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Reglamento de la Junta
Abril de 2002
Catálogo
Capítulo I Principios generales Capítulo II notificación de las reuniones de la Junta de Síndicos Capítulo III votación sobre las deliberaciones del Consejo de Administración Capítulo IV Aplicación de las resoluciones de la Junta de Síndicos Capítulo 5 actas de la Junta de Síndicos Capítulo VI mandato del Consejo de Administración Capítulo VII Disposiciones complementarias 6.
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Reglamento de la Junta
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 a fin de normalizar el comportamiento de adopción de decisiones del Consejo de Administración y garantizar su legalización, cientificidad e institucionalización, de conformidad con las leyes y reglamentos administrativos pertinentes, como el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo denominado “el derecho de sociedades”), la Ley de valores de la República Popular China, las normas para la gobernanza de las empresas que cotizan en bolsa, las normas para la cotización de acciones en la bolsa de Shenzhen, etc. Estas normas se formulan de conformidad con las normas de las autoridades reguladoras de valores y las disposiciones pertinentes de los estatutos (en lo sucesivo denominados “los estatutos”).
Artículo 2 la sociedad establecerá un Consejo de Administración de conformidad con la ley, que será responsable de la Junta General de accionistas y ejercerá el poder de adopción de decisiones en el ámbito de las competencias conferidas por el derecho de sociedades, los estatutos y la Junta General de accionistas.
Artículo 3 el sistema de reuniones se aplicará a las deliberaciones del Consejo de Administración. Las reuniones de la Junta se dividen en reuniones periódicas y reuniones provisionales; Las reuniones periódicas se celebrarán dos veces al a ño y las condiciones para la celebración de las reuniones provisionales se ajustarán a lo dispuesto en los estatutos. La reunión no se celebrará hasta que esté presente la mayoría de los directores. Los supervisores, el Director General, el Director General Adjunto, el Secretario del Consejo de Administración y otros altos directivos de la sociedad podrán asistir a las reuniones del Consejo de Administración sin derecho a voto.
Artículo 4 El Presidente de la sociedad será responsable de convocar y presidir las reuniones del Consejo de Administración. Si el Presidente no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los directores elegirán conjuntamente a un director para que desempeñe sus funciones.
Artículo 5 el Secretario del Consejo de Administración de la sociedad será responsable de la Organización y coordinación de las reuniones del Consejo de Administración, incluida la Organización del orden del día de las reuniones, la preparación de los documentos de las reuniones, la celebración de las reuniones de organización, la redacción, el mantenimiento y la divulgación de las Actas de las reuniones, las resoluciones de las reuniones y las actas.
Artículo 6 el Consejo de Administración ejercerá las siguientes funciones y facultades:
Convocar una junta general de accionistas e informar al respecto;
Ii) aplicar las resoluciones de la Junta General de accionistas;
Decidir el plan de Negocios y el plan de inversión de la empresa;
Formular el plan presupuestario financiero anual y el plan contable final de la empresa;
Formular el plan de distribución de beneficios y el plan de recuperación de pérdidas de la empresa;
Formular planes para aumentar o reducir el capital social de la sociedad, emitir bonos u otros valores y cotizar en bolsa; Formular planes para la adquisición o adquisición importantes de acciones de la sociedad o para la fusión, escisión, disolución o modificación de la forma de la sociedad;
Decidir, dentro de los límites de la autorización de la Junta General de accionistas, las cuestiones relativas a la inversión extranjera, la adquisición y venta de activos, la hipoteca de activos, las cuestiones relativas a la garantía externa, la gestión financiera encomendada, las transacciones conexas y las donaciones externas de la empresa;
Decidir el establecimiento de la Organización de gestión interna de la empresa;
Decidir el nombramiento o la destitución del Director General, el Secretario del Consejo de Administración y otros altos directivos de la empresa, as í como las cuestiones relativas a la remuneración y las recompensas y sanciones; Sobre la base del nombramiento del Director General, decide nombrar o destituir al Director General Adjunto, a la persona encargada de las finanzas y al Secretario del Consejo de Administración de la empresa, as í como sobre cuestiones relativas a la remuneración y las recompensas y sanciones; Formular el sistema básico de gestión de la empresa;
Formular un plan de modificación de los estatutos;
Cuestiones relativas a la divulgación de información por la sociedad de gestión;
Proponer a la Junta General de accionistas la contratación o sustitución de una empresa contable como auditada por la empresa;
Escuchar el informe de trabajo del Director General de la empresa e inspeccionar el trabajo del Director General;
Otras funciones y facultades conferidas por las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales o los Estatutos de la sociedad.
Capítulo II notificación de las reuniones de la Junta
Artículo 7 cuando el Consejo de Administración celebre una reunión ordinaria, el Secretario del Consejo de Administración y el personal pertinente notificarán por escrito la reunión a todos los participantes 10 días hábiles antes de la reunión. Las cuestiones especificadas en el anuncio de la reunión se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones de los estatutos.
Artículo 8 cuando el Consejo de Administración convoque una reunión provisional, el Secretario del Consejo de Administración y el personal pertinente notificarán a los participantes dos días antes de la reunión de conformidad con la forma prescrita en los estatutos; Si la situación es urgente y es necesario convocar una reunión provisional del Consejo de Administración lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse por teléfono u otros medios orales, sin perjuicio de los medios y plazos de notificación mencionados anteriormente, siempre que el convocante dé una explicación en la reunión.
Artículo 9 las reuniones del Consejo de Administración estarán a cargo de los propios directores; En caso de que un director no pueda asistir a la reunión por cualquier razón, podrá encomendar por escrito a otros directores que asistan en su nombre. El poder notarial contendrá el nombre del agente, los elementos de la Agencia, el alcance de la autorización y el plazo de validez, y será firmado o sellado por el cliente. Los directores que representen a los directores presentes en la reunión ejercerán los derechos de los directores en el ámbito de su mandato. Si un director no asiste a una reunión del Consejo de Administración ni autoriza a sus representantes a asistir a ella, se considerará que ha renunciado a su derecho de voto en esa reunión. Si no asiste personalmente a la reunión del Consejo de Administración dos veces consecutivas y no encomienda a otros directores que asistan a la reunión del Consejo de Administración, se considerará que no puede desempeñar sus funciones y el Consejo de Administración recomendará su sustitución en la Junta General de accionistas.
Cuando el Director interino asista a la reunión, emitirá un poder notarial y ejercerá sus derechos en el ámbito de la autorización. El poder notarial indicará el nombre del agente, los elementos de la Agencia, la autoridad de la Agencia y el período de validez, y será firmado o sellado por el principal.
Capítulo III votación sobre las deliberaciones del Consejo de Administración
Artículo 10 una resolución del Consejo de Administración estará sujeta a la aprobación de más de la mitad de todos los directores mediante votación, siempre que las cuestiones relativas a la garantía externa y la prestación de asistencia financiera aprobadas por el Consejo de Administración sean examinadas y aprobadas por la mayoría de todos los directores, y que más de dos tercios de los directores presentes en el Consejo de Administración examinen y aprueben la resolución.
Artículo 11 no importa la forma en que se celebre la reunión del Consejo de Administración, los directores presentes en la reunión deberán tener un voto claro de acuerdo, oposición o renuncia a los diversos programas debatidos en la reunión y firmar la resolución de la reunión y el acta del Consejo de Administración. Los directores que participen en las reuniones del Consejo de Administración tendrán un voto sobre las cuestiones debatidas por el Consejo de Administración. Artículo 12 en general, la reunión del Consejo de Administración se celebrará en forma de reunión sobre el terreno y se votará por votación registrada. A condición de que se garantice la plena expresión de las opiniones de los directores, los directores también podrán convocar reuniones por videoconferencia o teleconferencia, votar por fax o correo electrónico, votar por fax o correo electrónico, etc., los directores, en un plazo de dos días a partir de la fecha en que concluya la reunión de la Junta, enviarán el documento escrito original sobre la votación al domicilio de la empresa por correo urgente después de la firma.
Artículo 13 si una resolución del Consejo de Administración viola el derecho de sociedades y otras leyes y reglamentos pertinentes, viola los Estatutos de la sociedad y el presente reglamento interno y causa graves pérdidas económicas a la sociedad, será responsable de indemnizar a los directores que hayan votado a favor de la resolución y hayan firmado la resolución, siempre que se demuestre que se opusieron a ella en el momento de la votación o que formularon objeciones y se registren en el acta, los directores podrán quedar exentos de responsabilidad.
Artículo 14 los supervisores, directores generales adjuntos y otros altos directivos de una sociedad que asistan a las reuniones del Consejo de Administración sin derecho a voto podrán formular plenamente sus propias sugerencias y opiniones sobre las cuestiones examinadas por el Consejo de Administración para su referencia en la adopción de decisiones por los directores, pero sin derecho de voto.
Artículo 15 cuando un director o cualquier otra empresa a la que pertenezca esté directa o indirectamente relacionada con un contrato, transacción o arreglo existente o previsto de la empresa (excepto un contrato de nombramiento), independientemente de que las cuestiones pertinentes requieran o no la aprobación del Consejo de Administración en circunstancias generales, revelará lo antes posible al Consejo de Administración la naturaleza y el alcance de su relación conexa.
Artículo 16 cuando el Consejo de Administración de una sociedad vote sobre una transacción conexa, los directores afiliados no podrán participar en la votación ni ejercer el derecho de voto en nombre de otros directores, pero tendrán derecho a participar en la deliberación y el debate sobre la cuestión y a presentar sus propias opiniones:
Los directores asociados a que se refiere el párrafo anterior incluirán a los siguientes directores o a los directores que:
Contraparte;
Servir en la contraparte o en una person a jurídica u otra organización que pueda controlar directa o indirectamente a la contraparte, o en una persona jurídica u otra organización que pueda controlar directa o indirectamente a la contraparte;
Tener el control directo o indirecto de la contraparte;
Los miembros de la familia estrechamente relacionados de la contraparte o de su controlador directo o indirecto, incluidos el cónyuge, los padres, los padres del cónyuge, los hermanos y hermanas y su cónyuge, los hijos mayores de 18 años y su cónyuge, los hermanos y hermanas del cónyuge y los padres del cónyuge;
Los miembros de la familia estrechamente relacionados de la contraparte o de los directores, supervisores y altos directivos de sus controladores directos o indirectos, incluidos el cónyuge, los padres, los padres del cónyuge, los hermanos y hermanas y su cónyuge, los hijos mayores de 18 años y su cónyuge, los hermanos y hermanas del cónyuge y los padres del cónyuge;
Cualquier persona identificada por la c
La reunión del Consejo de Administración mencionada en el párrafo anterior podrá celebrarse con la asistencia de la mayoría de los directores no afiliados, y las resoluciones adoptadas en la reunión del Consejo de Administración serán aprobadas por la mayoría de los directores no afiliados. Si el número de directores no afiliados presentes en el Consejo de Administración es inferior a tres, el asunto se presentará a la Junta General de accionistas de la sociedad para su examen.
Artículo 17 al convocar una reunión del Consejo de Administración, la sociedad conservará oportunamente las resoluciones del Consejo de Administración una vez concluida la reunión. Capítulo IV Aplicación de las resoluciones de la Junta
Artículo 18 una vez que se haya adoptado una resolución sobre la propuesta del Consejo de Administración, el Director General de la empresa dirigirá y organizará la ejecución y aplicación de cuestiones concretas e informará oportunamente al Consejo de Administración sobre la ejecución.
Artículo 19 el Consejo de Administración supervisará e inspeccionará la aplicación y, en caso de violación de las resoluciones del Consejo de Administración en la aplicación concreta, investigará la responsabilidad individual del ejecutor.
Artículo 20 el Presidente, el Director General o una person a especialmente designada informarán al Consejo de Administración sobre la aplicación y aplicación de las resoluciones anteriores del Consejo de Administración cada vez que se convoque el Consejo de Administración; Los directores tienen derecho a plantear preguntas a los ejecutores pertinentes sobre la aplicación de las resoluciones anteriores de la Junta.
Artículo 21 el Secretario del Consejo de Administración informará periódicamente al Presidente de la Junta sobre la aplicación de las resoluciones del Consejo de Administración y transmitirá fielmente las opiniones del Presidente de la Junta a los directores pertinentes y a los miembros del equipo del Director General de la empresa.
Capítulo V acta de la Junta de Síndicos
Artículo 22 la reunión del Consejo de Administración designará a una persona especial para que celebre un acta de la reunión, que incluirá lo siguiente:
La fecha, el lugar y el nombre del convocante de la reunión;
Ii) los nombres de los directores que asistan a las reuniones del Consejo de Administración y los nombres de los directores y sus agentes que confíen a otros que asistan a las reuniones del Consejo de Administración;
Iii) Programa del período de sesiones;
Iv) los puntos principales de las declaraciones de los directores; (las propuestas examinadas en la reunión, los puntos principales y las principales observaciones de cada director sobre las cuestiones pertinentes y la intención de votar sobre las propuestas;)
V) la forma y el resultado de la votación sobre cada asunto (el resultado de la votación incluirá el número de votos a favor, en contra o abstenciones);
Otros asuntos que los directores participantes consideren que deben registrarse.
Artículo 23 para las resoluciones de los directores, los directores presentes en la reunión (incluidos los representantes autorizados de los directores no presentes) y el Secretario o registrador de la Junta deberán firmar el acta de la reunión. El acta de la reunión del Consejo de Administración no podrá modificarse y, en caso de que sea necesario corregir un error de acta, la persona que emita el dictamen y el acta lo corregirán y firmarán.
Artículo 24 el Consejo de Administración de la sociedad formará un acta de la reunión sobre la situación de la reunión, que será mantenida y mantenida por el Secretario del Consejo de Administración o por una person a especial designada por el Secretario del Consejo de Administración durante un período no inferior a diez a ños.
Capítulo VI delegación de autoridad por el Consejo de Administración
Artículo 25 durante el período entre períodos de sesiones del Consejo de Administración de la sociedad, el Presidente ejercerá las funciones y facultades correspondientes que le asigne el Consejo de Administración de conformidad con las disposiciones de los Estatutos de la sociedad.
Artículo 26 durante el período entre períodos de sesiones del Consejo de Administración de la sociedad, el Director General ejercerá las funciones y facultades correspondientes del Director General de conformidad con las disposiciones de los Estatutos de la sociedad.
Capítulo VII Disposiciones complementarias
Artículo 27 el presente reglamento se adjuntará a los Estatutos de la sociedad.
Artículo 28 las palabras “anteriores” a que se hace referencia en el presente reglamento incluyen este número, mientras que las palabras “anteriores” no incluyen este número. Artículo 29 en caso de que no existan disposiciones en el presente reglamento o de que las disposiciones del presente reglamento sean incompatibles con las disposiciones de las leyes y reglamentos, los documentos normativos y los Estatutos de la sociedad, prevalecerán las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos, los documentos normativos y los Estatutos de la sociedad. El Consejo de Administración de la empresa será responsable de la formulación, interpretación y revisión de estas normas. Estas normas entrarán en vigor el día de su aprobación por la Junta General de accionistas.
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