Shenzhen New Industries Biomedical Engineering Co.Ltd(300832)
Reglamento de trabajo del Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración
(examinado y aprobado por la Junta en su cuarta reunión, celebrada el 16 de junio de 2022)
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 a fin de aclarar las responsabilidades del Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración (en lo sucesivo denominado “El Comité”), mejorar la eficiencia del trabajo y garantizar la adopción de decisiones científicas, Estas normas se formulan de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China, las normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa, las directrices de autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa de Shenzhen No. 2 – funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en bolsa en el GEM y otras leyes y reglamentos, as í como las disposiciones pertinentes de los Estatutos de las empresas, las normas de procedimiento del Consejo de Administración y otros sistemas internos.
Artículo 2 El Comité será un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración, que llevará a cabo su labor bajo la dirección del Consejo de Administración, será responsable de la labor del Consejo de Administración e informará al respecto, estudiará y redactará normas para la evaluación de los directores y el personal directivo superior y proporcionará al Consejo de Administración políticas y planes de remuneración para los directores y el personal directivo superior de la empresa.
El Comité será responsable ante el Consejo de Administración y desempeñará sus funciones de conformidad con los estatutos y la autorización del Consejo de Administración, y la propuesta del Comité se presentará al Consejo de Administración para su examen y decisión.
Artículo 3 la sociedad proporcionará a la Comisión las condiciones de trabajo necesarias y asignará personal u organismos especializados para llevar a cabo las tareas cotidianas del Comité, como el enlace de trabajo, la Organización de reuniones, la preparación de materiales y la gestión de archivos. En el desempeño de sus funciones, la dirección de la empresa y los departamentos pertinentes cooperarán.
Capítulo II Composición del personal
Artículo 4 los miembros del Comité estarán compuestos por cinco directores, tres de los cuales serán independientes.
Artículo 5 los miembros del Comité serán nombrados por el Presidente, la mitad de los directores independientes y un tercio de los directores, y serán elegidos por la mayoría de todos los directores del Consejo de Administración.
Artículo 6 El Comité tendrá un Presidente (convocante), que será elegido por la mayoría de los miembros del Comité y presidido por un director independiente.
Artículo 7 los miembros del Comité deberán cumplir las siguientes condiciones:
Estar familiarizado con las leyes y reglamentos nacionales pertinentes, tener conocimientos especializados en remuneración y evaluación, y estar familiarizado con el funcionamiento y la gestión de la empresa;
Respetar el principio de buena fe, ser honestos y autodisciplinados, ser fieles a sus deberes, y trabajar activamente para salvaguardar los derechos e intereses de la empresa y los accionistas;
Tener una fuerte capacidad de análisis integral y juicio, y tener la capacidad de trabajar independientemente.
Artículo 8 el mandato de los miembros del Comité será el mismo que el del Consejo de Administración. Antes de la expiración del mandato, podrá presentarse una renuncia. Al expirar su mandato, podrá ser reelegido. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la sociedad durante el período de que se trate, perderá automáticamente la condición de miembro, y el Consejo de Administración completará el número de miembros de conformidad con los estatutos y las presentes Normas.
Artículo 9 la Oficina del Consejo de Administración será la Oficina diaria del Comité y se encargará del enlace diario de trabajo, la Organización de reuniones, etc.
Capítulo III responsabilidades y competencias
Artículo 10 las principales responsabilidades del Comité serán las siguientes:
Formular un plan de remuneración y evaluación de acuerdo con el contenido, las responsabilidades, la importancia y el nivel de remuneración de los puestos en que trabajan los directores y los altos directivos, incluido, entre otros, el plan de remuneración; Criterios de evaluación de la actuación profesional, procedimientos de evaluación y métodos de evaluación; Las principales normas de recompensa y castigo y los sistemas conexos;
Examinar el informe de declaración de funciones presentado por los directores y altos directivos de la empresa y evaluar el desempeño de las funciones de los directores y altos directivos de la empresa;
Supervisar la aplicación del sistema de remuneración y las resoluciones de la empresa;
Presentar propuestas y planes para el plan de incentivos de los directores y el personal directivo superior;
Otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.
Artículo 11 El Comité presentará anualmente al Consejo de Administración un sistema de informes sobre su labor, que incluirá, como mínimo:
Si el procedimiento de adopción de decisiones sobre la remuneración de los directores y altos directivos se ajusta a las normas, si la base de la determinación es razonable y si perjudica los intereses de la empresa y de todos los accionistas;
Evaluación de los directores y altos directivos;
Resumir la remuneración de los directores y altos directivos de la empresa durante el período que abarca el informe;
Comprobar si el contenido del informe anual sobre la remuneración de los directores y el personal directivo superior es coherente con la situación real;
Otras cuestiones sobre las que la Junta de Síndicos ha solicitado informes.
Artículo 12 los gastos de trabajo del Comité se incluirán en el presupuesto de la empresa. La empresa sufragará los gastos en que incurra la Comisión en el ejercicio de sus funciones y competencias mediante la contratación de órganos consultivos y profesionales.
Los gastos razonables en que incurran los miembros del Comité para asistir a las reuniones del Comité serán sufragados por la empresa.
Artículo 13 El Presidente desempeñará las siguientes funciones y responsabilidades de conformidad con la ley:
Convocar y presidir las reuniones del Comité;
Ii) Examinar y aprobar el informe del Comité;
Iii) examinar la aplicación de las resoluciones y recomendaciones de la Comisión;
Informar al Consejo de Administración en nombre del Comité;
Otras funciones que desempeñará el Presidente.
En caso de que el Presidente no pueda desempeñar sus funciones por alguna razón, designará a otro miembro del Comité para que desempeñe sus funciones. En caso de que el Presidente no desempeñe sus funciones ni designe a otros miembros para que Act úen en su nombre, cualquiera de los miembros podrá informar al Consejo de Administración de la sociedad sobre la situación pertinente y el Consejo de Administración de la sociedad designará a un miembro para que desempeñe las funciones del Presidente. Artículo 14 en el desempeño de sus funciones, el Comité podrá adoptar las siguientes medidas en respuesta a los problemas detectados:
Una notificación oral o escrita en la que se solicite una corrección;
Exigir al Departamento funcional de la empresa que lleve a cabo la verificación;
Proponer al Consejo de Administración la destitución o destitución del personal directivo superior de la sociedad que infrinja gravemente las leyes, los reglamentos administrativos, los estatutos o perjudique los intereses de la sociedad.
Artículo 15 los miembros del Comité cumplirán las siguientes obligaciones:
Desempeñar fielmente sus funciones y salvaguardar los intereses de la sociedad de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos; No revelará ningún secreto de la sociedad salvo de conformidad con la ley o con el consentimiento de la Junta General de accionistas o del Consejo de Administración; Ser responsable de la autenticidad y el cumplimiento del contenido de los informes o documentos presentados al Consejo de Administración.
Capítulo IV reglamento interno
Artículo 16 el Comité estará integrado por el Presidente y los miembros. El Presidente es responsable de la labor general de la Comisión, que se rige por el principio de la adopción de decisiones científicas y democráticas, y las cuestiones y cuestiones importantes se deciden mediante un debate colectivo.
Artículo 17 la Oficina del Consejo de Administración se encargará de preparar las reuniones del Comité, reunir y proporcionar información sobre las reuniones del Comité y presentarla al Comité para su examen.
Artículo 18 el Comité establecerá un sistema de reuniones periódicas y temporales. Las reuniones del Comité se celebrarán sobre el terreno. Cuando sea necesario, la votación también podrá celebrarse por videoconferencia, teléfono, fax o correo electrónico, a condición de que los miembros puedan expresar plenamente sus opiniones. Las reuniones del Comité también pueden celebrarse in situ y de otro modo.
Artículo 19 las reuniones periódicas se celebrarán en un plazo de 120 días a partir del final del ejercicio contable adoptado por la empresa, cuyo contenido principal será examinar la evaluación de los directores y el personal directivo superior y la aplicación del plan de incentivos salariales del año anterior; Sobre la base de las condiciones reales de funcionamiento de la empresa, presentar propuestas de incentivos pertinentes para los directores y el personal directivo superior; Estudiar y elaborar un plan de remuneración y evaluación para el próximo año; Otras cuestiones que deben examinarse en el Comité.
Artículo 20 las reuniones provisionales se celebrarán de vez en cuando en función de las necesidades de trabajo. Podrá convocarse una reunión provisional en cualquiera de las siguientes circunstancias:
A propuesta del Presidente;
Cuando el Presidente lo considere necesario;
Desempeñar las funciones previstas en el artículo 10 del presente reglamento;
Cuando sea necesario convocar el Consejo de Administración y deliberar sobre la propuesta;
Otras situaciones convocadas de conformidad con las leyes y reglamentos de supervisión de valores y los requisitos de las autoridades competentes.
Artículo 21 al convocar una reunión ordinaria, el Comité notificará a los miembros del Comité, con tres días de antelación, la hora y el lugar de la reunión, as í como las principales cuestiones que se debatan en relación con las propuestas, por fax, correo urgente, correo certificado, correo electrónico o entrega a mano. En caso de emergencia, cuando sea necesario convocar una reunión provisional lo antes posible, podrá eximirse del plazo de notificación.
Artículo 22 las reuniones periódicas del Comité sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros, cada uno de los cuales tendrá un voto y todas las resoluciones deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros.
Artículo 23 los miembros del Comité asistirán a las reuniones según lo previsto y expresarán plenamente sus opiniones y actitudes sobre las cuestiones que deban examinarse o examinarse. Si por alguna razón no puede asistir a la reunión, podrá encomendar por escrito a otros miembros que ejerzan sus funciones y facultades en su nombre, y el poder notarial indicará el nombre del agente, los asuntos de la Agencia, la autoridad y el plazo de validez, y será firmado o sellado por el principal. Si un miembro no asiste a la reunión dos veces seguidas y no encomienda a nadie que ejerza sus funciones en su nombre, el Comité propondrá su sustitución al Consejo de Administración.
Artículo 24 en una sesión del Comité, se adoptará una resolución por votación o a mano alzada o por votación por correspondencia.
Si se adopta el método de votación por correspondencia, se considerará que un miembro del Comité ha asistido a la reunión pertinente y ha convenido en el contenido de la resolución de la reunión si firma la resolución de la reunión.
Artículo 25 las sesiones del Comité se celebrarán con actas claras. El acta incluye la fecha, el lugar, el convocante, el moderador, los participantes, el tema, el debate y el resultado de la votación (en el resultado de la votación se indicará el número de votos a favor, en contra o abstenciones). Los miembros presentes en la reunión firmarán el acta.
Artículo 26 la Oficina del Consejo de Administración conservará las actas y resoluciones de las reuniones del Comité como archivos de la empresa durante un período de 15 a ños.
Artículo 27 los proyectos de ley y los resultados de la votación aprobados en las reuniones del Comité se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la sociedad.
Artículo 28 todos los miembros presentes en la reunión y los participantes sin derecho a voto tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las cuestiones debatidas en la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.
Capítulo V Disposiciones complementarias
Artículo 29 a menos que se especifique otra cosa, los términos utilizados en las presentes normas tendrán el mismo significado que en los estatutos; Los términos “anteriores” a que se hace referencia en el presente reglamento incluyen este número.
Artículo 30 las cuestiones no reguladas por las presentes Normas se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos pertinentes promulgados por el Estado en el futuro o con los Estatutos de la sociedad modificados por procedimientos legales, se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes del Estado y los Estatutos de la sociedad, y se revisarán oportunamente, y entrarán en vigor tras su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 31 el Consejo de Administración será responsable de la interpretación de las presentes Normas.