Dongguan Aohai Technology Co.Ltd(002993) : Reglamento de aplicación del Comité de nombramientos

Dongguan Aohai Technology Co.Ltd(002993)

Reglamento de aplicación del Comité de nombramientos

Abril de 2002

Catálogo

Capítulo I Principios generales Capítulo II Composición del personal Capítulo 3 responsabilidades y competencias Capítulo 4 procedimiento de adopción de decisiones Capítulo V Reglamento interno Capítulo VI Disposiciones complementarias 5.

Dongguan Aohai Technology Co.Ltd(002993)

Reglamento de aplicación del Comité de nombramientos

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 con el fin de regular la formación de los directores y altos directivos de Dongguan Aohai Technology Co.Ltd(002993) (en lo sucesivo, « La empresa»), optimizar la composición de los miembros del Consejo de Administración y mejorar la estructura de gobierno corporativo, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo, « el derecho de sociedades»), las normas de gobierno corporativo de las empresas que cotizan en bolsa (en lo sucesivo, « las normas de gobierno»), La sociedad establecerá un Comité de nombramientos del Consejo de Administración y formulará las presentes Normas de aplicación.

Artículo 2 El Comité de nombramientos del Consejo de Administración es el órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración, que se encarga principalmente de la selección de los directores y el personal directivo superior de la empresa, as í como de los criterios y procedimientos de selección, y de formular recomendaciones al respecto.

Capítulo II Composición del personal

Artículo 3 El Comité de nombramientos estará integrado por tres directores, de los cuales dos serán independientes.

Artículo 4 los miembros del Comité de nombramientos serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.

Artículo 5 El Comité de nombramientos tendrá un Presidente (convocante), que será presidido por un director independiente; El Presidente será elegido por el Consejo de Administración.

Artículo 6 el mandato del Comité de nombramientos será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la empresa durante el período mencionado, perderá automáticamente su condición de miembro y el Comité, de conformidad con los artículos 3 a 5 supra, completará el número de miembros.

Artículo 7 el Departamento de valores de una sociedad será el órgano de trabajo diario del Comité de nombramientos y será responsable de la preparación de las reuniones y de la preparación de los materiales pertinentes de las reuniones, etc.

Capítulo III responsabilidades y competencias

Artículo 8 las principales funciones y competencias del Comité de nombramientos serán las siguientes:

Formular recomendaciones al Consejo de Administración sobre el tamaño y la composición del Consejo de Administración de conformidad con las actividades operacionales de la empresa, la escala de activos y la estructura de propiedad;

Estudiar los criterios y procedimientos de selección de los directores y altos directivos de la empresa y formular recomendaciones al Consejo de Administración;

Buscar ampliamente candidatos cualificados para directores y altos directivos;

Examinar y formular recomendaciones a los candidatos a directores y al personal directivo superior;

Otras funciones y facultades conferidas por el Consejo de Administración.

Artículo 9 el Comité de nombramientos será responsable ante el Consejo de Administración y las resoluciones adoptadas por el Comité se presentarán al Consejo de Administración para su examen y decisión.

Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones

Artículo 10 el Comité de nombramientos, de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes y los Estatutos de la sociedad, y teniendo en cuenta la situación real de la sociedad, estudiará las condiciones de elección, los procedimientos de selección y el período de servicio de los directores y administradores de la sociedad, y presentará una resolución al Consejo de Administración para su examen y aprobación, y la aplicará de conformidad con ella.

Artículo 11 procedimientos de selección y nombramiento de directores y altos directivos:

El Comité de nombramientos se comunicará activamente con los departamentos pertinentes de la empresa, estudiará las necesidades de los nuevos directores y altos directivos de la empresa y formará material escrito;

Ii) El Comité de nombramientos podrá buscar ampliamente candidatos a directores y altos directivos en las empresas, las empresas de cartera y el mercado de talentos;

Recoger información sobre la ocupación, la educación, el título profesional, la experiencia laboral detallada y todos los trabajos a tiempo parcial de los candidatos iniciales para formar materiales escritos;

Iv) solicitar el consentimiento del candidato para la presentación de candidaturas; de lo contrario, el candidato no podrá ser nombrado Director o directivo superior;

Convocar una reunión del Comité de nombramientos para llevar a cabo el examen de las calificaciones de los candidatos primarios de conformidad con las condiciones de servicio de los directores y el personal directivo superior;

Presentar al Consejo de Administración propuestas y materiales conexos sobre los candidatos a directores y los candidatos para el nuevo personal directivo superior;

Realizar otras actividades de seguimiento de conformidad con las decisiones y observaciones de la Junta.

Capítulo V Reglamento interno

Artículo 12 la reunión del Comité de nombramientos se celebrará según sea necesario y se notificará a todos los miembros tres días antes de la reunión, que podrá celebrarse en cualquier momento en caso de emergencia. La reunión será convocada y presidida por el Presidente, que podrá confiar la Presidencia a otro miembro (director independiente) Si no puede asistir.

Artículo 13 las reuniones del Comité de nombramientos sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros.

Artículo 14 el método de votación en las reuniones del Comité de nombramientos será la votación a mano alzada o la votación; La reunión podrá celebrarse mediante votación por correspondencia.

Artículo 15 el Departamento de valores de una sociedad podrá asistir a las reuniones del Comité de nombramientos sin derecho a voto y, de ser necesario, podrá invitar a otros directores, supervisores y altos directivos de la sociedad a asistir a las reuniones sin derecho a voto.

Artículo 16 el Comité de nombramientos podrá, en caso necesario, contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, a expensas de la empresa.

Artículo 17 el procedimiento de convocación de la reunión del Comité de nombramientos, el método de votación y las propuestas aprobadas en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes, los estatutos y las presentes Normas.

Artículo 18 el acta de la reunión del Comité de nombramientos se levantará y firmará en ella el miembro que asista a la reunión; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión durante al menos diez años.

Artículo 19 las propuestas y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de nombramientos se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la sociedad.

Artículo 20 todos los miembros presentes en la reunión y los participantes sin derecho a voto tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las cuestiones debatidas en la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.

Capítulo VI Disposiciones complementarias

Artículo 21 el Consejo de Administración de la sociedad será responsable de la formulación y modificación de estas normas, que entrarán en vigor a partir de la fecha de aprobación de la resolución del Consejo de Administración.

Artículo 22 las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos promulgados posteriormente por el Estado o los Estatutos de la sociedad modificados por procedimientos legales, se aplicarán las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes del Estado y los Estatutos de la sociedad, y se modificarán inmediatamente para su examen y aprobación por el Consejo de Administración.

Artículo 23 el derecho de interpretación del presente reglamento será atribuido al Consejo de Administración de la sociedad.

- Advertisment -