Sistema de gestión de la divulgación de información

Shanxi Panlong Pharmaceutical Group Limited By Share Ltd(002864)

Sistema de gestión de la divulgación de información

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 con el fin de promover el funcionamiento normal de Shanxi Panlong Pharmaceutical Group Limited By Share Ltd(002864) (en lo sucesivo denominada “la empresa”), normalizar la divulgación de información, garantizar la autenticidad, exactitud, exhaustividad, puntualidad y equidad del contenido de la divulgación de información de la empresa y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de la empresa y los inversores, de conformidad con la Ley de justicia pública de la República Popular China, la Ley de valores de la República Popular China (en lo sucesivo denominada “la Ley de valores”), las medidas administrativas para la divulgación de información de las empresas que cotizan en bolsa, El presente sistema se formula de conformidad con las normas de cotización de las acciones de la bolsa de Shenzhen, los Estatutos de Shanxi Panlong Pharmaceutical Group Limited By Share Ltd(002864) (en lo sucesivo denominados “los estatutos”) y otras leyes y reglamentos pertinentes, as í como con la situación real de la empresa.

Artículo 2 “información” a que se refiere el presente sistema se refiere a toda la información que pueda tener un efecto significativo en el precio de las acciones de la sociedad y sus derivados, as í como a la información requerida por las autoridades reguladoras de valores para su divulgación; El término “divulgación” a que se refiere el presente sistema se refiere a la información publicada por la empresa y sus obligaciones de divulgación de información pertinentes en el sitio web de la bolsa de valores y en los medios de comunicación que cumplan las condiciones establecidas por la c

A los efectos del presente sistema, por “deudor de la divulgación de información” se entenderá una entidad intermediaria y su personal conexo que preste servicios a las entidades mencionadas, con excepción de la sociedad y sus directores, supervisores, personal directivo superior, accionistas o tenedores de recibos de depósito, controladores reales, adquirentes y otros sujetos de cambio de derechos e intereses, as í como a las partes interesadas en la reorganización de activos importantes, la refinanciación, las transacciones importantes y los asuntos de quiebra, y a las entidades mencionadas, as í como a la divulgación de información, la suspensión de la negociación, etc., según lo dispuesto en las leyes y reglamentos. Otros sujetos que asumen obligaciones relacionadas con la reanudación de la lista o la retirada de la lista.

El deudor de la divulgación de información pertinente se refiere al sujeto que asume la obligación de divulgación de información, excepto la empresa, como se indica en el párrafo anterior. Las cuestiones importantes se refieren a las cuestiones en las que el deudor de la divulgación de información pertinente cumplirá sus obligaciones de divulgación de información de conformidad con las disposiciones pertinentes, cooperará activamente con la empresa en la divulgación de información e informará oportunamente a la empresa de los acontecimientos ocurridos o previstos que puedan tener un gran impacto en el precio de las acciones de la empresa y sus derivados.

Artículo 3 la sociedad cumplirá la obligación de divulgación de información en caso de que los acontecimientos importantes que se produzcan en la filial de control de la sociedad puedan tener un gran impacto en el precio de las acciones de la sociedad y sus derivados.

En caso de que una sociedad que participe en acciones tenga un acontecimiento que pueda tener un gran impacto en el precio de transacción de los valores de la sociedad y sus derivados, la sociedad cumplirá la obligación de divulgación de información.

Artículo 4 el sistema de gestión de la divulgación de información se aplicará a las siguientes personas e instituciones:

Secretario del Consejo de Administración de la empresa y Departamento de gestión de la divulgación de información;

Ii) los directores y el Consejo de Administración de la empresa;

Los supervisores y la Junta de supervisores de la empresa;

Iv) personal directivo superior de la empresa;

Las personas a cargo de todos los departamentos de la Sede de la empresa, as í como de todas las sucursales y filiales (en lo sucesivo denominadas “todas las unidades”);

Los accionistas controladores de la sociedad, los accionistas que posean más del 5% de las acciones y los controladores reales;

Otros miembros del personal y departamentos de la empresa responsables de la divulgación de información.

Capítulo II Principios básicos y disposiciones generales para la divulgación de información

Artículo 5 la sociedad y los deudores de divulgación de información pertinentes revelarán la información de manera oportuna y equitativa de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales y los documentos normativos, y garantizarán que la información divulgada sea verdadera, exacta, completa, concisa, clara y fácil de entender, y No habrá registros falsos, declaraciones engañosas ni omisiones importantes. La información divulgada por el deudor de la divulgación de información se revelará a todos los inversores al mismo tiempo y no se revelará a ninguna unidad o persona por adelantado. Sin embargo, salvo disposición en contrario de las leyes y reglamentos administrativos.

Artículo 6 salvo en el caso de la información que deba revelarse de conformidad con la ley, el obligado a divulgar información podrá divulgar voluntariamente la información relativa a los juicios de valor y las decisiones de los inversores, pero no podrá entrar en conflicto con la información divulgada de conformidad con la ley ni inducir a error a los inversores.

La información divulgada voluntariamente por el deudor de la divulgación de información será verdadera, exacta y completa. La divulgación voluntaria de información se ajustará al principio de equidad, mantendrá la continuidad y la coherencia de la divulgación de información y no podrá divulgarse selectivamente.

Los deudores de divulgación de información no utilizarán la información divulgada voluntariamente para influir indebidamente en el precio de los valores y derivados de la empresa, ni utilizarán la divulgación voluntaria de información para cometer actos ilegales como la manipulación del mercado.

Artículo 7 los directores, supervisores y altos directivos de la sociedad y de la sociedad velarán por que el contenido de la divulgación de información sea verdadero, exacto, completo, oportuno y justo, y por que no haya registros falsos, declaraciones engañosas u omisiones importantes. Si un Director, supervisor o directivo superior de la sociedad no puede garantizar la veracidad, exactitud y exhaustividad del contenido del anuncio, hará la declaración correspondiente en el anuncio y expondrá las razones.

Artículo 8 antes de la divulgación de la información, la sociedad y sus directores, supervisores, personal directivo superior, deudores pertinentes de divulgación de información y otras personas informadas controlarán al mínimo a las personas informadas de la información, no revelarán información privilegiada de la sociedad, no realizarán operaciones con información privilegiada ni cooperarán con otras personas para manipular Los precios de las acciones de la sociedad y sus derivados. Artículo 9 la divulgación de información de la sociedad incluirá informes periódicos, informes provisionales e información relativa a las principales decisiones empresariales de la sociedad u otra información que deba publicarse.

Artículo 10 la sociedad y otros deudores de divulgación de información publicarán la información de conformidad con la ley en el sitio web de la bolsa de valores y en los medios de comunicación que cumplan las condiciones prescritas por la c

El texto completo de los documentos de divulgación de información se revelará en el sitio web de la bolsa de valores y en los sitios web establecidos de conformidad con la ley por los periódicos y revistas que cumplan las condiciones prescritas por la c

El deudor de la divulgación de información no podrá sustituir las obligaciones de presentación de informes y anuncio público que deban cumplirse en ninguna forma, como la publicación de noticias o la respuesta a las preguntas de los periodistas, ni podrá sustituir las obligaciones de presentación de informes provisionales que deban cumplirse en forma de informes periódicos.

Artículo 11 la sociedad revelará oportunamente, mutatis mutandis, los hechos ocurridos o relacionados con la sociedad que no cumplan las normas de divulgación prescritas en el presente sistema, o que no existan disposiciones específicas en el presente sistema, siempre que la bolsa de valores o el Consejo de Administración de la sociedad consideren que esos hechos pueden tener un gran impacto en el precio de las acciones de la sociedad y sus derivados. Artículo 12 la sociedad y los deudores de divulgación de información pertinentes prestarán atención a los informes de los medios de comunicación públicos (incluidos los principales sitios web) sobre la sociedad, as í como a la situación comercial de las acciones de la sociedad y sus derivados, informarán oportunamente a las partes interesadas de la situación real, responderán fielmente a las preguntas formuladas por la bolsa de valores sobre las cuestiones mencionadas en el plazo prescrito y harán oportunamente un anuncio público sobre la situación pertinente de conformidad con las disposiciones del presente sistema y los requisitos de la bolsa de valores.

Artículo 13 al divulgar la información, la sociedad utilizará un lenguaje descriptivo fáctico para explicar la situación real de los acontecimientos de manera concisa y fácil de entender, y los documentos de divulgación de información no contendrán palabras y frases de carácter propagandístico, publicitario, halagador o difamatorio.

Artículo 14 los documentos de divulgación de información se redactarán en chino. Cuando se adopten textos en idiomas extranjeros, el obligado a revelar información garantizará la coherencia entre los dos textos. En caso de ambigüedad entre los dos textos, prevalecerá el texto chino. Capítulo III formulación, aplicación y supervisión del sistema de divulgación de información

Artículo 15 el Consejo de Administración de la sociedad será responsable del establecimiento y la aplicación del sistema de gestión de la divulgación de información, que garantizará la aplicación efectiva del sistema, la puntualidad y equidad de la divulgación de información pertinente de la sociedad y la veracidad, exactitud, exhaustividad y puntualidad del contenido de la divulgación de información.

Artículo 16 El Presidente de la sociedad será la primera persona responsable de la divulgación de información de la sociedad y el Secretario del Consejo de Administración será la principal persona responsable de la divulgación de información y será responsable de la gestión de la divulgación de información.

Artículo 17 la Oficina del Secretario es el Departamento de gestión de la divulgación de información de la empresa y es responsable de la divulgación de información de la empresa.

Artículo 18 el Consejo de Administración de la sociedad llevará a cabo periódicamente una autoevaluación de la aplicación del sistema de gestión de la divulgación de información de las empresas que cotizan en bolsa, corregirá oportunamente los problemas encontrados y revelará la aplicación del sistema de gestión de la divulgación de información de las empresas que cotizan en bolsa en el informe anual del Consejo de Administración.

Artículo 19 el director independiente y la Junta de supervisores de la sociedad serán responsables de la supervisión del sistema de gestión de los asuntos de divulgación de información, y el director independiente y la Junta de supervisores llevarán a cabo inspecciones periódicas de la aplicación del sistema de gestión de los asuntos de divulgación de información de las sociedades cotizadas, presentarán oportunamente propuestas de tratamiento y supervisarán e instarán al Consejo de Administración de la sociedad a que corrija las deficiencias importantes y, de ser necesario, pedirán al Consejo de Administración que revise el sistema. Si el Consejo de Administración no corrige, la Junta de supervisores podrá informar a la bolsa de valores. El director independiente y la Junta de supervisores revelarán la inspección del sistema de gestión de la divulgación de información de las empresas que cotizan en bolsa en el informe anual del director independiente y en el informe anual de la Junta de supervisores.

Capítulo IV contenido y normas de divulgación de información

Sección I Informes periódicos

Artículo 20 el informe periódico que la sociedad revelará incluirá el informe anual, el informe provisional y otros documentos que las autoridades reguladoras exijan que se revelen periódicamente. Toda la información que tenga un impacto significativo en la decisión de inversión de los inversores debe revelarse.

Los informes financieros y contables que figuran en los informes anuales serán auditados por una empresa contable que posea las calificaciones comerciales pertinentes en materia de valores y futuros.

En caso de que la empresa utilice los fondos recaudados en el año en curso, contratará a una empresa contable para que lleve a cabo una auditoría especial del uso de los fondos recaudados, incluidos los proyectos de inversión reales, la cantidad de inversión real, el tiempo de inversión real y el grado de terminación, y revelará la situación de la auditoría especial en el informe anual.

El informe anual se preparará y revelará en un plazo de cuatro meses a partir de la fecha de finalización de cada ejercicio contable y en un plazo de dos meses a partir de la fecha de finalización del primer semestre de cada ejercicio contable.

En caso de que la sociedad no pueda revelar el informe periódico en el plazo prescrito, lo notificará oportunamente a la bolsa de valores y anunciará las razones, soluciones y plazos para la divulgación tardía.

Artículo 21 en el informe anual se registrará lo siguiente:

Información básica de la empresa;

Principales datos contables e indicadores financieros;

Iii) la emisión y el cambio de acciones y bonos de la sociedad, el importe total de las acciones y bonos y el número total de accionistas al final del período sobre el que se informa y las participaciones de los diez principales accionistas de la sociedad;

Más del 5% de los accionistas, los accionistas controladores y los controladores reales;

V) el nombramiento de directores, supervisores y altos directivos, los cambios en las tenencias de acciones y la remuneración anual;

Informe del Consejo de Administración;

Vii) debate y análisis de la administración;

Viii) Acontecimientos importantes durante el período que abarca el informe y sus efectos en la empresa;

Texto completo del informe financiero y contable y del informe de auditoría;

En el caso de los bonos convertibles emitidos por una sociedad, es necesario añadir la siguiente información:

1. El precio de conversión de las acciones se ajustará en cada ocasión, y el último precio de conversión de las acciones se ajustará;

2. Conversión acumulativa de bonos convertibles en acciones después de su emisión;

3. Lista y tenencia de los diez principales tenedores de bonos convertibles;

4. Cambios importantes en la rentabilidad, la situación de los bienes y la situación crediticia del garante;

5. La situación de la deuda de la empresa, los cambios en el crédito y los arreglos de efectivo para el reembolso de la deuda en los próximos años;

6. Otros contenidos prescritos por la c

Otras cuestiones prescritas por la c

Artículo 22 en el informe provisional se registrará lo siguiente:

Información básica de la empresa;

Principales datos contables e indicadores financieros;

Iii) la emisión y el cambio de acciones y bonos de la sociedad, el número total de accionistas, la participación de los diez principales accionistas de la sociedad y el cambio de los accionistas controladores y los controladores reales;

Iv) debate y análisis de la administración;

V) litigios importantes, arbitraje y otros acontecimientos importantes durante el período que abarca el informe y sus efectos en la empresa;

Informes financieros y contables;

En el caso de los bonos convertibles emitidos por una sociedad, la divulgación adicional será necesaria para:

1. El precio de conversión de las acciones se ajustará en cada ocasión, y el último precio de conversión de las acciones se ajustará;

2. Conversión acumulativa de bonos convertibles en acciones después de su emisión;

3. Lista y tenencia de los diez principales tenedores de bonos convertibles;

4. Cambios importantes en la rentabilidad, la situación de los bienes y la situación crediticia del garante;

5. La situación de la deuda de la empresa, los cambios en el crédito y los arreglos de efectivo para el reembolso de la deuda en los próximos años;

6. Otros contenidos prescritos por la c

Otras cuestiones prescritas por la c

Artículo 23 el contenido del informe periódico será examinado y aprobado por el Consejo de Administración de la sociedad. No se revelarán los informes periódicos que no hayan sido examinados y aprobados por la Junta. El Director y el personal directivo superior de la sociedad firmarán un dictamen de confirmación por escrito sobre el informe periódico, en el que se indicará si el procedimiento de preparación y examen del Consejo de Administración se ajusta a las leyes, reglamentos administrativos y disposiciones de la c

La Junta de supervisores examinará los informes periódicos preparados por el Consejo de Administración y formulará observaciones por escrito. El supervisor firmará un dictamen de confirmación por escrito. En las observaciones escritas de la Junta de supervisores sobre el examen de los informes periódicos se indicará si los procedimientos de preparación y examen del Consejo de Administración se ajustan a las leyes, los reglamentos administrativos y las disposiciones de la c

Si un director o supervisor no puede garantizar la veracidad, exactitud, exhaustividad del contenido del informe periódico o tiene objeciones, votará en contra o se abstendrá en el examen y la verificación del informe periódico por el Consejo de Administración o el Consejo de supervisión.

Si un Director, supervisor o directivo superior no puede garantizar la autenticidad, exactitud, exhaustividad o desacuerdo del contenido del informe periódico, emitirá sus opiniones y expondrá las razones en sus opiniones confirmatorias por escrito, y la empresa las revelará. Si la empresa no divulga la información, los directores, supervisores y altos directivos podrán solicitar directamente la divulgación.

Artículo 24 al expresar sus opiniones de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, los directores, supervisores y altos directivos se guiarán por el principio de prudencia, y su responsabilidad de garantizar la veracidad, exactitud e integridad del contenido de los informes periódicos no sólo quedará exenta naturalmente de las opiniones expresadas. En caso de que la empresa prevea pérdidas o cambios sustanciales en los resultados de las operaciones, llevará a cabo oportunamente una previsión de los resultados.

Artículo 25 la sociedad revelará oportunamente los datos financieros pertinentes del período de que se informa si se divulgan los resultados antes de la divulgación del informe periódico, o si se producen rumores sobre los resultados y se producen fluctuaciones anormales en las transacciones de acciones y derivados de la sociedad. Artículo 26 si el informe financiero y contable que figura en el informe periódico se publica con un informe de auditoría no estándar, el Consejo de Administración de la sociedad hará una declaración especial sobre las cuestiones relacionadas con la opinión de auditoría.

Artículo 27 al examinar el informe anual, el Consejo de Administración de la sociedad elaborará un informe de autoevaluación del control interno.

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