Reglamento de aplicación del Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración (revisado en abril de 2022)

Angel Yeast Co.Ltd(600298)

Normas de aplicación del Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración

(revisado en abril de 2022)

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de seguir estableciendo y perfeccionando el sistema de evaluación y gestión de la remuneración de los directores (directores no independientes) y del personal directivo superior de la sociedad y mejorar la estructura de gobernanza empresarial, la sociedad establecerá un Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China, las normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa, los Estatutos de la sociedad y otras disposiciones pertinentes, y formulará estas normas detalladas de aplicación.

Artículo 2 El Comité de remuneración y evaluación es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con la resolución de la Junta General de accionistas y se encarga principalmente de elaborar y evaluar las normas de evaluación de los directores y altos directivos de la empresa; Responsable de la formulación y revisión de la política salarial y el plan de los directores y altos directivos de la empresa, responsable ante el Consejo de Administración.

Artículo 3 el término “Director” mencionado en las presentes Normas se refiere al Presidente y al Director interno de la empresa, y el personal directivo superior se refiere al Director General, el Director General Adjunto, el Secretario del Consejo de Administración, la persona encargada de las finanzas y el ingeniero jefe nombrados por el Consejo de Administración.

Capítulo II Composición del personal

Artículo 4 El Comité de remuneración y evaluación estará integrado por cinco a siete directores externos.

Artículo 5 El Comité de remuneración y evaluación tendrá un Presidente (convocante), que será nombrado por un director independiente y presidirá los trabajos del Comité. El Presidente será elegido en el seno de los miembros y presentado al Consejo de Administración para su aprobación.

Artículo 6 el mandato del Comité de remuneración y evaluación será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director durante el período mencionado, perderá automáticamente su condición de miembro y el Comité complementará el número de miembros de conformidad con los artículos 4 a 5 supra.

Artículo 7 El Comité de remuneración y Evaluación establecerá un grupo de órganos de trabajo, que se encargará especialmente de proporcionar información sobre los aspectos operacionales pertinentes de la empresa y la información pertinente sobre el personal evaluado, preparar las reuniones del Comité de remuneración y evaluación y aplicar las resoluciones pertinentes del Comité de remuneración y evaluación.

Capítulo III responsabilidades y competencias

Artículo 8 funciones y competencias principales del Comité de remuneración y evaluación:

Elaborar planes o planes de remuneración basados en el alcance principal, las responsabilidades, la importancia de los puestos directivos de los directores y el personal directivo superior y el nivel de remuneración de los puestos pertinentes de otras empresas pertinentes;

El plan o plan de remuneración incluye, entre otras cosas, las normas, los procedimientos y los principales sistemas de evaluación de la actuación profesional, as í como los principales planes y sistemas de recompensas y sanciones;

Estudiar las normas de evaluación de los directores (no independientes) y los altos directivos de la empresa, examinar el desempeño de las funciones de los directores (no independientes) y los altos directivos de la empresa y llevar a cabo una evaluación anual de la actuación profesional;

Supervisar la aplicación del sistema de remuneración de la empresa;

Otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.

Artículo 9 el Consejo de Administración tendrá derecho a vetar cualquier plan o plan de remuneración que perjudique los intereses de los accionistas.

Artículo 10 el plan de remuneración de los directores de la sociedad propuesto por el Comité de remuneración y evaluación se presentará al Consejo de Administración para su aprobación y se presentará a la Junta General de accionistas para su examen y aprobación antes de su aplicación. El plan de remuneración del personal directivo superior de la empresa se presentará al Consejo de Administración para su aprobación.

Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones

Artículo 11 el Grupo de evaluación establecido en el marco del Comité de remuneración y evaluación será responsable de hacer un buen trabajo en el Comité de remuneración y evaluación.

Preparación previa a la toma de decisiones para proporcionar información sobre la empresa.

Proporcionar los principales indicadores financieros y el logro de los objetivos operacionales de la empresa;

El ámbito de trabajo y las principales responsabilidades del personal directivo superior de la empresa;

Iii) proporcionar información sobre el cumplimiento de los indicadores pertinentes en el sistema de evaluación de la actuación profesional de los directores y el personal directivo superior;

Iv) proporcionar a los directores y al personal directivo superior información sobre la capacidad de innovación empresarial y la capacidad de generación de beneficios; Proporcionar la base de cálculo pertinente para elaborar el plan de distribución de la remuneración de la empresa y el método de distribución de acuerdo con el rendimiento de la empresa. Artículo 12 procedimientos de evaluación de los directores y altos directivos por el Comité de remuneración y evaluación:

El Director y el personal directivo superior de la empresa informarán al Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración y se evaluarán a sí mismos; Ii) El Comité de remuneración y evaluación escuchará las opiniones del Director General sobre la evaluación del personal directivo superior nombrado por él;

El Comité de remuneración y evaluación evaluará la actuación profesional de los directores y del personal directivo superior de conformidad con las normas y procedimientos de evaluación de la actuación profesional;

Proponer el importe de la remuneración y el método de adjudicación de los directores y el personal directivo superior de acuerdo con los resultados de la evaluación de la actuación profesional y la política de distribución de la remuneración, y presentarlos al Consejo de Administración de la empresa después de la votación.

Capítulo V Reglamento interno

Artículo 13 El Comité de remuneración y evaluación se reunirá al menos una vez al a ño y lo notificará a todos los miembros siete días antes de la reunión. En caso de necesidad urgente de convocar una reunión provisional, la notificación de la reunión se enviará por correo electrónico o por otros medios dos días antes de la reunión. La reunión será presidida por el Presidente, quien podrá confiar la Presidencia a otro miembro si no puede asistir.

Artículo 14 las reuniones del Comité de remuneración y evaluación sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros; Artículo 15 el método de votación de la reunión del Comité de remuneración y evaluación será la votación a mano alzada o la votación; La reunión provisional podrá celebrarse mediante votación por correspondencia.

Artículo 16 cuando sea necesario, el Comité de remuneración y evaluación podrá invitar a los directores, supervisores y altos directivos de la empresa a asistir a la reunión sin derecho a voto.

Artículo 17 si es necesario, el Comité de remuneración y evaluación podrá contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, a expensas de la empresa.

Artículo 18 cuando las cuestiones relativas a los miembros del Comité se debatan en una reunión del Comité de remuneración y evaluación, las Partes se retirarán.

Artículo 19 los procedimientos para la celebración de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación, el método de votación y la política de remuneración y el plan de distribución aprobados en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes, los estatutos y las presentes medidas.

Artículo 20 las actas de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación y las firmas de los miembros presentes en las actas de las reuniones; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión.

Artículo 21 el proyecto de ley y el resultado de la votación aprobados en la reunión del Comité de remuneración y evaluación se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la empresa para su examen y aprobación.

Artículo 22 todos los miembros presentes en la reunión tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las cuestiones debatidas en la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización antes de que se haga pública.

Capítulo VI Disposiciones complementarias

Artículo 23 estas normas de aplicación se aplicarán a partir de la fecha de aprobación de la resolución del Consejo de Administración.

Artículo 24 las cuestiones no reguladas por las presentes Normas de desarrollo se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos promulgados por el Estado en el futuro o con los Estatutos de la sociedad modificados por los procedimientos legales, se aplicarán las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes del Estado y los Estatutos de la sociedad, y se modificarán inmediatamente para su examen y aprobación por el Consejo de Administración.

Artículo 25 el derecho de interpretación de las presentes Normas se atribuirá al Consejo de Administración de la sociedad.

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