Reglamento de aplicación del Comité de nombramientos de la Junta (revisado en abril de 2022)

Angel Yeast Co.Ltd(600298)

Normas de desarrollo del Comité de nombramientos del Consejo de Administración

(revisado en abril de 2022)

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 con el fin de normalizar la adopción de decisiones y la generación de personal directivo superior, optimizar la estructura del Consejo de Administración y el personal directivo superior y mejorar la estructura de Gobierno de la persona jurídica de la empresa. De conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China, las normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa, los estatutos y otras disposiciones pertinentes, la empresa establece un Comité de nombramientos del Consejo de Administración y formula las presentes Normas de aplicación.

Artículo 2 El Comité de nombramientos del Consejo de Administración es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con las resoluciones de la Junta General de accionistas, que se encarga principalmente de seleccionar a los directores y altos directivos de la empresa y de formular recomendaciones al Consejo de Administración.

Capítulo II Composición del personal

Artículo 3 los miembros del Comité de nombramientos estarán compuestos por cinco a siete directores, y la mayoría de ellos serán directores independientes.

Artículo 4 los miembros del Comité de nombramientos serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.

Artículo 5 El Comité de nombramientos tendrá un Presidente (Coordinador) que presidirá los trabajos del Comité; El Presidente será elegido entre los miembros y será nombrado por un director independiente y presentado al Consejo de Administración para su aprobación.

Artículo 6 el mandato de los miembros del Comité de nombramientos será el mismo que el del Consejo de Administración. Al expirar su mandato, los miembros podrán ser reelegidos. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la empresa durante el período mencionado, perderá automáticamente su condición de miembro y el Comité, de conformidad con los artículos 3 a 5 supra, completará el número de miembros.

Artículo 7 El Comité de nombramientos tomará la Oficina del Consejo de Administración como su Oficina diaria y se encargará del enlace diario y la Organización de las reuniones.

Capítulo III responsabilidades y competencias

Artículo 8 funciones y competencias principales del Comité de nombramientos:

Formular recomendaciones al Consejo de Administración sobre el tamaño y la composición del Consejo de Administración de conformidad con las condiciones de funcionamiento de la empresa, el tamaño de los activos y la estructura de propiedad;

Ii) Estudiar los criterios y procedimientos de selección de los directores y el personal directivo superior y formular recomendaciones al Consejo de Administración;

Buscar ampliamente candidatos cualificados para directores y altos directivos;

Examinar y formular recomendaciones a los candidatos a directores y al personal directivo superior;

Otras funciones y facultades conferidas por el Consejo de Administración de la empresa.

Artículo 9 el Comité de nombramientos será responsable ante el Consejo de Administración y sus propuestas se presentarán al Consejo de Administración para su examen y decisión.

Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones

Artículo 10 el Comité de nombramientos, de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes y los Estatutos de la sociedad y teniendo en cuenta la situación real de la sociedad, estudiará las condiciones de elección, los procedimientos de selección y el plazo de nombramiento de los directores y altos directivos de la sociedad, formará un proyecto de Resolución de respaldo y lo presentará al Consejo de Administración para su aprobación, y lo aplicará.

Artículo 11 procedimientos de selección y nombramiento de directores y altos directivos:

El Comité de nombramientos se comunicará e intercambiará activamente con todos los departamentos pertinentes de la empresa, estudiará las necesidades de los nuevos directores y altos directivos de la empresa y formará documentos o propuestas por escrito;

El Comité de nombramientos podrá reunir ampliamente a los directores y altos directivos de la sociedad, la sociedad Holding (accionariado) u otra sociedad, as í como al mercado de talentos;

Iii) reunir información sobre la ocupación, la educación, el título profesional, la experiencia laboral detallada, todos los puestos o el trabajo a tiempo parcial de los candidatos iniciales y formar materiales escritos;

El Comité de nombramientos celebró amplias consultas con la empresa y los accionistas sobre el candidato propuesto.

V) obtener el consentimiento del candidato para la presentación de candidaturas, de lo contrario no podrá ser nombrado Director o director superior;

Convocar una reunión del Comité de nombramientos y llevar a cabo un examen de las calificaciones de los candidatos seleccionados de conformidad con las condiciones de servicio de los directores y el personal directivo superior;

Presentar al Consejo de Administración, antes de la elección de un nuevo Director y el nombramiento de un nuevo personal directivo superior, propuestas y material conexo sobre los candidatos a Director y los candidatos para el nuevo personal directivo superior;

Realizar otras actividades de seguimiento de conformidad con las resoluciones y observaciones de la Junta.

Capítulo V Reglamento interno

Artículo 12 las reuniones del Comité de nombramientos se celebrarán de vez en cuando, según sea necesario, y la notificación de la reunión se notificará a todos los miembros por correo electrónico u otros medios siete días antes de la reunión. En caso de necesidad urgente de convocar una reunión provisional, la notificación de la reunión podrá enviarse por correo electrónico o por otros medios dos días antes de la reunión. La reunión será presidida por el Presidente, que podrá confiar la Presidencia a otro miembro (que será un director independiente) Si no puede asistir.

Artículo 13 las reuniones del Comité de nombramientos sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros.

Artículo 14 el método de votación en las reuniones del Comité de nombramientos será la votación a mano alzada o la votación. La Conferencia también podrá celebrarse mediante votación por correspondencia.

Artículo 15 el Jefe de la Oficina del Consejo de Administración podrá asistir a las reuniones del Comité de nombramientos sin derecho a voto y, de ser necesario, podrá invitar a los directores, supervisores y otros altos directivos de la empresa a asistir a las reuniones sin derecho a voto.

Artículo 16 el Comité de nombramientos podrá, en caso necesario, contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, a expensas de la empresa.

Artículo 17 el procedimiento de convocación de la reunión del Comité de nombramientos, el método de votación y las propuestas aprobadas en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes, los estatutos y las presentes Normas.

Artículo 18 las sesiones del Comité de nombramientos llevarán un acta, y los miembros presentes firmarán el acta; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión.

Artículo 19 las propuestas y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de nombramientos se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la sociedad.

Artículo 20 todos los miembros presentes en la reunión tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las deliberaciones de la reunión y no revelarán la información pertinente de la empresa sin autorización antes de que se haga pública.

Capítulo VI Disposiciones complementarias

Artículo 21 las presentes Normas de desarrollo se aplicarán a partir de la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración.

Artículo 22 las cuestiones no reguladas por las presentes Normas de desarrollo se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos promulgados posteriormente por el Estado o con los Estatutos de la sociedad modificados por los procedimientos legales, se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes del Estado y los Estatutos de la sociedad, y la sociedad las modificará inmediatamente y las presentará al Consejo de Administración para su examen y aprobación.

Artículo 23 el derecho de interpretación de las presentes Normas se atribuirá al Consejo de Administración de la sociedad.

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