Guangdong Hybribio Biotech Co.Ltd(300639)
Medidas para la administración de la garantía externa
Mayo de 2002
Guangdong Hybribio Biotech Co.Ltd(300639)
Medidas para la administración de la garantía externa
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de regular las actividades de garantía externa de Guangdong Hybribio Biotech Co.Ltd(300639) (en lo sucesivo denominada “la empresa”), garantizar los derechos e intereses legítimos de los inversores, proteger la seguridad de los bienes de la empresa y reducir los riesgos de explotación, de conformidad con el derecho de sociedades de La República Popular China (en lo sucesivo denominado “el derecho de sociedades”), Leyes y reglamentos como la Ley de garantías de la República Popular China, el Código Civil de la República Popular China, las normas de cotización en bolsa de Shenzhen para las empresas que cotizan en bolsa en el GEM, las directrices de autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa en el GEM No. 2 de la bolsa de Shenzhen para las empresas que cotizan en bolsa en el GEM – funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en bolsa, las directrices de supervisión de las empresas que cotizan en bolsa no. 8 – requisitos reglamentarios para las transacciones financieras y las garantías externas de las empresas que cotizan en bolsa, Los documentos normativos y las disposiciones de los estatutos (en lo sucesivo denominados “los estatutos”) y las medidas de gestión de la garantía externa (en lo sucesivo denominadas “las presentes medidas”) se formulan teniendo en cuenta la situación real de la empresa.
Artículo 2 Estas medidas se aplicarán a las garantías externas de las empresas y sus filiales. Las filiales de control son todas las filiales de los estados financieros consolidados de la empresa.
Artículo 3 el término “garantía externa” mencionado en estas medidas se refiere a la garantía proporcionada por la empresa a otras personas en su calidad de tercera persona, o a la garantía hipotecada y pignorada proporcionada a otras personas por los activos propios de la empresa. La garantía proporcionada por la empresa a la filial de control es una garantía externa.
Cuando una filial controladora de una sociedad ofrezca garantías a una persona jurídica u otra organización incluida en el ámbito de aplicación de los estados consolidados de la sociedad, la sociedad revelará oportunamente la información después de que la filial controladora haya cumplido los procedimientos de examen.
Cuando una filial controladora de una sociedad ofrezca una garantía a una entidad distinta de la mencionada en el párrafo anterior, se considerará que la sociedad cotizada proporciona una garantía y cumplirá las disposiciones pertinentes del presente sistema.
Las disposiciones pertinentes de las presentes medidas se aplicarán mutatis mutandis a las contragarantías proporcionadas por la sociedad y sus filiales controladoras, y el importe de las contragarantías proporcionadas por la sociedad y sus filiales controladoras se utilizará como norma para cumplir los procedimientos de examen correspondientes y las obligaciones de divulgación de información, salvo que la sociedad y sus filiales controladoras ofrezcan contragarantías para las garantías basadas en sus propias deudas.
Artículo 4 todos los directores y altos directivos de la empresa tratarán cuidadosamente las garantías externas y controlarán estrictamente los posibles riesgos derivados de las garantías externas.
Artículo 5 la garantía externa de una sociedad se regirá por los principios de igualdad, voluntariedad, equidad, buena fe y beneficio mutuo. La empresa tiene derecho a rechazar cualquier acto que le obligue a proporcionar una garantía a otra persona.
Artículo 6 la garantía externa de la filial de control de la sociedad será administrada uniformemente por la sociedad, y la filial de control de la sociedad no podrá proporcionar ninguna garantía externa sin la aprobación de la sociedad.
Artículo 7 la garantía externa de la sociedad será examinada por la Junta General de accionistas o el Consejo de Administración de conformidad con los estatutos y las presentes medidas.
Capítulo II procedimientos aplicables a las garantías reales
Sección I Condiciones de la garantía
Artículo 8 cuando la empresa no ofrezca activamente garantías externas y necesite realmente garantías externas, la empresa garantizada presentará una solicitud a la empresa. La empresa que solicite la garantía de la empresa debe tener buenas condiciones de funcionamiento y la capacidad de pago de la deuda correspondiente.
Artículo 9 el importe total de la garantía externa de la sociedad será la suma de los siguientes elementos:
El importe de la garantía externa de la empresa;
Ii) El importe de la garantía externa de la filial controladora.
Artículo 10 si, debido a circunstancias específicas, la sociedad necesita proporcionar garantías a otras sociedades, aplicará estrictamente las disposiciones de los sistemas pertinentes, obtendrá la aprobación del Consejo de Administración o de la Junta General de accionistas de la sociedad de conformidad con las disposiciones de los estatutos y adoptará las medidas preventivas necesarias, como la contragarantía.
Sección II Investigación del objeto garantizado
Artículo 11 antes de decidir sobre la garantía, la sociedad dominará la situación crediticia del objeto garantizado y analizará plenamente los beneficios y riesgos de la garantía, y el objeto garantizado cumplirá las siguientes condiciones:
No existe ninguna situación que deba terminarse con respecto a las personas jurídicas establecidas de conformidad con la ley y que existan efectivamente;
Tener buenas condiciones de funcionamiento y financieras y un flujo de caja estable o buenas perspectivas de desarrollo;
Cuando la sociedad haya constituido una garantía, no se producirá ninguna situación en la que el acreedor exija a la sociedad que asuma la responsabilidad de la garantía ni ejerza la hipoteca o la prenda sobre los bienes hipotecados o pignorados de la sociedad;
Poseer bienes hipotecados (pignorados) y tener la capacidad correspondiente de contragarantía;
La información financiera proporcionada es verdadera, completa y eficaz;
La empresa puede adoptar medidas de prevención de riesgos;
No hay otros riesgos jurídicos.
Artículo 12 el solicitante de la garantía proporcionará a la sociedad la siguiente información:
Los datos básicos de la empresa y el informe de análisis de la situación empresarial;
Ii) el informe de auditoría más reciente y los estados financieros corrientes;
Iii) el contrato principal y la información relativa al contrato principal;
Iv) El propósito del préstamo bancario garantizado y el efecto económico previsto;
Análisis de la capacidad de reembolso de los préstamos bancarios garantizados por esta garantía;
La ausencia de litigios, arbitrajes o sanciones administrativas importantes;
El plan de contragarantía y la prueba de la capacidad real del proveedor de contragarantía;
Otra información pertinente que la empresa considere necesaria.
Artículo 13 el Departamento Financiero (en lo sucesivo denominado “la persona responsable”) investigará la garantía proporcionada por la sociedad sobre la base de la información anterior proporcionada por el objeto de la garantía y determinará si la información es verdadera.
Artículo 14 la persona responsable tendrá la obligación de garantizar la autenticidad del contrato principal e impedir que ambas partes en el contrato principal colaboren de mala fe o adopten otros medios fraudulentos para defraudar la garantía de la empresa.
Artículo 15 los departamentos responsables de la gestión de las cuestiones de garantía investigarán su capacidad de pago de la deuda, su estado de funcionamiento y su situación crediticia a través de los bancos depositarios y las entidades comerciales del objeto garantizado. Autorizar al Departamento de auditoría de la empresa o contratar a un intermediario para que lleve a cabo la auditoría cuando sea necesario.
Sección III Aprobación de la garantía
Artículo 16 la empresa aplicará un sistema de auditoría multinivel a la gestión de la garantía externa y los departamentos pertinentes de la Empresa incluirán:
El Departamento de Finanzas es el Departamento de Primera Instancia y gestión diaria de la garantía externa de la empresa, que es responsable de aceptar y examinar todas las solicitudes de garantía presentadas por el garante, as í como de la gestión diaria y el control continuo de los riesgos de la garantía externa;
La Oficina del Consejo de Administración se encargará de revisar el cumplimiento de la garantía externa de la empresa y de organizar el procedimiento de aprobación del Consejo de Administración o de la Junta General de accionistas.
Artículo 17 la garantía externa de una sociedad debe ser examinada por el Consejo de Administración y aprobada por más de dos tercios de los directores presentes en la reunión del Consejo de Administración, además de la mayoría de todos los directores. Los directores deben hacer un juicio cuidadoso sobre el cumplimiento y la razonabilidad de la garantía, la capacidad de la parte garantizada para pagar sus deudas, la eficacia de las medidas de contragarantía y el control del riesgo de garantía.
Artículo 18 cuando una sociedad ofrezca una garantía, la revelará oportunamente al público tras su examen por el Consejo de Administración.
En cualquiera de las siguientes circunstancias, la garantía se presentará a la Junta General de accionistas para su examen y aprobación por el Consejo de administración:
El importe total de la garantía externa de la sociedad y de sus filiales controladas por la sociedad, que alcance o supere el 50% de los activos netos auditados más recientes de la sociedad;
Ii) durante 12 meses consecutivos, el valor total de la garantía supere el 30% del valor total de los bienes auditados en el último período;
Iii) proporcionar garantías a los objetos garantizados con una relación activo – pasivo superior al 70%;
Durante 12 meses consecutivos, el importe total de la garantía superó el 50% de los activos netos auditados más recientes de la empresa y el importe absoluto superó los 50 millones de yuan;
Garantía única superior al 10% de los activos netos auditados de la empresa en el último período;
Garantías a los accionistas, a los controladores reales y a sus partes vinculadas (excluidas las sociedades y filiales, lo mismo que a continuación).
Otras garantías previstas en la bolsa de Shenzhen o en los Estatutos de la sociedad.
La garantía mencionada en el apartado ii) supra será aprobada por más de dos tercios de los derechos de voto de los accionistas presentes en la Junta.
Cuando la Junta General de accionistas examine una propuesta de garantía para los accionistas, el controlador real y sus partes vinculadas, el accionista o el accionista controlado por el controlador real no participarán en la votación, que será aprobada por más de la mitad de los derechos de voto de los demás accionistas presentes en la Junta General de accionistas.
Cuando la sociedad ofrezca garantías a las partes vinculadas, las revelará oportunamente después de su examen y aprobación por el Consejo de Administración y las presentará a la Junta General de accionistas para su examen. Si la sociedad acepta la garantía de las partes vinculadas, podrá eximir de la obligación de presentarla a la Junta General de accionistas para su examen.
Cuando la sociedad ofrezca garantías a los accionistas controladores, a los controladores reales y a sus partes vinculadas, los accionistas controladores, a los controladores reales y a sus partes vinculadas proporcionarán contragarantías. Además de las garantías externas mencionadas que deben presentarse a la Junta General de accionistas para su examen, el Consejo de Administración decidirá otras garantías externas.
Si la sociedad proporciona una garantía a una filial de propiedad total o a una filial de propiedad total y otros accionistas de la filial de propiedad proporcionan una garantía proporcional equivalente a los derechos e intereses de que gozan, podrá eximirse de la obligación de presentarla a la Junta General de accionistas para su examen.
Artículo 19 cuando la sociedad ofrezca garantías a las filiales controladoras, si un gran número de ellas se producen cada a ño y es difícil presentarlas al Consejo de Administración o a la Junta General de accionistas para su examen por cada acuerdo debido a la necesidad de celebrar periódicamente un acuerdo de garantía, la sociedad podrá prever, respectivamente, una cantidad total adicional de garantías para dos tipos de filiales con una relación activo – pasivo superior al 70% y una relación activo – pasivo inferior al 70% en los próximos 12 meses y presentarla a la Junta General de accionistas para su examen. Cuando se produzcan efectivamente las garantías mencionadas, la sociedad revelará oportunamente que el saldo de la garantía en cualquier momento no excederá del importe de la garantía aprobado por la Junta General de accionistas.
Artículo 20 cuando la sociedad ofrezca una garantía a su empresa conjunta o asociada y cumpla simultáneamente las siguientes condiciones, si cada a ño se produce un gran número de acuerdos de garantía y es difícil presentarlos al Consejo de Administración o a la Junta General de accionistas para su examen debido a la necesidad de celebrar periódicamente un acuerdo de garantía, La sociedad podrá prever razonablemente el objeto concreto de la garantía que se ha de proporcionar en los próximos 12 meses y la cantidad de garantía adicional correspondiente, y presentarlos a la Junta General de accionistas para su examen:
El garante no es un Director, supervisor, directivo superior, accionista con más del 5% de las acciones, controlador real y person a jurídica u otra organización bajo su control;
Cada accionista del garante proporcionará la misma garantía o contragarantía y otras medidas de control de riesgos en proporción a su contribución.
Cuando se produzcan efectivamente las garantías mencionadas, la sociedad revelará oportunamente que el saldo de la garantía en cualquier momento no excederá del importe de la garantía aprobado por la Junta General de accionistas.
Artículo 21 cuando una sociedad prevea una cantidad de garantía para su empresa conjunta o asociada y cumpla simultáneamente las siguientes condiciones, podrá efectuar un ajuste de la cantidad de garantía entre sus empresas conjuntas o asociadas, siempre que la cantidad total de ajuste acumulativo no supere el 50% de la cantidad total de garantía prevista:
El importe de la única transferencia de la parte a la que se transfiere no excederá del 10% de los activos netos auditados de la empresa en el último período; Los objetos de garantía cuya relación activo – pasivo supere el 70% en el momento de la reasignación sólo podrán obtener la cantidad de garantía de los objetos de garantía cuya relación activo – pasivo supere el 70% (cuando la Junta General de accionistas examine la cantidad de garantía);
En el momento de la reasignación, la parte a la que se reasigna no tiene deudas atrasadas;
Las medidas de control de riesgos, como la garantía equivalente o la contragarantía, que deben ser proporcionadas por cada accionista de la parte reasignada en proporción a su contribución.
En caso de que se produzcan realmente las cuestiones de reasignación antes mencionadas, la empresa revelará oportunamente esas cuestiones.
Artículo 22 cuando se juzgue si la relación activo – pasivo de la garantía supera el 70% en relación con las cuestiones de garantía que se presentarán a la Junta General de accionistas para su examen, prevalecerán los datos más altos de los estados financieros auditados o de los estados financieros más recientes de la garantía en el último año.
Artículo 23 en caso de que la empresa modifique el alcance de sus estados financieros consolidados como resultado de una transacción o de una transacción conexa, si la garantía original constituye una garantía para las partes vinculadas después de la conclusión de la transacción, cumplirá oportunamente los procedimientos de examen y las obligaciones de divulgación correspondientes con respecto a la garantía conexa. Si el Consejo de Administración o la Junta General de accionistas no examinan y aprueban las cuestiones relativas a las garantías conexas antes mencionadas, las Partes en la transacción adoptarán medidas eficaces, como la terminación anticipada de las garantías o la cancelación de las operaciones conexas o las transacciones conexas, a fin de evitar la formación de garantías conexas ilegales.
Artículo 24 la sociedad no podrá, de conformidad con la autoridad de examen y aprobación correspondiente, presentar al Consejo de Administración y a la Junta General de accionistas, nivel por nivel, para su examen y aprobación, hasta que haya organizado los departamentos pertinentes para examinar y evaluar las cuestiones de garantía.
Antes de informar al Consejo de Administración sobre las cuestiones relativas a la garantía, la persona responsable pertinente formulará observaciones sobre las cuestiones relativas a la garantía.
Artículo 25 sin la aprobación o autorización del examinador y aprobador de la empresa con la autoridad de examen y aprobación correspondiente, la persona responsable no podrá firmar el contrato de garantía más allá de su autoridad ni firmar o sellar el contrato principal como garante.
Artículo 26 la garantía proporcionada por la filial controladora de la sociedad será examinada y aprobada por el Consejo de Administración o la Junta de accionistas de conformidad con las disposiciones de sus estatutos. Los directores o representantes de los accionistas recomendados por la sociedad consultarán al Departamento de Finanzas de la sociedad y a la Oficina del Consejo de Administración antes de expresar sus opiniones sobre las cuestiones relativas a la garantía en nombre de los intereses de la sociedad en el Consejo de Administración o en la Junta de accionistas de la sociedad de cartera.
Sección IV Examen y celebración del contrato de garantía
Artículo 27 la garantía deberá celebrar un contrato de garantía por escrito. El contrato de garantía se ajustará a las leyes y reglamentos pertinentes, los datos del contrato serán claros y serán examinados por los departamentos pertinentes de la empresa.
Artículo 28 cuando se celebre un contrato de garantía, la person a responsable deberá examinar cuidadosamente el contenido pertinente del contrato de garantía. Se exigirá a la otra parte que modifique o rechace la garantía de las cláusulas imperativas o de las cláusulas que sean manifiestamente perjudiciales para los intereses de la sociedad y que puedan entrañar riesgos imprevistos.
Artículo 29 durante el período de garantía, cuando sea necesario modificar el alcance, la responsabilidad y la duración del contrato de garantía debido a cambios en las condiciones del contrato principal entre el garante y el beneficiario, la persona responsable pertinente presentará una solicitud de aprobación de conformidad con la autoridad de examen y aprobación para la nueva firma del contrato de garantía, y el Departamento Jurídico de la empresa examinará el contenido de los cambios. Si el contrato de garantía se renueva después de la aprobación, el contrato original será nulo.
Artículo 30 el contrato de garantía se conservará debidamente de conformidad con las normas de gestión interna de la sociedad, y en caso de firma, modificación, prórroga, terminación, anticipo o reembolso del anticipo, la persona responsable informará sin demora al Consejo de supervisión, al Secretario del Consejo de Administración, al Departamento de gestión financiera de la sociedad y a otros departamentos de gestión pertinentes.
Artículo 31 cuando la ley requiera la inscripción de la garantía, la persona responsable deberá inscribirse en la autoridad de registro pertinente.
CAPÍTULO III GESTIÓN del riesgo de GARANTÍA
Artículo 32 la sociedad prestará atención a la producción y el funcionamiento del garante, los cambios en los activos y pasivos, las garantías externas y otros pasivos, as í como a las fusiones, escisiones, cambios en el representante legal y cambios en la reputación comercial externa, y protegerá activamente contra los riesgos.
Artículo 33 la sociedad exigirá al garante que informe periódicamente al Departamento Financiero de la sociedad sobre la obtención, el uso y el importe de los préstamos que deba reembolsarse, as í como sobre la devolución efectiva de los préstamos.