y aplique un sistema de gestión de la divulgación de información y un sistema interno de presentación de informes sobre información importante, promoverá a la sociedad y a las partes interesadas pertinentes a que cumplan sus obligaciones de divulgación de información de conformidad con la ley y, de conformidad con las disposiciones pertinentes, llevará a cabo la divulgación de informes periódicos y provisionales a la bolsa de valores.
Artículo 17 el Secretario del Consejo de Administración establecerá y mejorará activamente la gestión de las relaciones con los inversores, reforzará activamente la comunicación y el intercambio con los accionistas, en particular los accionistas públicos, recibirá visitas de los inversores, responderá a las consultas de los inversores y proporcionará a los inversores la información revelada por la empresa mediante diversas formas.
Artículo 18 el Secretario del Consejo de Administración preparará las reuniones del Consejo de Administración y de la Junta General de accionistas de conformidad con los procedimientos legales y preparará y presentará los documentos que deban examinar el Consejo de Administración y la Junta General de accionistas.
Artículo 19 el Secretario del Consejo de Administración asistirá a las reuniones del Consejo de Administración, preparará las actas de las reuniones y las firmará.
Artículo 20 el Secretario del Consejo de Administración será responsable de la labor confidencial relacionada con la divulgación de información de la empresa, formulará medidas confidenciales para que todos los miembros del Consejo de Administración de la empresa y las personas informadas pertinentes mantengan el secreto antes de la divulgación oficial de la información pertinente y, en caso de divulgación de información privilegiada, adopten medidas correctivas oportunas.
Artículo 21 el Secretario del Consejo de Administración se encargará de mantener el registro de accionistas de la sociedad, el registro de directores, la información sobre las acciones de la sociedad mantenidas por los principales accionistas y los directores, supervisores y altos directivos, as í como los documentos y actas de las reuniones del Consejo de Administración y de la Junta General de accionistas, etc.
Artículo 22 el Secretario del Consejo de Administración ayudará a los directores, supervisores y altos directivos a comprender las leyes, reglamentos, normas y reglamentos pertinentes relativos a la divulgación de información, las normas de cotización en bolsa y los Estatutos de la sociedad, as í como las responsabilidades que les incumben en virtud del Acuerdo de cotización.
Artículo 23 el Secretario del Consejo de Administración promoverá el ejercicio de las funciones y facultades del Consejo de Administración de conformidad con la ley; En caso de que la resolución que adopte el Consejo de Administración infrinja las leyes, reglamentos, normas y reglamentos de la bolsa de valores y los Estatutos de la sociedad, se recordará a los directores participantes y se pedirá a los supervisores que asistan a la reunión que expresen sus opiniones al respecto; Si el Consejo de Administración persiste en adoptar la resolución mencionada, el Secretario del Consejo de Administración registrará en el acta las opiniones de los supervisores interesados y de sus particulares e informará inmediatamente a la bolsa de valores.
Artículo 24 el Secretario del Consejo de Administración desempeñará las demás funciones exigidas por los Estatutos de la sociedad y la bolsa de valores.
Artículo 25 cuando el Secretario del Consejo de Administración de la sociedad sea al mismo tiempo un Director, si un acto debe ser realizado por separado por el Director y el Secretario del Consejo de Administración de la sociedad, la person a que también sea Director y Secretario del Consejo de Administración de la sociedad no podrá hacerlo en doble calidad.
Artículo 26 en el desempeño de sus funciones, el Secretario del Consejo de Administración tendrá derecho a conocer la situación financiera y operacional de la empresa, participar en las reuniones pertinentes relativas a la divulgación de información, consultar todos los documentos relativos a la divulgación de información y exigir a los departamentos y al personal pertinentes de la empresa que proporcionen oportunamente la información y la información pertinentes.
Artículo 27 la sociedad proporcionará las condiciones convenientes para que el Secretario del Consejo de Administración desempeñe sus funciones, y los directores, supervisores, directores financieros, otros altos directivos y el personal pertinente de la sociedad apoyarán y cooperarán con el Secretario del Consejo de Administración en la divulgación de información.
Artículo 28 el Consejo de Administración establecerá la Oficina del Secretario del Consejo de Administración, que será responsable de la gestión, prestará asistencia al Secretario del Consejo de Administración en el desempeño de sus funciones y se ocupará de los asuntos cotidianos del Consejo de Administración.
Capítulo IV Disposiciones complementarias
Artículo 29 en caso de que las cuestiones no reguladas por el presente sistema o entren en conflicto con las leyes, reglamentos administrativos, reglamentos departamentales, documentos normativos o estatutos pertinentes, se aplicarán las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos, reglamentos departamentales, documentos normativos y estatutos pertinentes.
Artículo 30 el presente sistema entrará en vigor el día de su aprobación por la reunión del Consejo de Administración.
Artículo 31 el Consejo de Administración de la sociedad será responsable de la interpretación y revisión de este sistema.
Junta Directiva Xiamen Comfort Science & Technology Group Co.Ltd(002614)
Junio 2022