Reglamento interno de la Junta de supervisores (revisado en mayo de 2022)

Canature Health Technology Group Co.Ltd(300272) (No. 508, 518, chuansha Town, Pudong New Area, Shanghai)

Reglamento de la Junta de supervisores

Mayo de 2002

Catálogo

Capítulo I Principios generales Capítulo 2 supervisores… Capítulo III funciones y obligaciones de los supervisores Capítulo IV funciones y atribuciones de la Junta de supervisores y de la Junta de supervisores Capítulo 5 convocación, notificación y asistencia a las reuniones de la Junta de supervisores Capítulo 6 Orden del día y propuesta de la reunión de la Junta de supervisores… Capítulo 7 votación de la Junta de supervisores… Capítulo 8 resoluciones de la Junta de supervisores Capítulo 9 acta de la Junta de supervisores Capítulo 10 Otros… Capítulo 11 Disposiciones complementarias 11.

Canature Health Technology Group Co.Ltd(300272)

Reglamento de la Junta de supervisores

(revisado en mayo de 2022)

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de seguir normalizando los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores de Canature Health Technology Group Co.Ltd(300272) (en lo sucesivo denominada “la empresa”), promover el desempeño eficaz de las funciones de supervisión de la Junta de supervisores y la Junta de supervisores y mejorar la estructura de gobernanza de Las personas jurídicas de las empresas, de conformidad con el derecho de sociedades, la Ley de valores y las normas de gobernanza de las empresas que cotizan en bolsa (en lo sucesivo denominadas “las normas de gobernanza”), Estas normas se formulan de conformidad con las normas de cotización de las acciones del GEM de la bolsa de Shenzhen (en lo sucesivo denominadas “normas de cotización del GEM”), las directrices de autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa de Shenzhen No. 2 – funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en bolsa del GEM y Los estatutos (en lo sucesivo denominados “los estatutos”).

Artículo 2 Composición de la Junta de supervisores

La empresa establecerá una Junta de supervisores. La Junta de supervisores está integrada por tres supervisores. Entre ellos, 2 supervisores son elegidos por la Junta General de accionistas y 1 supervisor es elegido democráticamente por los empleados de la empresa a través de la Junta General de representantes de los empleados, la Junta General de empleados u otros medios.

Cuando el Presidente de la Junta de supervisores no pueda o no pueda desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para que convoque y presida la reunión de la Junta de supervisores.

El mandato de cada supervisor es de tres años. Los supervisores nombrados por los accionistas serán elegidos o sustituidos por la Junta General de accionistas, los supervisores nombrados por los empleados serán elegidos o sustituidos democráticamente por los empleados de la empresa a través de la Junta General de representantes de los empleados, la Junta General de empleados u otros medios, y los supervisores podrán ser reelegidos.

Artículo 3 los supervisores serán independientes en el desempeño de sus funciones y responsabilidades y no serán interferidos ni obstaculizados por los directores, el personal directivo superior y otras personas de la empresa. La empresa garantizará el derecho de los supervisores a saber y prestará la asistencia necesaria a los supervisores en el desempeño normal de sus funciones. La empresa sufragará los gastos de trabajo de la Junta de supervisores y los gastos razonables necesarios para desempeñar sus funciones.

Reglamento de la Junta de supervisores 1

CAPÍTULO II supervisores

Artículo 4 los supervisores tendrán las siguientes cualidades:

Cumplir estrictamente las leyes, reglamentos administrativos y estatutos del Estado;

Desempeñar sus funciones de buena fe, diligencia y fidelidad;

Tener conocimientos especializados y experiencia laboral en derecho, finanzas, contabilidad, etc.;

Tener la capacidad de comunicarse con los accionistas, los empleados y otras partes interesadas pertinentes.

Artículo 5 un supervisor de una sociedad es una person a física que no puede actuar como supervisor de una sociedad en cualquiera de las siguientes circunstancias: i) no tiene capacidad civil ni limita su capacidad civil;

Ii) ser condenado a una pena penal por malversación, soborno, apropiación indebida de bienes, malversación indebida de bienes o destrucción del orden económico socialista de mercado, y no haber transcurrido más de cinco a ños desde la expiración del plazo de ejecución, o haber sido privado de derechos políticos por un delito, y no haber transcurrido más de cinco años desde la expiración del plazo de ejecución;

Si el Director o director o gerente de una empresa o empresa en quiebra es personalmente responsable de la quiebra de la empresa o empresa, no habrá transcurrido más de tres a ños a partir de la fecha en que concluya la liquidación de la quiebra de la empresa o empresa;

Actuar como representante legal de una empresa o empresa cuya licencia comercial haya sido revocada o cuya licencia comercial haya sido ordenada a cerrar debido a la violación de la ley, y ser personalmente responsable de ello, no más de tres a ños después de la fecha de revocación de la licencia comercial de la empresa o empresa;

V) las deudas personales de mayor cuantía adeudadas y pendientes;

Ser sancionado con una prohibición de entrada en el mercado de valores por la c

Haber sido sancionado administrativamente por la c

Viii) haber sido denunciado públicamente por la bolsa de valores o criticado en más de tres ocasiones en los últimos tres años;

Ⅸ) ser reconocido públicamente por la bolsa como inadecuado para actuar como supervisor de una empresa cotizada;

No puede garantizar que durante su mandato se dedique tiempo y energía suficientes a los asuntos de la empresa y que los supervisores desempeñen eficazmente sus funciones;

Reglamento de la Junta de supervisores 2

Otros contenidos prescritos por leyes, reglamentos administrativos o reglamentos departamentales.

El período mencionado comenzará a contar a partir de la fecha de la Junta General de accionistas o de la Junta de supervisores.

Los candidatos a supervisores informarán a la Junta de supervisores de la existencia de las circunstancias antes mencionadas en el primer momento en que tengan o deban tener conocimiento de que han sido propuestos como candidatos a supervisores.

Si un candidato a supervisor se encuentra en alguna de las circunstancias enumeradas en el apartado 1 del presente artículo, la sociedad no podrá presentarlo como candidato a supervisor a la Junta General de accionistas o a la Junta de supervisores para su votación.

Si un supervisor es elegido o nombrado en violación de las disposiciones del presente artículo, la elección, el nombramiento o el nombramiento serán nulos y sin valor. Si un supervisor se encuentra en alguna de las circunstancias previstas en el presente artículo durante su mandato, la sociedad lo destituirá de su cargo.

El número de supervisores que hayan sido directores o altos directivos de la empresa en los dos últimos años no excederá de la mitad del número total de supervisores de la empresa.

Los directores y altos directivos de la empresa, sus cónyuges y familiares inmediatos no podrán actuar como supervisores de la empresa durante su mandato. Artículo 6 los supervisores cumplirán las leyes, reglamentos y estatutos, cumplirán sus obligaciones de buena fe y diligencia y protegerán los intereses de la sociedad. Cuando sus propios intereses entren en conflicto con los intereses de la sociedad y de los accionistas, el interés superior de la sociedad y de los accionistas será el Código de conducta.

Artículo 7 el supervisor será responsable de la confidencialidad de la información que pueda tener un efecto significativo en la venta o el precio de las acciones de la sociedad y de otra información confidencial de la sociedad hasta que la sociedad haga un anuncio oficial de conformidad con la ley.

En el desempeño de sus funciones de supervisión, los supervisores formularán recomendaciones sobre la destitución de los directores y altos directivos que infrinjan las leyes, los reglamentos administrativos, los estatutos o las resoluciones de la Junta General de accionistas.

Si el supervisor descubre que el Director, el personal directivo superior y la empresa han causado o pueden causar grandes pérdidas a la empresa en violación de las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales, los documentos normativos, las normas para la inclusión en la lista de GEM, las directrices para la autorregulación y supervisión de las empresas que cotizan en bolsa de Shenzhen No. 2 – el funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en GEM y otras disposiciones pertinentes de la bolsa de Shenzhen, informará sin demora al Consejo de Administración y a la Junta de supervisores. Se presentará al Consejo de Administración para su corrección e informará al csrc, la bolsa de Shenzhen u otros departamentos pertinentes.

Artículo 8 salvo autorización de la Junta de supervisores, los actos de cualquier supervisor sólo serán válidos si se adoptan en forma de resolución de la Junta de supervisores.

Reglamento interno de la Junta de supervisores 3

Artículo 9 ningún supervisor podrá actuar en nombre de la sociedad o de la Junta de supervisores en nombre de una persona que no se ajuste a las disposiciones de los Estatutos de la sociedad o no esté legalmente autorizado por la Junta de supervisores. Cuando un supervisor Act úe en su nombre personal, el supervisor declarará su posición e identidad con antelación si la tercera Junta considera razonablemente que el supervisor actúa en nombre de la empresa o de la Junta de supervisores.

Artículo 10 cuando un supervisor o cualquier otra empresa a la que pertenezca o controle directa o indirectamente realice transacciones conexas con contratos, transacciones o arreglos existentes o previstos de la empresa (distintos de los contratos de nombramiento), independientemente de que las cuestiones pertinentes requieran la aprobación del Consejo de Administración o del Consejo de supervisión en circunstancias generales, revelará lo antes posible la naturaleza y el alcance de las transacciones conexas al Consejo de Administración o al Consejo de supervisión.

La sociedad tendrá derecho a rescindir el contrato, transacción o arreglo a menos que el supervisor de una transacción relacionada revele la información al Consejo de Administración o al Consejo de supervisión de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior del presente artículo y el Consejo de Administración o el Consejo de supervisión aprueben el asunto, a menos que la otra Parte sea un tercero de buena fe.

Artículo 11 Si un supervisor de una sociedad notifica por escrito al Consejo de Administración antes de que la sociedad considere por primera vez la celebración de un contrato, transacción o arreglo pertinente, declarando que, debido a los elementos enumerados en la notificación, el contrato, transacción o arreglo concertado posteriormente por la sociedad tiene una relación de interés con él, en la medida en que se especifique en la notificación, el supervisor pertinente se considerará que ha hecho la divulgación prevista en el artículo anterior del presente capítulo.

Artículo 12 si un supervisor no asiste personalmente a la reunión de la Junta de supervisores dos veces consecutivas y no confía a otros supervisores que asistan a la reunión de la Junta de supervisores en su nombre, se considerará que no puede desempeñar sus funciones y perderá automáticamente la calificación de supervisor, y la Junta de supervisores recomendará a la Junta de accionistas que la sustituya.

Artículo 13 la sociedad no pagará impuestos ni pagará gastos a los supervisores en ninguna forma.

Artículo 14 el supervisor podrá presentar su dimisión antes de la expiración de su mandato. La renuncia de un supervisor deberá presentarse al Consejo de supervisión, sin la aprobación de la Junta General de accionistas, y el informe de renuncia surtirá efecto inmediatamente. Salvo lo siguiente:

El supervisor está desempeñando sus funciones y aún no se ha liberado de sus responsabilidades;

Ii) la empresa se está convirtiendo o se convertirá en la empresa destinataria de la adquisición o fusión.

Artículo 15 si la dimisión de un supervisor puede dar lugar a que el Consejo de supervisión no pueda alcanzar el quórum mínimo prescrito en el derecho de sociedades, el informe de dimisión del supervisor no entrará en vigor hasta que se elija un nuevo supervisor.

Reglamento de la Junta de supervisores 4

Los supervisores restantes propondrán lo antes posible que se convoque una junta general provisional de accionistas y que se elija a un nuevo supervisor para llenar las vacantes resultantes de la dimisión de los supervisores. Antes de que la Junta General de accionistas adopte una decisión sobre la elección de los supervisores, las funciones y facultades de los supervisores que propongan la dimisión y de los supervisores restantes se limitarán razonablemente.

Artículo 16 cuando el informe de renuncia de un supervisor no haya entrado en vigor y dentro de un plazo razonable después de su entrada en vigor, sus obligaciones con la sociedad y los accionistas no se liberarán automáticamente, y su obligación de mantener el secreto comercial de la sociedad en secreto seguirá siendo válida después de que finalice su mandato hasta que el secreto se convierta en información pública, y la duración de otras obligaciones se determinará de conformidad con el principio de equidad, dependiendo del tiempo transcurrido entre la ocurrencia del incidente y su partida. Y la relación entre el supervisor saliente y la empresa en qué circunstancias y condiciones.

Los supervisores cuyo mandato aún no haya concluido serán responsables de las pérdidas sufridas por la empresa como resultado de su separación del servicio sin autorización.

Los supervisores responsables de la empresa que no puedan dimitir porque no hayan sido relevados de sus funciones o que hayan abandonado la empresa sin autorización sin haber pasado por la auditoría serán responsables de las pérdidas sufridas por la empresa.

CAPÍTULO III funciones y obligaciones de los supervisores

Artículo 17 los supervisores tendrán las siguientes competencias:

Examinar la situación financiera de la empresa, consultar los libros de contabilidad financiera y otros materiales contables de la empresa y examinar las actividades financieras de la empresa;

Tener derecho a conocer y consultar las actividades comerciales de la empresa y a examinar las principales decisiones de inversión de la empresa y la aplicación de las resoluciones de la Junta General de accionistas;

Comprobar el informe que el Consejo de Administración de la empresa tiene previsto presentar a la Junta General de accionistas para su examen, el plan de presupuesto financiero de la empresa, el plan de cuentas finales, el plan de distribución de beneficios y otras propuestas pertinentes;

Supervisar a los directores, directores generales y otros altos directivos de la sociedad en el desempeño de sus funciones si han cometido actos contrarios a las leyes, reglamentos, estatutos y resoluciones de la Junta General de accionistas;

Supervisar si el comportamiento de los directores, directores generales y otros altos directivos de la empresa perjudica los intereses de la empresa;

Reglamento de la Junta de supervisores 5

Comprobar si el plan de salarios laborales y las prestaciones sociales de los empleados de la empresa violan los derechos e intereses legítimos de los empleados; Cuando se produzcan problemas importantes en la sociedad, o cuando los directores, el Director General y otros altos directivos violen las leyes, los reglamentos y los Estatutos de la sociedad, o esas personas perjudiquen los intereses de la sociedad, tendrán derecho a proponer la convocación de una reunión de la Junta de supervisores de la sociedad;

Tener derecho a proponer al Consejo de Administración que sustituya o despida al Director General de la sociedad por actos ilícitos, actos que perjudiquen los intereses materiales de la sociedad o por negligencia grave del deber de los directores y directores generales de la sociedad, e informar al Consejo de accionistas o al Consejo de Administración tras la votación de la Junta de supervisores;

Asistir a las reuniones del Consejo de Administración de la empresa sin derecho a voto;

Cuando sea necesario, el supervisor podrá contratar independientemente a un intermediario para que preste asistencia en el desempeño de sus funciones;

El supervisor garantizará la veracidad, exactitud y exhaustividad de la información divulgada por la empresa y firmará un dictamen de confirmación por escrito sobre el informe periódico;

Tener derecho a ejercer otras facultades de supervisión de conformidad con las disposiciones de los estatutos y la autorización de la Junta de supervisores. Artículo 18 los supervisores cumplirán las disposiciones de las leyes, los reglamentos administrativos y los Estatutos de la sociedad, cumplirán las obligaciones de buena fe y diligencia y protegerán los intereses de la sociedad.

Artículo 19 los supervisores no podrán utilizar su posición y autoridad en la sociedad para obtener beneficios personales, aceptar sobornos u otros ingresos ilícitos, malversar los bienes de la sociedad ni utilizar sus relaciones conexas para perjudicar los intereses de la sociedad.

Artículo 20 los supervisores no revelarán secretos de sociedades salvo de conformidad con la ley o con el consentimiento de la Junta General de accionistas.

Artículo 21 en el desempeño de sus funciones, el supervisor será responsable de la indemnización por las pérdidas sufridas por la sociedad como consecuencia de la violación de las leyes, los reglamentos administrativos o las disposiciones de los Estatutos de la sociedad.

CAPÍTULO IV funciones y competencias de la Junta de supervisores y de la Junta de supervisores

Artículo 22 la Junta de supervisores será el órgano de supervisión establecido por la sociedad de conformidad con la ley y será responsable ante la Junta General de accionistas de la sociedad. La Junta de supervisores ejercerá las funciones y facultades que le confieren el derecho de sociedades, los estatutos y otras leyes y reglamentos.

Reglamento de la Junta de supervisores

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