Normas para la reunión de tenedores de bonos convertibles de sociedades

Ligao Foods Co.Ltd(300973)

Normas para la reunión de tenedores de bonos convertibles

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de regular la Organización y el comportamiento de la reunión de tenedores de bonos de sociedades convertibles de Ligao Foods Co.Ltd(300973) (en lo sucesivo denominada "el emisor" o "la sociedad"), definir las funciones y obligaciones de la reunión de tenedores de bonos y proteger los derechos e intereses legítimos de los tenedores de bonos, De conformidad con las disposiciones del derecho de sociedades de la República Popular China, la Ley de valores de la República Popular China, las medidas para la administración del registro de la emisión de valores de las empresas que cotizan en bolsa en el GEM (para su aplicación experimental), las normas para la cotización de las acciones en el GEM de la bolsa de Shenzhen y las normas detalladas para la aplicación de las operaciones de bonos convertibles de la bolsa de Shenzhen y otras leyes, reglamentos y documentos normativos pertinentes, as í como los estatutos (en adelante denominados "los estatutos"), Estas normas se formulan teniendo en cuenta la situación real de la empresa.

Artículo 2 los bonos convertibles de sociedades a que se refiere el presente Reglamento serán los bonos convertibles de sociedades (en lo sucesivo denominados "bonos convertibles actuales") emitidos de conformidad con el Acuerdo de la sociedad de emitir el folleto de oferta de bonos convertibles de sociedades a objetos no específicos (en lo sucesivo denominado "El folleto de oferta de bonos convertibles"). Los tenedores de bonos son inversores que adquieren los bonos convertibles actuales mediante suscripción, compra u otros medios legales.

Artículo 3 la reunión de los tenedores de bonos estará integrada por todos los tenedores de bonos de conformidad con el presente reglamento, y la reunión de los tenedores de bonos se convocará y convocará de conformidad con los procedimientos establecidos en el presente reglamento, y se deliberará y votará sobre las cuestiones que entren en el ámbito de su competencia de conformidad con la ley.

Artículo 4 las resoluciones examinadas y aprobadas por la reunión de tenedores de bonos de conformidad con el presente Reglamento serán igualmente vinculantes para todos los tenedores de bonos (incluidos todos los tenedores de bonos que asistan a la reunión, no asistan a la reunión, se opongan a la resolución o renuncien a su derecho de voto, as í como para los tenedores de bonos que transfieran obligaciones convertibles del período en curso una vez aprobadas las resoluciones pertinentes).

Artículo 5 la suscripción, tenencia o cesión de obligaciones convertibles en el período en curso por un inversor se considerará que está de acuerdo con todas las disposiciones del presente reglamento (incluidas las enmiendas ocasionales) y está obligado por él.

Capítulo II Derechos y obligaciones de los tenedores de bonos

Artículo 6 derechos de los tenedores de bonos:

Disfrutar de los intereses convenidos de acuerdo con el importe de los bonos convertibles que posea;

Convertir los bonos convertibles actuales en acciones de la sociedad de conformidad con las condiciones estipuladas en el folleto de obligaciones convertibles;

Ejercer el derecho de reventa de conformidad con las condiciones estipuladas en el folleto de obligaciones convertibles;

Transferir, donar o pignorar los bonos convertibles del período en curso que posean de conformidad con las disposiciones de las leyes, los reglamentos administrativos y los Estatutos de la sociedad;

Obtener la información pertinente de conformidad con las disposiciones de las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos;

Exigir a la empresa que pague el principal y los intereses de los bonos convertibles en el período en curso de conformidad con el plazo y la forma especificados en el folleto de bonos convertibles;

Participar o confiar a un agente que participe en la reunión de tenedores de bonos y ejerza el derecho de voto de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos administrativos;

Otros derechos que le confieren las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos como acreedor de la sociedad.

Artículo 7 Obligaciones de los tenedores de bonos convertibles en el período en curso:

Cumplir las disposiciones pertinentes sobre la emisión de obligaciones convertibles en el período en curso por la empresa;

Pagar los fondos de suscripción de acuerdo con el importe de los bonos convertibles suscritos;

Cumplir las resoluciones válidas de la reunión de tenedores de bonos;

No se exigirá a la empresa que pague por adelantado el principal y los intereses de los bonos convertibles del período en curso, salvo lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos y en el folleto de bonos convertibles;

Otras obligaciones que deben asumir los tenedores de obligaciones convertibles en el período en curso de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos.

Capítulo III Ámbito de competencia de la reunión de tenedores de bonos

Artículo 8 las competencias de la reunión de tenedores de bonos serán las siguientes:

Cuando la sociedad proponga modificar el plan acordado en el folleto de bonos convertibles, adoptará una resolución sobre si está de acuerdo con la propuesta de la sociedad, pero la reunión de tenedores de bonos no adoptará ninguna resolución sobre el consentimiento de la sociedad para que no pague el principal y los intereses de los bonos convertibles, modifique el tipo de interés y el plazo de los bonos convertibles, cancele las condiciones de reembolso o reventa del folleto de bonos convertibles, etc.

Cuando la empresa no pague el principal y los intereses de los bonos convertibles a tiempo, decidirá si está de acuerdo con las soluciones pertinentes, si obliga a la empresa y al garante (en su caso) a reembolsar el principal y los intereses de los bonos mediante procedimientos judiciales, etc., y si participa en los procedimientos de rectificación, conciliación, reorganización o quiebra de la empresa;

Iii) Cuando la sociedad reduzca su capital (salvo en el caso de los planes de participación de los empleados, los incentivos de capital o las reducciones de capital resultantes de la recompra de acciones necesarias para salvaguardar el valor de la sociedad y los intereses de los accionistas), se fusione, separe, disuelva o solicite la quiebra, adopte una decisión sobre si acepta o no las propuestas formuladas por la sociedad y sobre el ejercicio de los derechos de los tenedores de bonos de conformidad con la ley; Iv) Cuando se produzca un cambio adverso importante en el garante (en su caso) o en la garantía (en su caso), una resolución sobre el plan para ejercer los derechos del tenedor de bonos de conformidad con la ley;

Adoptar una resolución sobre el ejercicio de los derechos de los tenedores de bonos de conformidad con la ley cuando se produzcan acontecimientos que tengan una influencia significativa en los derechos e intereses de los tenedores de bonos;

Adoptar resoluciones sobre la modificación del presente reglamento en la medida en que lo permitan las disposiciones de las leyes, reglamentos, normas y documentos normativos;

Otras circunstancias en que las leyes, reglamentos, normas y documentos normativos prescriban que la reunión de tenedores de bonos debía adoptar una decisión.

Capítulo IV Convocación de una reunión de tenedores de bonos

Artículo 9 durante el período de existencia de los bonos convertibles en curso, se convocará una reunión de los tenedores de bonos en cualquiera de las siguientes circunstancias:

La empresa tiene la intención de modificar las disposiciones del folleto de obligaciones convertibles en este período;

La empresa no paga el principal y los intereses de los bonos convertibles en el período en curso a tiempo;

Cuando se produzca una reducción de capital (excepto la reducción de capital causada por el plan de acciones de los empleados, el incentivo de capital o la recompra de acciones necesarias para mantener el valor de la empresa y los derechos e intereses de los accionistas), la fusión, la escisión, la disolución o la solicitud de quiebra;

Iv) cambios importantes en el garante (en su caso) o en la garantía real (en su caso) u otras medidas de servicio de la deuda; Modificar las normas de la reunión de tenedores de bonos en la medida en que lo permita la ley;

Otras cuestiones que tengan una influencia sustancial significativa en los derechos e intereses de los tenedores de bonos;

Otras cuestiones que se examinarán y decidirán en la reunión de tenedores de bonos de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos, la Comisión Reguladora de valores de China (en adelante denominada "c

Artículo 10 las siguientes instituciones o personas podrán proponer convocar una reunión de tenedores de bonos:

El Consejo de Administración de la empresa;

Ii) propuestas escritas de los tenedores de bonos que posean, individual o colectivamente, bonos convertibles pendientes del período en curso con un valor nominal total del 10% o más;

Administrador fiduciario de bonos;

Otras instituciones o personas prescritas por las leyes, reglamentos y la Comisión Reguladora de valores de China.

Artículo 11 la reunión de los tenedores de bonos será convocada por el Consejo de Administración de la sociedad.

Artículo 12 el Consejo de Administración de la sociedad convocará una reunión de tenedores de bonos en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación o recepción de la propuesta de convocar una reunión de tenedores de bonos por una institución o persona autorizada de conformidad con las presentes Normas.

El Consejo de Administración de la empresa anunciará la notificación de la reunión de tenedores de bonos en los medios de comunicación designados por las autoridades reguladoras de valores o en el sitio web de la bolsa de Shenzhen 15 días antes de la reunión. La notificación de la reunión incluirá lo siguiente:

Fecha, hora, lugar y modalidades de celebración de la reunión;

Ii) Cuestiones que se someterán a la consideración de la Conferencia;

En palabras obvias: todos los tenedores de bonos tienen derecho a asistir a la reunión de tenedores de bonos y pueden confiar a un agente que asista a la reunión;

Iv) los documentos que deben preparar los participantes en la reunión y los procedimientos que deben cumplir, incluidos, entre otros, los requisitos relativos al contenido del poder notarial de los agentes que representen a los tenedores de bonos en la reunión, as í como el momento y el lugar de la notificación;

Determinar la fecha de registro de los créditos de los tenedores de bonos con derecho a asistir a la reunión de tenedores de bonos; Nombre del convocante, nombre y número de teléfono de la persona de contacto permanente para los asuntos de la Conferencia;

Artículo 13 en el plazo de 15 días a partir de la fecha en que se produzcan las cuestiones especificadas en el presente reglamento, si el Consejo de Administración de la sociedad no cumple sus funciones de conformidad con el presente reglamento, los tenedores de bonos que posean, individual o colectivamente, más del 10% del valor nominal total de Los bonos pendientes tendrán derecho a notificar mediante anuncio público la convocación de una reunión de tenedores de bonos.

Artículo 14 después de la emisión de la notificación de la reunión de tenedores de bonos, no se modificará el momento de la reunión de tenedores de bonos ni se cancelará la reunión, a menos que sea por fuerza mayor, ni se modificarán las propuestas enumeradas en la notificación de la reunión; Si, debido a fuerza mayor, es necesario modificar la fecha de celebración de la reunión de tenedores de bonos, cancelar la reunión o modificar las propuestas enumeradas en la notificación de la reunión, el convocante notificará a todos los tenedores de bonos y explicará las razones mediante anuncio público al menos cinco días hábiles antes de la reunión de tenedores de bonos prevista, pero no modificará la fecha de registro de los derechos de los tenedores de bonos. El anuncio complementario de la reunión de tenedores de bonos se publicará en el mismo medio designado en el que se publique el anuncio de la reunión.

Artículo 15 las reuniones de los tenedores de bonos se celebrarán en forma de reuniones sobre el terreno. Las empresas también pueden facilitar la participación de los tenedores de bonos en las reuniones mediante Internet, comunicaciones u otros medios. Los tenedores de bonos que participen en la reunión por los medios mencionados se considerarán presentes.

Artículo 16 las instituciones o personas que emitan notificaciones de las reuniones de los tenedores de bonos de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento serán los convocantes de las reuniones en curso.

Artículo 17 al convocar una reunión de tenedores de bonos, el convocante contratará a un abogado para que emita dictámenes jurídicos sobre las siguientes cuestiones:

Si el procedimiento de convocatoria y convocación de la Conferencia se ajusta a las disposiciones de las leyes, reglamentos y presentes Normas;

Ii) si las calificaciones de los asistentes a la Conferencia y de los convocantes son legales y válidas;

Iii) Si el procedimiento de votación de la Conferencia y el resultado de la votación son legítimos y válidos;

Iv) Emitir dictámenes jurídicos sobre otras cuestiones pertinentes a petición de los convocantes.

Artículo 18 el convocante será responsable de la preparación del libro de firmas de los asistentes a la Conferencia. El libro de firmas contendrá el nombre (o el nombre de la unidad), el número de tarjeta de identidad (o el código unificado de crédito social), la dirección del domicilio, la denominación de los bonos con derecho de voto del titular o en nombre de él, el nombre del Representante (o el nombre de la Unidad), etc.

Capítulo V propuestas, asistentes y derechos de los tenedores de bonos

Artículo 19 las propuestas presentadas a la reunión de tenedores de bonos para su examen serán redactadas por el Coordinador. El contenido de la propuesta se ajustará a las disposiciones de las leyes y reglamentos, dentro de los límites de la autoridad de la reunión de tenedores de bonos, con temas claros y resoluciones específicas.

Artículo 20 los tenedores de bonos que posean, individual o colectivamente, más del 10% del valor nominal total de los bonos convertibles pendientes del período en curso tendrán derecho a presentar propuestas provisionales a la reunión de tenedores de bonos. La empresa y sus partes vinculadas podrán participar en las reuniones de los tenedores de bonos y presentar propuestas provisionales. El proponente provisional presentará una propuesta provisional completa al convocante a más tardar 10 días antes de la reunión de los tenedores de bonos, y el convocante enviará un aviso complementario a la reunión de los tenedores de bonos en un plazo de 5 días a partir de la fecha de recepción de la propuesta provisional y anunciará el contenido de la propuesta provisional, que se anunciará en el mismo medio designado que el anuncio de la reunión.

Salvo lo anterior, el convocante no modificará ninguna propuesta que figure en la notificación de la reunión de tenedores de bonos ni añadirá ninguna nueva propuesta. Las propuestas que no figuren en la notificación de la reunión de tenedores de bonos (incluida la notificación complementaria de la adición de propuestas provisionales) o que no cumplan los requisitos del presente reglamento no serán objeto de votación ni de resolución. Artículo 21 la fecha de registro de los bonos de la reunión de tenedores de bonos no podrá ser anterior a 10 días antes de la fecha de la reunión de tenedores de bonos, ni superior a 3 días antes de la fecha de la reunión de tenedores de bonos. Los tenedores de bonos registrados en el registro de custodia de la sucursal de Shenzhen de la sociedad china de registro y liquidación de valores u otras instituciones prescritas por la ley aplicable al cierre del mercado en la fecha de registro de los derechos de los acreedores son los tenedores de bonos con derecho a asistir a la reunión de tenedores de bonos y a ejercer su derecho de voto.

Artículo 22 el tenedor de bonos podrá asistir a la reunión de los tenedores de bonos y votar en persona, o podrá confiar a un agente que asista a la reunión y vote en su nombre. Los gastos de viaje, alojamiento y comida de los tenedores de bonos y sus agentes que asistan a las reuniones de los tenedores de bonos serán sufragados por los tenedores de bonos.

Artículo 23 en caso de que el tenedor de bonos asista a la reunión por sí mismo, deberá presentar su documento de identidad y la tarjeta de cuenta de valores en la que esté en posesión de los bonos pendientes del período en curso u otros documentos justificativos prescritos por la ley pertinente; si el representante legal o la persona responsable del tenedor de bonos asiste a la reunión, deberá presentar su documento de identidad, Documentos válidos que acrediten la calificación del representante legal o de la person a responsable y la tarjeta de cuenta de valores u otros documentos justificativos que se ajusten a las disposiciones de la ley aplicable.

Si el agente encargado asiste a la reunión, el agente presentará su documento de identidad, el poder notarial emitido por el agente (o su representante legal o persona a cargo) de conformidad con la ley, el documento de identidad del agente, la tarjeta de cuenta de valores en la que el agente posea los bonos pendientes del período en curso u otros documentos justificativos prescritos por la ley pertinente.

Artículo 24 el poder notarial emitido por un tenedor de bonos para autorizar a otra persona a asistir a una reunión de tenedores de bonos contendrá los siguientes elementos:

Nombre y número de identificación del agente;

Ii) la autoridad del agente, incluido, entre otras cosas, el derecho de voto;

Instrucciones específicas para votar a favor, en contra o abstenerse de votar sobre cada asunto que se incluya en el programa de la reunión de tenedores de bonos, respectivamente;

La fecha de emisión y el plazo de validez del poder notarial del agente autorizado;

Firma o sello del cliente.

El poder notarial indicará si el agente del tenedor de bonos puede votar a su favor si el tenedor de bonos no da instrucciones específicas. El poder notarial se enviará al organizador de la reunión de tenedores de bonos 24 horas antes de la reunión de tenedores de bonos.

Artículo 25 el convocante y el abogado verificarán conjuntamente las calificaciones y la legitimidad de los tenedores de bonos presentes sobre la base del registro de tenedores de bonos convertibles pendientes proporcionado por la institución de registro y liquidación de valores y mantenidos al final de la transacción en la fecha de registro de los derechos del acreedor, y registrarán los nombres o Nombres de los tenedores de bonos y / o agentes presentes en la reunión de tenedores de bonos y el número de bonos convertibles actuales con derecho de voto.

El registro de tenedores de bonos mencionado será obtenido por la sociedad de la institución de registro y liquidación de valores y proporcionado gratuitamente al organizador.

Capítulo VI Convocación de una reunión de tenedores de bonos

Artículo 26 la reunión de los tenedores de bonos se celebrará in situ, y la empresa también podrá facilitar la participación de los tenedores de bonos en la reunión mediante redes, comunicaciones u otros medios.

En primer lugar, el Presidente de la Conferencia anunciará el procedimiento de la Conferencia y las cuestiones que requieren atención de conformidad con los procedimientos prescritos, determinará y publicará al escrutador, y luego el Presidente de la Conferencia anunciará la propuesta, que se someterá a votación después de la discusión, y formará un tenedor de bonos después de ser testigo de un abogado.

- Advertisment -