Reglamento de aplicación del Comité de nombramientos del Consejo de Administración
Shanxi Panlong Pharmaceutical Group Limited By Share Ltd(002864)
Normas de desarrollo del Comité de nombramientos del Consejo de Administración
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de normalizar la formación de los dirigentes de la sociedad, optimizar la composición del Consejo de Administración y mejorar la estructura de Gobierno de la sociedad, la sociedad establecerá un Comité de nombramientos del Consejo de Administración de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho de sociedades de la República Popular China y los Estatutos de Shanxi Panlong Pharmaceutical Group Limited By Share Ltd(002864) \ (en adelante denominados “los
Artículo 2 El Comité de nombramientos del Consejo de Administración es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con las resoluciones de la Junta General de accionistas, que se encarga principalmente de la selección y presentación de propuestas sobre la elección de los directores y el personal directivo superior de la empresa, as í como de Los criterios y procedimientos de selección, y es directamente responsable ante el Consejo de Administración.
Capítulo II Composición del personal
Artículo 3 los miembros del Comité de nombramientos estarán compuestos por tres directores, de los cuales la mayoría serán directores independientes.
Artículo 4 los miembros del Comité de nombramientos serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.
Artículo 5 El Comité de nombramientos tendrá un Presidente, que será nombrado por un director independiente, que presidirá los trabajos del Comité; El Presidente será elegido entre los miembros y se presentará al Consejo de Administración para que conste en acta.
Artículo 6 el mandato del Comité de nombramientos será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de desempeñar sus funciones como Director durante el período mencionado, perderá automáticamente su condición de miembro, y el Comité complementará el número de miembros de conformidad con los artículos 3 a 5 supra.
Artículo 7 los departamentos pertinentes serán responsables del enlace diario de trabajo y de la Organización de las reuniones del Comité de nombramientos.
Capítulo III responsabilidades y competencias
Artículo 8 las principales funciones y competencias del Comité de nombramientos serán las siguientes:
Personal y composición del Consejo de Administración de conformidad con las actividades operacionales de la empresa, la escala de activos y la estructura de propiedad
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Formular recomendaciones a la Junta;
Ii) Estudiar los criterios y procedimientos de selección de los directores y el personal directivo superior y formular recomendaciones al Consejo de Administración; Buscar ampliamente candidatos cualificados para directores y altos directivos;
Examinar la elección de los candidatos a la Junta y del personal directivo superior y formular recomendaciones sobre la lista de candidatos; Otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.
Artículo 9 las propuestas del Comité de nombramientos se presentarán al Consejo de Administración para su examen y decisión.
Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones
Artículo 10 el Comité de nombramientos, de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes y teniendo en cuenta la situación real de la sociedad, estudiará las condiciones para la elección de los directores y altos directivos de la sociedad, los procedimientos de selección y el período de nombramiento, y presentará una decisión al Consejo de Administración para su aprobación.
Artículo 11 procedimientos de selección y nombramiento de directores y altos directivos:
El Comité de nombramientos se comunicará activamente con los departamentos pertinentes, estudiará las necesidades de los nuevos directores y altos directivos de la empresa y formará material escrito;
El Comité de nombramientos podrá buscar ampliamente candidatos a directores y altos directivos en la empresa y en el mercado de talentos de las filiales de control;
Iii) buscar información sobre la ocupación, la educación, el título profesional, la experiencia laboral detallada y todos los trabajos a tiempo parcial de los candidatos iniciales, y formar materiales escritos;
Iv) recabar las opiniones y los requisitos del candidato para la presentación de candidaturas y no elegirlo como Director o director superior sin el consentimiento del candidato;
Convocar una reunión del Comité de nombramientos y llevar a cabo el examen de las calificaciones de los candidatos primarios de conformidad con las condiciones de servicio de los directores y el personal directivo superior;
Presentar a la Junta de Síndicos propuestas y materiales conexos sobre los candidatos a directores y los candidatos para el nuevo personal directivo superior de un mes a dos meses antes de la elección de los nuevos directores y el nombramiento del personal directivo superior;
Realizar otras actividades de seguimiento de conformidad con la decisión de la Junta.
Capítulo V sistema de conferencias
Artículo 12 las reuniones del Comité de nombramientos se celebrarán de manera irregular y se celebrarán a propuesta de los miembros del Comité, según sea necesario.
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Sí, y siete días antes de la reunión, informar a todos los miembros de la reunión, la reunión será presidida por el Presidente, el Presidente no puede asistir a otros miembros (directores independientes) para presidir.
Artículo 13 las reuniones del Comité de nombramientos sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las decisiones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros.
Artículo 14 el método de votación en las reuniones del Comité de nombramientos será la votación a mano alzada o la votación; La reunión provisional podrá celebrarse mediante votación por correspondencia.
Artículo 15 cuando sea necesario, la reunión del Comité de nombramientos podrá invitar a los directores, supervisores, altos directivos y a los Jefes de los departamentos pertinentes de la sociedad a asistir a la reunión sin derecho a voto.
Artículo 16 el Comité de nombramientos podrá, en caso necesario, contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, a expensas de la empresa.
Artículo 17 el procedimiento de convocación de la reunión del Comité de nombramientos, el método de votación y las propuestas aprobadas en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes, los Estatutos de la sociedad y las presentes Normas.
Artículo 18 las sesiones del Comité de nombramientos registrarán lo siguiente: la fecha, la hora, el lugar, el Presidente, los participantes, el orden del día de la reunión, los puntos principales de las declaraciones de los oradores sobre cada cuestión que se esté examinando y el resultado de la votación sobre cada cuestión, y los miembros presentes en la reunión firmarán el acta; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión.
Artículo 19 las propuestas y los resultados de las votaciones de las reuniones del Comité de nombramientos se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la sociedad. Artículo 20 los miembros presentes en la reunión y los participantes sin derecho a voto tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las deliberaciones de la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.
Capítulo VI Disposiciones complementarias
Artículo 21 estas normas de desarrollo entrarán en vigor a partir de la fecha de aprobación de la resolución del Consejo de Administración.
Artículo 22 las cuestiones no reguladas por las presentes Normas de desarrollo se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos promulgados por el Estado en el futuro o con los Estatutos de la sociedad modificados por los procedimientos legales, se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado y se modificarán inmediatamente para su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 23 el derecho de interpretación de las presentes Normas se atribuirá al Consejo de Administración de la sociedad.
Abril de 2002