Reglamento de la Junta de supervisores

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Reglamento de la Junta de supervisores

Artículo 1 Objetivos

Con el fin de normalizar aún más los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores de la empresa, promover el desempeño eficaz de las funciones de supervisión de la Junta de supervisores y la mejora de la estructura de gobierno corporativo de la empresa, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho de sociedades de la República Popular China (en adelante, el derecho de sociedades), la Ley de valores de la República Popular China (en adelante, la Ley de valores) y los estatutos (en adelante, los estatutos), Establece el presente reglamento. Artículo 2 El Presidente de la Junta de supervisores podrá pedir al representante de valores de la sociedad u otra persona que le preste asistencia en la gestión de los asuntos cotidianos de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores conservará el sello de la Junta de supervisores.

Artículo 3 las reuniones de la Junta de supervisores se dividen en reuniones periódicas y reuniones temporales.

La Junta de supervisores se reunirá periódicamente al menos una vez cada seis meses. En cualquiera de las siguientes circunstancias, la Junta de supervisores celebrará una reunión provisional en un plazo de 10 días:

Cuando se convoque la propuesta del supervisor;

Cuando la Junta General de accionistas y la Junta de directores hayan aprobado resoluciones que violen las leyes, reglamentos, normas y reglamentos, las diversas disposiciones y requisitos de las autoridades reguladoras, los Estatutos de la sociedad, las resoluciones de la Junta General de accionistas de la sociedad y otras disposiciones pertinentes;

Iii) Cuando las faltas de conducta de los directores y altos directivos puedan causar daños materiales a la empresa o efectos adversos en el mercado;

Cuando la sociedad, sus directores, supervisores y altos directivos sean demandados por los accionistas;

Otras circunstancias estipuladas en los estatutos.

Artículo 4 Propuestas para reuniones periódicas

Antes de la notificación de la convocación de la reunión ordinaria de la Junta de supervisores, se solicitará a todos los supervisores la propuesta de la reunión y los empleados de la empresa serán consultados al menos dos (2) días. Al solicitar propuestas y opiniones, la Oficina del Consejo de supervisión explicará que el Consejo de supervisión se centra en la supervisión del funcionamiento normal de la empresa y el comportamiento de los directores y altos directivos en lugar de en la adopción de decisiones sobre la gestión de la empresa.

Artículo 5 procedimiento propuesto para la reunión provisional

Cuando un supervisor proponga convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores, presentará directamente al Presidente de la Junta de supervisores una propuesta por escrito firmada por el supervisor propuesto. Las propuestas escritas incluirán lo siguiente:

Nombre del supervisor propuesto;

Ii) los motivos de la propuesta o las razones objetivas en que se basa;

Proponer la fecha, el calendario, el lugar y las modalidades de la reunión;

Iv) propuestas claras y concretas;

Los datos de contacto y la fecha propuesta del supervisor propuesto, etc.

En un plazo de cinco días a partir de la recepción de la propuesta escrita del supervisor por el Presidente de la Junta de supervisores, la Junta de supervisores notificará la convocación de una reunión provisional de la Junta de supervisores.

En caso de que la Junta de supervisores se retrase en la notificación de la reunión, propondrá que el supervisor informe oportunamente al Departamento de supervisión.

Artículo 6 convocación y Presidencia de la Conferencia

La reunión de la Junta de supervisores será convocada y presidida por el Presidente de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, será convocado y presidido por el Vicepresidente de la Junta de supervisores; Si no hay Vicepresidente o Vicepresidente que no pueda desempeñar sus funciones o no las desempeñe, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para que lo convoque y presida.

Artículo 7 Notificación de reuniones

Cuando se celebren reuniones periódicas y reuniones provisionales de la Junta de supervisores, la Junta de supervisores notificará por escrito las reuniones selladas con el sello de la Junta de supervisores con 10 y 3 días de antelación, respectivamente, y las presentará a todos los supervisores mediante notificación directa, fax, correo electrónico u otros medios. En caso de notificación no directa, la confirmación se efectuará por teléfono y se registrará en consecuencia.

Si la situación es urgente y es necesario convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento oralmente o por teléfono, pero el convocante dará una explicación en la reunión.

Artículo 8 contenido de la notificación de la reunión

La notificación escrita de la reunión incluirá, como mínimo, lo siguiente:

Hora y lugar de la reunión;

Ii) Cuestiones que deben examinarse (propuestas de la Conferencia);

Iii) El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;

Iv) los materiales de reunión necesarios para la votación de los supervisores;

La solicitud de que el supervisor asista personalmente a la reunión;

Contactos e información de contacto.

La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los puntos i) y ii) supra, as í como la explicación de la necesidad urgente de convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible.

Artículo 9 modalidades de celebración de la Conferencia

Las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán in situ.

En caso de emergencia, la reunión de la Junta de supervisores podrá votar por medios de comunicación, pero el convocante de la Junta de supervisores (Presidente de la reunión) explicará a los supervisores participantes las emergencias específicas. En el momento de la votación de la comunicación, el supervisor transmitirá al Consejo de supervisión sus opiniones por escrito sobre las cuestiones que deban examinarse y su intención de votar por fax o persona especial después de la confirmación de la firma. Los supervisores no sólo deben expresar sus opiniones de voto, sino también sus opiniones por escrito o sus razones de voto.

Artículo 10 convocación de la Conferencia

La reunión de la Junta de supervisores no se celebrará hasta que haya más de la mitad de los supervisores presentes. En caso de que los supervisores pertinentes se nieguen a asistir a la reunión o no puedan cumplir el requisito del número mínimo de personas que asistan a la reunión, otros supervisores informarán sin demora al Departamento de supervisión. El Secretario del Consejo de Administración y el representante de valores asistirán a las reuniones del Consejo de supervisión sin derecho a voto.

Artículo 11 Procedimiento de examen de la Conferencia

El Presidente de la reunión invitará a los supervisores participantes a expresar sus opiniones definitivas sobre las diversas propuestas.

El Presidente de la reunión, a propuesta del supervisor, pedirá a los directores, al personal directivo superior, a otros empleados de la empresa o al personal comercial de los organismos intermediarios pertinentes que asistan a la reunión para ser interrogados.

Artículo 12 Resolución de la Junta de supervisores

La votación en la reunión de la Junta de supervisores se llevará a cabo mediante votación a mano alzada o por escrito.

La intención de voto de los supervisores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los supervisores participantes elegirán uno de los objetivos antes mencionados, si no hacen una elección o eligen más de dos objetivos al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los supervisores que elijan de nuevo, y si se niegan a hacerlo, se considerará que se abstienen; Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión.

La resolución sobre la formación de la Junta de supervisores será aprobada por más de la mitad de los supervisores.

Artículo 13 grabación sonora de las sesiones

Cuando se convoque una reunión de la Junta de supervisores, podrá hacerse una grabación sonora completa según sea necesario.

Artículo 14 acta

El personal de la Oficina del Consejo de supervisión llevará un registro de las reuniones sobre el terreno. El acta contendrá los siguientes elementos: i) la fecha, el lugar y las modalidades de los períodos de sesiones y de la celebración de la Conferencia;

Ii) la notificación de la reunión;

Iii) convocador y moderador de la reunión;

Iv) Asistencia a la Conferencia;

Las propuestas examinadas en la reunión, los puntos principales y las principales opiniones de cada supervisor sobre las cuestiones pertinentes y la intención de votar sobre las propuestas;

Vi) la forma y el resultado de la votación de cada propuesta (en el resultado de la votación se indicará el número de votos a favor, en contra y abstenciones);

Otros asuntos que los supervisores participantes consideren que deben registrarse.

En cuanto a las reuniones de la Junta de supervisores convocadas por medios de comunicación, la Oficina de la Junta de supervisores recopilará las actas de las reuniones de conformidad con las disposiciones anteriores.

Artículo 15 firma del supervisor

Los supervisores participantes firmarán y confirmarán el acta de la reunión. Si el supervisor no está de acuerdo con el acta de la reunión, podrá hacer una declaración por escrito en el momento de la firma.

Se considerará que el supervisor está plenamente de acuerdo con el contenido del acta si no firma la confirmación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, ni hace una declaración por escrito de sus opiniones divergentes, ni informa o hace una declaración pública a las autoridades reguladoras.

Artículo 16 Aplicación de la resolución

El supervisor supervisará e instará al personal pertinente a que aplique las resoluciones de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores informará en una reunión posterior de la Junta de supervisores sobre la aplicación de las resoluciones ya adoptadas.

Artículo 17 conservación de los archivos de conferencias

Los expedientes de las reuniones de la Junta de supervisores, incluidos el anuncio de la reunión y los materiales de la reunión, el libro de asistencia a la reunión, los materiales de grabación de audio de la reunión, los votos emitidos, las actas de la reunión firmadas y confirmadas por los supervisores participantes y el anuncio de la resolución, etc., serán conservados por una person a especial designada por el Presidente de la Junta de supervisores. El período de conservación de los datos de las reuniones de la Junta de supervisores será superior a diez (10) años.

Artículo 18 Disposiciones complementarias

Las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se aplicarán de conformidad con las disposiciones pertinentes del reglamento interno del Consejo de Administración de la empresa.

A los efectos del presente reglamento, el término “anterior” incluye este número.

El presente reglamento entrará en vigor una vez aprobado por la Junta General de accionistas y será modificado por la Junta de supervisores.

El Consejo de Supervisión será responsable de la interpretación del presente reglamento.

Mayo 2022

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