Reglamento de la Junta de supervisores (revisado en abril de 2022)

Guangdong Enpack Packaging Co.Ltd(002846)

Guangdong empaquetado Co., Ltd.

Reglamento de la Junta de supervisores

Shantou, Guangdong

Abril de 2002

Catálogo

Capítulo I Principios generales Capítulo II Composición y funciones de la Junta de supervisores Capítulo III convocación y notificación de las reuniones de la Junta de supervisores Capítulo IV convocación y votación de la Junta de supervisores Capítulo 5 acta de la Junta de supervisores Capítulo VI Aplicación de la resolución 9 modificación de las normas del Capítulo VII Capítulo VIII Disposiciones complementarias 10.

Guangdong Enpack Packaging Co.Ltd(002846)

Reglamento de la Junta de supervisores

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de normalizar los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores de Guangdong Enpack Packaging Co.Ltd(002846) (en lo sucesivo denominada “la sociedad” o “la sociedad”), promover el desempeño eficaz de las funciones de supervisión de la Junta de supervisores y la Junta de supervisores y mejorar La estructura de Gobierno de las personas jurídicas de las empresas, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo denominado “el derecho de sociedades”), la Ley de valores de la República Popular China (en lo sucesivo denominada “la Ley de valores”), Las normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa (revisadas en 2018), las normas de cotización en bolsa de Shenzhen (revisadas en 2022), las directrices de autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa de Shenzhen No. 1 – funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en bolsa de la Junta Principal y otras leyes, reglamentos, normas y documentos normativos pertinentes, as í como los Estatutos de Guangdong Enpack Packaging Co.Ltd(002846) (en adelante denominados “los estatutos”), y otras disposiciones Establece el presente reglamento.

Artículo 2 la Junta de supervisores se establecerá de conformidad con el derecho de sociedades y los Estatutos de la sociedad, ejercerá el poder de supervisión de los directores y altos directivos de la sociedad y garantizará la inviolabilidad de los intereses de los accionistas, los intereses de la sociedad y los intereses de los empleados.

Artículo 3 los supervisores cumplirán las leyes, reglamentos y estatutos y desempeñarán fielmente sus funciones de supervisión.

Las actividades de los supervisores que ejerzan su autoridad de supervisión de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos, estatutos y estas normas estarán protegidas por la ley y ninguna unidad o persona podrá interferir en ellas.

Capítulo II Composición y funciones de la Junta de supervisores

Artículo 4 la sociedad establecerá una Junta de supervisores de conformidad con la ley.

La Junta de supervisores es el órgano de supervisión establecido de conformidad con la ley por la sociedad y es responsable de la Junta General de accionistas e informa al respecto.

Artículo 5 la Junta de supervisores estará integrada por tres supervisores, uno de los cuales representará a los empleados.

La Junta de supervisores tendrá un Presidente. El Presidente de la Junta de supervisores será elegido por la mayoría de todos los supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores convocará y presidirá las reuniones de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para convocar y presidir la reunión de la Junta de supervisores.

Los supervisores serán representantes de los accionistas y de los trabajadores de la empresa. Los representantes de los trabajadores de la empresa no actuarán como supervisores inferiores a un tercio del número de supervisores.

Los representantes de los trabajadores y los supervisores de la Junta de supervisores serán elegidos democráticamente por el Congreso de los trabajadores y los trabajadores de la empresa, el Congreso de los trabajadores y los trabajadores u otras formas.

El artículo 111 de los Estatutos de la sociedad se refiere a las circunstancias en que no puede actuar como Director y se aplica también a los supervisores. Los directores, gerentes y otros altos directivos no podrán actuar simultáneamente como supervisores.

Artículo 6 la Junta de supervisores ejercerá las siguientes funciones y facultades:

Los informes periódicos de la empresa preparados por el Consejo de Administración se examinarán y presentarán observaciones por escrito; Ii) examinar las finanzas de la empresa;

Supervisar los actos de los directores y altos directivos en el desempeño de sus funciones en la sociedad y proponer la destitución de los directores y altos directivos que infrinjan las leyes, los reglamentos administrativos, los Estatutos de la sociedad o las resoluciones de la Junta General de accionistas; Cuando el comportamiento de los directores y altos directivos perjudique los intereses de la empresa, se exigirá su corrección. Cuando la Junta de supervisores descubra que un director o un directivo superior ha violado las leyes y reglamentos, las normas pertinentes de la bolsa de Shenzhen o los Estatutos de la sociedad, lo notificará al Consejo de Administración o informará a la Junta General de accionistas, lo revelará oportunamente y podrá informar directamente a la autoridad supervisora;

Tener derecho a conocer las cuestiones que entren en el ámbito de competencia de la Junta de supervisores de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos y los Estatutos de la sociedad;

Proponer la convocación de una junta general provisional de accionistas y convocar y presidir la Junta General de accionistas en caso de que el Consejo de Administración no cumpla las funciones de convocar y presidir la Junta General de accionistas establecidas en el derecho de sociedades;

Presentar propuestas a la Junta General de accionistas;

Viii) asistir a las reuniones de la Junta sin derecho a voto;

Presentar una demanda contra los directores y los altos directivos de conformidad con el artículo 151 de la Ley de sociedades;

Se puede realizar una investigación si se descubre que la situación de funcionamiento de la empresa es anormal; Cuando sea necesario, podrá contratar a una empresa contable o a un bufete de abogados u otras instituciones profesionales para que presten asistencia en su labor, a expensas de la empresa;

Otras funciones y facultades previstas en las leyes, reglamentos, normas, documentos normativos y estatutos de la sociedad o conferidas por la Junta General de accionistas.

Cuando lo considere necesario, la Junta de supervisores también podrá emitir dictámenes sobre las propuestas examinadas por la Junta General de accionistas y presentar un informe independiente.

Artículo 7 la Junta de supervisores podrá proponer la convocación de una reunión provisional del Consejo de Administración y podrá formular preguntas o sugerencias sobre las resoluciones del Consejo de Administración.

Cuando la Junta de supervisores considere que la resolución del Consejo de Administración viola las leyes, reglamentos, estatutos o perjudica los intereses de los empleados, podrá adoptar una resolución y recomendar al Consejo de Administración que reconsidere la resolución. En caso de que el Consejo de Administración no adopte o mantenga la resolución original tras la reconsideración, la Junta de supervisores informará a los accionistas hasta que se proponga convocar una junta general provisional de accionistas.

Artículo 8 la Junta de supervisores podrá designar a un supervisor para que se ocupe de los asuntos cotidianos de la Junta de supervisores.

Capítulo III convocación y notificación de las reuniones de la Junta de supervisores

Artículo 9 las reuniones de la Junta de supervisores se dividen en reuniones periódicas y reuniones temporales. Las reuniones periódicas se celebran cada seis meses. Las notificaciones de las reuniones periódicas y temporales de la Junta de supervisores se notificarán por escrito a todos los supervisores 10 y 5 días antes de la reunión, respectivamente.

Artículo 10 en cualquiera de las siguientes circunstancias, la Junta de supervisores convocará una reunión provisional en un plazo de diez días:

Cuando se convoque una propuesta de cualquier supervisor;

Cuando la Junta General de accionistas y la Junta de directores hayan aprobado resoluciones que violen diversas disposiciones y requisitos de las leyes, reglamentos y normas, los Estatutos de la sociedad, las resoluciones de la Junta General de accionistas y otras disposiciones pertinentes;

Iii) Cuando las faltas de conducta de los directores y altos directivos puedan causar graves daños a la empresa o afectar negativamente al mercado;

Cuando la sociedad, los directores, los supervisores y los altos directivos sean demandados por los accionistas;

Otras circunstancias previstas en las leyes, reglamentos, normas, documentos normativos y los Estatutos de la sociedad.

Artículo 11 antes de dar aviso de la convocación de una reunión ordinaria de la Junta de supervisores, los supervisores que se ocupen de los asuntos cotidianos solicitarán a todos los supervisores propuestas para la reunión y tomarán al menos dos días para consultar a todos los empleados de la empresa. Al solicitar propuestas y opiniones, debe aclararse que la Junta de supervisores se centra en la supervisión del funcionamiento normal de la empresa y el comportamiento de los directores y altos directivos en lugar de en la adopción de decisiones sobre la gestión de la empresa.

Artículo 12 cuando un supervisor proponga convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores, presentará directamente una propuesta por escrito al Presidente de la Junta de supervisores. Las propuestas escritas incluirán lo siguiente:

Nombre del supervisor propuesto;

Ii) los motivos de la propuesta o las razones objetivas en que se basa;

Proponer la fecha, el calendario, el lugar y las modalidades de la reunión;

Iv) propuestas claras y concretas;

Los datos de contacto y la fecha propuesta del supervisor propuesto, etc.

En un plazo de tres días a partir de la recepción de la propuesta escrita del supervisor por el Presidente de la Junta de supervisores, se notificará la convocación de una reunión provisional de la Junta de supervisores.

Artículo 13 las reuniones de la Junta de supervisores serán convocadas y presididas por el Presidente de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para que lo convoque y presida.

Artículo 14 cuando se celebren reuniones periódicas y reuniones temporales de la Junta de supervisores, los supervisores que se ocupen de los asuntos cotidianos notificarán por escrito las reuniones a todos los supervisores con 10 y 5 días de antelación, respectivamente, mediante notificación directa, fax, correo electrónico u otros medios. En caso de notificación no directa, la confirmación se efectuará por teléfono y se registrará en consecuencia.

Si la situación es urgente y es necesario convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento oralmente o por teléfono, pero el convocante dará una explicación en la reunión.

Artículo 15 la notificación escrita de la reunión de la Junta de supervisores incluirá, como mínimo, lo siguiente:

Hora y lugar de la reunión;

Ii) Cuestiones que deben examinarse (propuestas de la Conferencia);

Iii) El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;

Iv) los materiales de reunión necesarios para la votación de los supervisores;

La solicitud de que el supervisor asista personalmente a la reunión;

Contactos e información de contacto.

La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los puntos i) y ii) supra, as í como la explicación de la necesidad urgente de convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible.

Artículo 16 cuando una sociedad convoque una reunión de la Junta de supervisores, la Junta de supervisores notificará por adelantado a todos los supervisores en el plazo especificado en el presente capítulo y proporcionará información suficiente.

Capítulo IV convocación y votación de la Junta de supervisores

Artículo 17 las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán in situ.

En caso de emergencia, la reunión de la Junta de supervisores podrá votar por medios de comunicación, pero el convocante de la Junta de supervisores (Presidente de la reunión) explicará a los supervisores participantes las emergencias específicas. En el momento de la votación de la comunicación, el supervisor transmitirá al Presidente de la Junta de supervisores sus opiniones escritas y su intención de votar sobre las cuestiones que deban examinarse tras la confirmación de la firma. Los supervisores no sólo deben expresar sus opiniones de voto, sino también sus opiniones por escrito o sus razones de voto.

Artículo 18 las reuniones de la Junta de supervisores sólo podrán celebrarse si la mayoría de todos los supervisores están presentes. El Secretario del Consejo de Administración y el representante de valores asistirán a las reuniones del Consejo de supervisión sin derecho a voto.

Artículo 19 si un supervisor no puede asistir personalmente a las reuniones de la Junta de supervisores dos veces consecutivas, se considerará que no puede desempeñar sus funciones y que la Junta General de accionistas o la Junta General de representantes de los empleados (la Junta General de empleados) serán sustituidas.

Artículo 20 los Presidentes de las reuniones presentarán a los supervisores participantes, uno por uno, sus opiniones definitivas sobre las diversas propuestas. El Presidente de la reunión, a propuesta del supervisor, pedirá a los directores, al personal directivo superior, a otros empleados de la empresa o al personal comercial de los organismos intermediarios pertinentes que asistan a la reunión para ser interrogados.

Artículo 21 los supervisores tendrán derecho a presentar propuestas de la Junta de supervisores, pero su inclusión en el orden del día de la Junta de supervisores será determinada por el Presidente de la Junta de supervisores. Si la propuesta presentada por el supervisor no figura en el orden del día de la Junta de supervisores, se explicará al supervisor de la propuesta. Si el supervisor de la propuesta sigue insistiendo en que se incluya en el orden del día, la Junta de supervisores adoptará una decisión mediante votación.

Las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán de conformidad con el orden del día establecido en la notificación escrita de la convocatoria; Las cuestiones que no figuran en el programa pueden debatirse, pero no pueden resolverse.

Artículo 22 la Junta de supervisores votará punto por punto sobre todas las propuestas incluidas en el orden del día y no las suspenderá ni votará por ninguna razón. Si hay diferentes propuestas sobre el mismo asunto, se votará en el orden cronológico en que se presenten las propuestas y se adoptará una resolución sobre el mismo asunto.

Artículo 23 la votación en las reuniones de la Junta de supervisores se efectuará por votación registrada y por escrito, con un voto de una person a. La intención de voto de los supervisores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los supervisores participantes elegirán uno de los objetivos antes mencionados, si no hacen una elección o eligen más de dos objetivos al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los supervisores que elijan de nuevo, y si se niegan a hacerlo, se considerará que se abstienen; Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión.

La resolución sobre la formación de la Junta de supervisores estará sujeta al consentimiento de la mayoría de todos los supervisores.

La Junta de supervisores examinará los documentos de emisión de valores y los informes periódicos preparados por el Consejo de Administración y formulará observaciones por escrito. El supervisor firmará un dictamen de confirmación por escrito, y el supervisor de la empresa garantizará que la empresa revele la información de manera oportuna y justa y que la información divulgada sea verdadera, exacta y completa. Si el supervisor de la empresa no puede garantizar la autenticidad, exactitud, exhaustividad o desacuerdo de los documentos de emisión de valores y del contenido del informe periódico, emitirá sus opiniones y expondrá las razones en sus dictámenes confirmatorios escritos, y la empresa las revelará. Si la empresa no divulga la información, el supervisor podrá solicitar directamente la divulgación. Artículo 24 la Junta de supervisores votará rellenando los votos de votación, y el convocante de la Junta de supervisores se encargará de organizar la preparación de los votos de votación de la Junta de supervisores. Los votos incluirán, como mínimo, lo siguiente:

El período de sesiones, la hora y el lugar de celebración de la Junta de supervisores;

Ii) nombre del supervisor;

Iii) Cuestiones que requieren examen y votación;

Instrucciones sobre la forma de votar a favor, en contra y abstención;

Otras cuestiones que deben registrarse.

Antes de la votación, el supervisor responsable de los asuntos cotidianos de la Junta de supervisores distribuirá los votos a los supervisores presentes en la reunión y los recuperará una vez concluida la votación.

Artículo 25 El Presidente de la Junta de supervisores será responsable del examen de los votos emitidos por la Junta de supervisores; El Presidente de la reunión decidirá si la resolución de la Junta de supervisores se aprueba o no sobre la base del resultado de la votación y anunciará el resultado de la votación en la reunión. El resultado de la votación sobre la resolución figura en el acta.

Artículo 26 si un supervisor presente en una reunión tiene alguna objeción al resultado de la votación de la reunión, tendrá derecho a solicitar la verificación de los votos inmediatamente después de que el Presidente de la reunión haya anunciado el resultado de la votación, y el Presidente de la reunión verificará los votos a tiempo.

Capítulo V acta de la Junta de supervisores

Artículo 27 las reuniones de la Junta de supervisores podrán grabarse en voz alta.

Artículo 28 el supervisor encargado de las tareas cotidianas llevará un registro de las reuniones sobre el terreno. El acta incluirá lo siguiente:

Tiempo, lugar y modalidades de celebración de los períodos de sesiones;

Ii) la notificación de la reunión;

Iii) convocador y moderador de la reunión;

Iv) Asistencia a la Conferencia;

V) Una descripción del procedimiento y la convocación de la Conferencia;

Las propuestas examinadas en la reunión, los puntos principales y las principales opiniones de cada supervisor sobre las cuestiones pertinentes y la intención de votar sobre las propuestas;

Vii) el método de votación y el resultado de la votación de cada propuesta (especifíquese el número de votos afirmativos, negativos y abstenciones); Otros asuntos que los supervisores participantes consideren que deben registrarse.

En el caso de las reuniones de la Junta de supervisores convocadas por medios de comunicación, el supervisor encargado de los asuntos cotidianos de la Junta de supervisores se referirá a las disposiciones anteriores y ordenará las actas de las reuniones.

Artículo 29 los supervisores participantes firmarán y confirmarán las actas de las reuniones, las actas de las reuniones y las resoluciones. Si el supervisor no está de acuerdo con el acta de la reunión, el acta de la reunión o el acta de la resolución, podrá hacer una declaración por escrito en el momento de la firma.

Se considerará que el supervisor está plenamente de acuerdo con el contenido del acta de la reunión, el acta de la reunión y el acta de la resolución si no firma de conformidad con las disposiciones del párrafo anterior.

Artículo 30 los supervisores serán responsables de las resoluciones de la Junta de supervisores. Si la resolución de la Junta de supervisores viola las leyes, los reglamentos administrativos o los Estatutos de la sociedad y causa graves pérdidas a la sociedad, los supervisores que participen en la resolución serán responsables de la indemnización de la sociedad; Sin embargo, cuando se demuestre que el supervisor está votando

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