Reglamento de la Junta de supervisores

Yanpai Filtration Technology Co.Ltd(301081)

Reglamento de la Junta de supervisores

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 con el fin de seguir normalizando los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores de Yanpai Filtration Technology Co.Ltd(301081) (en lo sucesivo denominada “la empresa” o “la empresa”), promover el desempeño eficaz de las funciones de supervisión de la Junta de supervisores y la Junta de supervisores y mejorar la estructura de Gobierno de las personas jurídicas de la empresa, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo denominado “el derecho de sociedades”), la Ley de valores de la República Popular China, el reglamento de la bolsa de Shenzhen sobre la cotización de acciones en el GEM, Estas normas se formulan de conformidad con las disposiciones pertinentes de las directrices no. 2 de la bolsa de Shenzhen sobre la autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa – el funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en bolsa en el GEM y los Estatutos de Yanpai Filtration Technology Co.Ltd(301081) (en adelante denominados “los Estatutos”).

Artículo 2 la Junta de supervisores se establecerá de conformidad con el derecho de sociedades y los Estatutos de la sociedad, será responsable ante todos los accionistas, supervisará las finanzas de la sociedad y el cumplimiento legítimo de las responsabilidades de los directores y altos directivos de la sociedad, y protegerá los intereses legítimos de la sociedad y sus accionistas.

Artículo 3 los supervisores cumplirán las disposiciones de las leyes, los reglamentos y los Estatutos de la sociedad, tendrán el deber de lealtad y diligencia con respecto a la sociedad, no utilizarán su autoridad para aceptar sobornos u otros ingresos ilícitos y no podrán apropiarse indebidamente de los bienes de la sociedad.

Artículo 4 las actividades de los supervisores que ejerzan su autoridad de supervisión de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos, estatutos y estas normas estarán protegidas por la ley, y la sociedad garantizará el derecho de los supervisores a saber y prestará la asistencia necesaria a los supervisores en el desempeño normal de sus funciones, y ninguna unidad o persona podrá intervenir ni obstaculizar.

Artículo 5 el mandato de los supervisores será de tres años. Al expirar el mandato de un supervisor, éste podrá ser reelegido.

Artículo 6 si el mandato de un supervisor expira sin una reelección oportuna, o si la renuncia del supervisor hace que el número de miembros de la Junta de supervisores sea inferior al quórum, el supervisor original seguirá desempeñando sus funciones de supervisor de conformidad con las disposiciones de las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos antes de que el Supervisor reelegido asuma sus funciones.

Artículo 7 los supervisores no podrán utilizar sus relaciones conexas para perjudicar los intereses de la sociedad y, si causan pérdidas a la sociedad, serán responsables de la indemnización.

Artículo 8 los supervisores que, en el desempeño de sus funciones, infrinjan las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales o las disposiciones de los Estatutos de la sociedad y causen pérdidas a la sociedad serán responsables de la indemnización.

Si un supervisor no puede asistir personalmente a la reunión de la Junta de supervisores dos veces consecutivas, se considerará que no puede desempeñar sus funciones y que la Junta de accionistas o la Junta de representantes de los trabajadores serán sustituidas.

Capítulo II Composición y funciones de la Junta de supervisores

Artículo 9 la Junta de supervisores estará integrada por tres supervisores, cuya proporción no será inferior a un tercio, elegidos democráticamente por el Congreso de los trabajadores, el Congreso de los trabajadores u otras formas.

La Junta de supervisores tendrá un Presidente. El Presidente de la Junta de supervisores será elegido por la mayoría de todos los supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores convocará y presidirá las reuniones de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para convocar y presidir la reunión de la Junta de supervisores.

Artículo 10 la Junta de supervisores ejercerá las siguientes funciones y facultades:

Los informes periódicos de la sociedad preparados por el Consejo de Administración serán examinados y revisados y se formularán observaciones escritas sobre el examen, en las que se indicará si los procedimientos de preparación y examen de los informes se ajustan a las disposiciones pertinentes y si el contenido es verdadero, exacto y completo;

Ii) examinar las finanzas de la empresa;

Supervisar los actos de los directores y altos directivos en el desempeño de sus funciones y formular recomendaciones para la destitución de los directores y altos directivos que violen las leyes, los reglamentos administrativos, los estatutos o las resoluciones de la Junta General de accionistas;

Exigir la corrección de los actos de los directores y altos directivos que perjudiquen los intereses de la empresa; Tener derecho a conocer las cuestiones que entren en el ámbito de competencia de la Junta de supervisores de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos y los Estatutos de la sociedad;

Proponer la convocación de una junta general provisional de accionistas y convocar y presidir la Junta General de accionistas en caso de que el Consejo de Administración no cumpla las funciones de convocar y presidir la Junta General de accionistas establecidas en el derecho de sociedades;

Presentar propuestas a la Junta General de accionistas;

Viii) asistir a las reuniones de la Junta sin derecho a voto;

Presentar una demanda contra los directores y los altos directivos de conformidad con el artículo 151 de la Ley de sociedades;

Se puede realizar una investigación si se descubre que la situación de funcionamiento de la empresa es anormal; Cuando sea necesario, podrá contratar a una empresa contable o a un bufete de abogados u otras instituciones profesionales para que presten asistencia en su labor, a expensas de la empresa;

Otras funciones y facultades previstas en los Estatutos de la sociedad o conferidas por la Junta General de accionistas.

Artículo 11 la Junta de supervisores no tendrá órganos subordinados. El Secretario del Consejo de Administración o la Oficina del Consejo de Administración ayudarán a la Junta de supervisores a prepararse para la reunión.

La Junta de supervisores podrá designar a un supervisor para que Act úe como Registrador de las reuniones de la Junta de supervisores o, cuando sea necesario, designar temporalmente a una persona para que lleve un registro.

Capítulo III convocación, notificación y convocación de reuniones de la Junta de supervisores

Artículo 12 la Junta de supervisores se reunirá al menos una vez cada seis meses. El supervisor podrá proponer la celebración de una reunión provisional de la Junta de supervisores.

La Junta de supervisores votará sobre las cuestiones debatidas por votación registrada, a mano alzada u otros medios, y cada supervisor tendrá un voto. La resolución de la Junta de supervisores será aprobada por más de la mitad de los supervisores.

Artículo 13 en cualquiera de las siguientes circunstancias, la Junta de supervisores convocará una reunión provisional en un plazo de diez días:

Cuando se convoque una propuesta de cualquier supervisor;

Cuando la Junta General de accionistas y la Junta de directores hayan aprobado resoluciones que violen diversas disposiciones y requisitos de las leyes, reglamentos y normas, los Estatutos de la sociedad, las resoluciones de la Junta General de accionistas y otras disposiciones pertinentes;

Cuando la sociedad, los directores, los supervisores y los altos directivos sean demandados por los accionistas.

Artículo 14 las reuniones de la Junta de supervisores serán convocadas y presididas por el Presidente de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para que lo convoque y presida.

Artículo 15 cuando se celebren reuniones periódicas y reuniones provisionales de la Junta de supervisores, se notificará por escrito a todos los supervisores con 10 y 3 días de antelación, respectivamente, mediante notificación directa, fax, correo electrónico u otros medios. En caso de notificación no directa, la confirmación se efectuará por teléfono y se registrará en consecuencia.

Si la situación es urgente y es necesario convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento oralmente o por teléfono, pero el convocante dará una explicación en la reunión.

Artículo 16 la notificación escrita de la reunión de la Junta de supervisores incluirá, como mínimo, lo siguiente:

Fecha, lugar y duración de la reunión;

Ii) Cuestiones que deben examinarse;

Iii) El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;

Iv) los materiales de reunión necesarios para la votación de los supervisores;

La solicitud de que el supervisor asista personalmente a la reunión;

Contactos e información de contacto.

La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los puntos i) y ii) supra, as í como la explicación de la necesidad urgente de convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible.

Artículo 17 las reuniones de la Junta de supervisores sólo podrán celebrarse si la mayoría de todos los supervisores están presentes.

Capítulo IV votación de la Junta de supervisores

Artículo 18 el Presidente de la reunión propondrá una por una a los supervisores que asistan a la reunión de la Junta de supervisores que emitan opiniones claras sobre las diversas propuestas.

Artículo 19 los supervisores tendrán derecho a presentar propuestas de la Junta de supervisores, pero su inclusión en el orden del día de la Junta de supervisores será determinada por el Presidente de la Junta de supervisores. Si la propuesta presentada por el supervisor no figura en el orden del día de la Junta de supervisores, se explicará al supervisor de la propuesta. Si el supervisor de la propuesta sigue insistiendo en que se incluya en el orden del día, la Junta de supervisores adoptará una decisión mediante votación.

Las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán de conformidad con el orden del día establecido en la notificación escrita de la convocatoria; Las cuestiones que no figuran en el programa pueden debatirse, pero no pueden resolverse.

Artículo 20 la Junta de supervisores votará punto por punto sobre todas las propuestas incluidas en el orden del día y no las suspenderá ni votará por ninguna razón. Si hay diferentes propuestas sobre el mismo asunto, se votará en el orden cronológico en que se presenten las propuestas y se adoptará una resolución sobre el mismo asunto.

Artículo 21 la Junta de supervisores votará sobre las cuestiones debatidas por votación registrada, a mano alzada u otros medios, y cada supervisor tendrá un voto.

La intención de voto de los supervisores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los supervisores participantes elegirán uno de los objetivos antes mencionados, si no hacen una elección o eligen más de dos objetivos al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los supervisores que elijan de nuevo, y si se niegan a hacerlo, se considerará que se abstienen; Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión.

Artículo 22 la Junta de supervisores votará rellenando los votos de votación, y el convocante de la Junta de supervisores se encargará de organizar la preparación de los votos de votación de la Junta de supervisores. Los votos incluirán, como mínimo, lo siguiente:

El período de sesiones, la hora y el lugar de celebración de la Junta de supervisores;

Ii) nombre del supervisor;

Iii) Cuestiones que requieren examen y votación;

Instrucciones sobre la forma de votar a favor, en contra y abstención;

Otras cuestiones que deben registrarse.

Antes de la votación, el personal de la Oficina del Consejo de Supervisión será responsable de la distribución de los votos a los supervisores presentes en la reunión y, una vez concluida la votación, el personal de la Oficina del Consejo de Supervisión será responsable de su recuperación.

Artículo 23 el acta de la reunión será responsable del recuento de los votos emitidos por la Junta de supervisores; El Presidente de la reunión decidirá si la resolución de la Junta de supervisores se aprueba o no sobre la base del resultado de la votación, y anunciará el resultado de la votación en la reunión, y el resultado de la votación de la resolución se registrará en el acta de la reunión.

Artículo 24 el Presidente de la Conferencia podrá liquidar el número de votos emitidos si tiene alguna duda sobre el resultado de la resolución sometida a votación; Si el Presidente de la reunión no comprueba los votos, los supervisores que asistan a la reunión tendrán derecho a solicitar la verificación de los votos inmediatamente después de que se anuncie el resultado de la votación, y el Presidente de la reunión comprobará oportunamente los votos.

Capítulo V acta de la Junta de supervisores

Artículo 25 la Junta de supervisores levantará acta de las decisiones sobre las cuestiones debatidas, y los supervisores y el personal que asista a la reunión firmarán el acta.

El supervisor tiene derecho a solicitar que se haga algún tipo de registro explicativo de sus declaraciones en la reunión. El Secretario del Consejo de Administración conservará las actas de las reuniones de la Junta de supervisores como archivos de la empresa durante un período de 10 a ños.

Artículo 26 el acta de la Junta de supervisores incluirá lo siguiente:

Tiempo, lugar y modalidades de celebración de los períodos de sesiones;

Ii) la notificación de la reunión;

Iii) convocador y moderador de la reunión;

Iv) Asistencia a la Conferencia;

V) Una descripción del procedimiento y la convocación de la Conferencia;

Las propuestas examinadas en la reunión, los puntos principales y las principales opiniones de cada supervisor sobre las cuestiones pertinentes y la intención de votar sobre las propuestas;

Vii) el método de votación y el resultado de la votación de cada propuesta (especifíquese el número de votos afirmativos, negativos y abstenciones); Otros asuntos que los supervisores participantes consideren que deben registrarse.

Artículo 27 los supervisores participantes firmarán y confirmarán las actas, actas y resoluciones de las reuniones. Si el supervisor no está de acuerdo con el acta de la reunión, el acta de la reunión o la resolución, podrá hacer una declaración por escrito en el momento de la firma.

Se considerará que el supervisor está plenamente de acuerdo con el acta de la reunión y el contenido de la resolución de la reunión si no firma la confirmación de conformidad con las disposiciones del párrafo anterior y no hace ninguna declaración por escrito de sus opiniones divergentes.

Artículo 28 los supervisores serán responsables de las resoluciones de la Junta de supervisores. Si la resolución de la Junta de supervisores viola las leyes, los reglamentos administrativos o los Estatutos de la sociedad y causa pérdidas a la sociedad, los supervisores que participen en la resolución serán responsables de la indemnización de la sociedad; Sin embargo, si se demuestra que un supervisor ha expresado una objeción en el momento de la votación y la ha registrado en el acta, el supervisor podrá quedar exento de responsabilidad.

Artículo 29 el Secretario del Consejo de Administración conservará los archivos de las reuniones de la Junta de supervisores, incluidos el anuncio de la reunión y los materiales de la reunión, el libro de asistencia a la reunión, los materiales de grabación sonora de la reunión, los votos emitidos, las actas de las reuniones, las actas de las Reuniones y las resoluciones firmadas y confirmadas por los directores participantes.

El período de conservación de los archivos de la reunión de la Junta de supervisores es de 10 años.

Capítulo VI Aplicación de las resoluciones de la Junta de supervisores

Artículo 30 el Consejo de Administración, de conformidad con la resolución de la Junta General de accionistas, se encargará de la ejecución de las cuestiones importantes que deban tratarse y corregirse en la resolución de la Junta de supervisores, y el Director General se encargará directamente de la ejecución de las cuestiones generales y específicas. Los resultados de la ejecución se comunicarán al Consejo de supervisión.

Artículo 31 los supervisores supervisarán e instarán al personal pertinente a que aplique las resoluciones de la Junta de supervisores.

El Presidente de la Junta de supervisores informará en una reunión posterior de la Junta de supervisores sobre la aplicación de las resoluciones ya adoptadas.

Capítulo VII modificación del reglamento interno de la Junta de supervisores

Artículo 32 en cualquiera de las siguientes circunstancias, la Junta de supervisores modificará oportunamente estas normas:

Tras la modificación de las leyes, reglamentos o documentos normativos pertinentes del Estado, o la promulgación y promulgación de nuevas leyes, reglamentos o documentos normativos, las cuestiones previstas en el presente Reglamento entrarán en conflicto con las disposiciones de las leyes, reglamentos o documentos normativos antes mencionados;

Tras la modificación de los estatutos, las cuestiones previstas en el presente Reglamento entrarán en conflicto con las disposiciones de los estatutos;

La Junta General de accionistas decide modificar el presente reglamento.

Capítulo VIII Disposiciones complementarias

Artículo 33 las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se regirán por las disposiciones de las leyes, reglamentos, documentos normativos y estatutos pertinentes.

Artículo 34 los términos “arriba” y “abajo” a que se refiere el presente reglamento incluirán este número, mientras que los términos “fuera” y “por debajo” no incluirán este número.

Artículo 35 el presente reglamento entrará en vigor en la fecha de su examen y aprobación por la Junta General de accionistas.

Artículo 36 el Consejo de supervisión de la sociedad será responsable de la interpretación de estas normas.

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