Reglamento de trabajo del Comité de remuneración y evaluación de la Junta

Reglamento de trabajo del Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración (revisado en mayo de 2022)

Catálogo

Capítulo I Principios generales Capítulo II Composición del Comité de remuneración y evaluación Capítulo III responsabilidades y competencias del Comité de remuneración y evaluación Capítulo 4 procedimiento de adopción de decisiones Capítulo V Reglamento interno Capítulo VI Disposiciones complementarias 4.

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de seguir estableciendo y perfeccionando el sistema de evaluación y gestión de la remuneración de los directores (directores no independientes) y los altos directivos (en lo sucesivo denominados “administradores”) y mejorar la estructura de gobernanza empresarial, la empresa, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China, las Normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa, los Estatutos de la empresa y otras disposiciones pertinentes, establecerá un Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración y formulará estas normas de trabajo.

Artículo 2 El Comité de remuneración y evaluación es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con la resolución de la Junta General de accionistas y se encarga principalmente de formular y evaluar las normas de evaluación de los directores y administradores de la empresa; Ser responsable de la formulación y revisión de la política salarial y el plan de los directores y administradores de la empresa, y ser responsable ante el Consejo de Administración.

Artículo 3 los directores a que se refiere el presente reglamento se refieren al Presidente y al Vicepresidente de la Junta y a los directores a los que se paga la remuneración en la empresa, y el personal directivo se refiere al Director General, el Director General Adjunto, el Secretario de la Junta y otros altos directivos nombrados por la Junta y propuestos por el Director General para su confirmación por la Junta.

Artículo 4 la remuneración (remuneración total) a que se refiere el presente reglamento se refiere a todos los valores e identidades pagados por la empresa por los empleados, incluidos los salarios monetarios directos (salarios, bonificaciones, subvenciones, reconocimiento de recompensas en efectivo, pago de gastos), los salarios monetarios indirectos (prestaciones de la seguridad social, prestaciones médicas, prestaciones temporales, reconocimiento no monetario, formación profesional individual, etc.) y los planes de incentivos de capital que pueden aplicarse cuando las condiciones futuras estén maduras.

Capítulo II Composición del Comité de remuneración y evaluación

Artículo 5 El Comité de remuneración y evaluación estará integrado por tres directores, con la mayoría de los directores independientes.

Artículo 6 los miembros del Comité de remuneración y evaluación serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.

Artículo 7 El Comité de remuneración y evaluación tendrá un Presidente (convocante), que será presidido por un miembro independiente del Consejo de Administración; El Presidente será elegido en el seno de los miembros y presentado al Consejo de Administración para su aprobación.

Artículo 8 el mandato del Comité de remuneración y evaluación será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la empresa durante el período mencionado, perderá automáticamente su condición de miembro y el Comité, de conformidad con los artículos 5 a 7 supra, completará el número de miembros.

Artículo 9 el Comité de remuneración y evaluación estará integrado por un grupo de trabajo, presidido por el Director General de la empresa, que se encargará especialmente de proporcionar información sobre el funcionamiento de la empresa y sobre el personal examinado, preparar las reuniones del Comité de remuneración y evaluación y aplicar las resoluciones pertinentes del Comité de remuneración y evaluación.

Capítulo III responsabilidades y competencias del Comité de remuneración y evaluación

Artículo 10 funciones y competencias principales del Comité de remuneración y evaluación:

Estudiar las normas de evaluación de los directores y el personal directivo superior, realizar evaluaciones y formular recomendaciones;

Ii) Estudiar y examinar las políticas y los planes de remuneración de los directores y altos directivos;

Elaborar un plan o plan de remuneración de acuerdo con el alcance principal, las responsabilidades, la importancia de los puestos directivos de los directores y el personal directivo superior y el nivel de remuneración de los puestos pertinentes de otras empresas pertinentes; El plan o plan de remuneración incluye, entre otras cosas, las normas, los procedimientos y los principales sistemas de evaluación de la actuación profesional, los principales planes y sistemas de recompensas y sanciones, etc.

Examinar el desempeño de las funciones de los directores (directores no independientes) y del personal directivo superior de la empresa y llevar a cabo una evaluación anual de la actuación profesional;

Supervisar la aplicación del sistema de remuneración de la empresa;

Otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.

Artículo 11 el Consejo de Administración tendrá derecho a vetar los planes o planes de remuneración que perjudiquen los intereses de los accionistas.

Artículo 12 el plan de remuneración de los directores de la sociedad propuesto por el Comité de remuneración y evaluación se presentará al Consejo de Administración para su aprobación y se presentará a la Junta General de accionistas para su examen y aprobación antes de su aplicación. El plan de distribución de la remuneración del personal directivo de la empresa se presentará al Consejo de Administración para su aprobación.

Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones

Artículo 13 el Grupo de trabajo establecido en el marco del Comité de remuneración y evaluación se encargará de la preparación previa a la adopción de decisiones por el Comité de remuneración y evaluación y de proporcionar la información pertinente de la empresa:

Proporcionar los principales indicadores financieros y el logro de los objetivos operacionales de la empresa;

El ámbito de trabajo y las principales responsabilidades del personal directivo superior de la empresa;

Iii) proporcionar información sobre el cumplimiento de los indicadores pertinentes en el sistema de evaluación de la actuación profesional de los directores y el personal directivo superior;

Iv) proporcionar a los directores y al personal directivo superior información sobre la capacidad de innovación empresarial y la capacidad de generación de beneficios;

Proporcionar la base de cálculo pertinente para elaborar el plan de distribución de la remuneración y el método de distribución de la remuneración de la empresa sobre la base del desempeño de la empresa. Artículo 14 procedimientos de evaluación de los directores y altos directivos por el Comité de remuneración y evaluación:

El Director y el personal directivo superior de la empresa informarán y evaluarán al Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración;

El Comité de remuneración y evaluación evaluará la actuación profesional de los directores y el personal directivo superior de conformidad con las normas y procedimientos de evaluación de la actuación profesional;

De acuerdo con los resultados de la evaluación de la actuación profesional y la política de distribución de la remuneración, proponer el importe de la remuneración y el método de adjudicación de los directores y el personal directivo superior, e informar al Consejo de Administración de la empresa después de la votación.

Capítulo V Reglamento interno

Artículo 15 el Comité de remuneración y evaluación se reunirá al menos dos veces al a ño y notificará a todos los miembros siete días antes de la reunión que la reunión será presidida por el miembro del Presidente, que podrá confiar la Presidencia a otro miembro (director independiente) Si no puede asistir.

Artículo 16 las reuniones del Comité de remuneración y evaluación sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros. Artículo 17 el método de votación de la reunión del Comité de remuneración y evaluación será la votación a mano alzada o la votación; La reunión provisional podrá celebrarse mediante votación por correspondencia.

Artículo 18 cuando sea necesario, el Comité de remuneración y evaluación podrá invitar a los directores, supervisores y altos directivos de la empresa a asistir a la reunión sin derecho a voto.

Artículo 19 si es necesario, el Comité de remuneración y evaluación podrá contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, y los gastos serán sufragados por la empresa.

Artículo 20 cuando el Comité de remuneración y evaluación se reúna para examinar cuestiones relativas a los miembros del Comité, las Partes se retirarán.

Artículo 21 los procedimientos para la celebración de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación, el método de votación y la política de remuneración y el plan de distribución aprobados en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes, reglamentos, estatutos y estas medidas.

Artículo 22 las actas de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación y las firmas de los miembros presentes en las actas de las reuniones; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión.

Artículo 23 las propuestas y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de remuneración y evaluación se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la empresa.

Artículo 24 todos los miembros presentes en la reunión tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las cuestiones debatidas en la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.

Capítulo VI Disposiciones complementarias

Artículo 25 el presente reglamento de trabajo se aplicará a título experimental a partir de la fecha de aprobación de la resolución del Consejo de Administración.

Artículo 26 las cuestiones no reguladas por las presentes Normas de trabajo se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos promulgados por el Estado en el futuro o con los Estatutos de la sociedad modificados por los procedimientos legales, se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado y se modificarán inmediatamente para su examen y aprobación por el Consejo de Administración.

Artículo 27 el derecho de interpretación de las presentes Normas se atribuirá al Consejo de Administración de la sociedad.

Tech-Bank Food Co.Ltd(002124) 18 de mayo de 2022

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