Sistema de trabajo del Secretario de la Junta (revisado en abril de 2022)

Keeson Technology Corporation Limited(603610)

Sistema de trabajo del Secretario de la Junta

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 con el fin de promover el funcionamiento normal de Keeson Technology Corporation Limited(603610) (en lo sucesivo, « La sociedad»), aclarar las funciones y facultades del Secretario del Consejo de Administración y desempeñar plenamente la función de Secretario del Consejo de Administración, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo, « el derecho de sociedades»), la Ley de valores de la República Popular China, El sistema de trabajo del Secretario del Consejo de Administración (en lo sucesivo denominado “el sistema de trabajo”) se formula de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos, como las normas de la bolsa de Shanghai para la cotización en bolsa y las directrices de la bolsa de Shanghai para la autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa no. 1 – funcionamiento normalizado, etc.

Artículo 2 la sociedad tendrá un Secretario del Consejo de Administración. El Secretario del Consejo de Administración es el personal directivo superior de la empresa y es responsable ante el Consejo de Administración.

El Secretario del Consejo de Administración cumplirá las disposiciones pertinentes de las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales y los Estatutos de la sociedad, asumirá las responsabilidades jurídicas pertinentes del personal directivo superior, asumirá las obligaciones de buena fe y diligencia con la sociedad y no abusará de su autoridad para obtener beneficios para sí mismo o para otros.

Las disposiciones pertinentes de las leyes, reglamentos y estatutos relativos al personal directivo superior de la sociedad se aplicarán al Secretario del Consejo de Administración.

CAPÍTULO II cualificaciones

Artículo 3 el Secretario del Consejo de Administración tendrá los conocimientos financieros, de gestión y jurídicos especializados necesarios para desempeñar sus funciones, y tendrá una buena ética profesional y una buena moral personal.

Artículo 4 los supervisores actuales de la empresa, los contadores públicos certificados contratados por la empresa contable y los abogados de la empresa jurídica, los funcionarios públicos del Estado y otras instituciones intermediarias no podrán actuar simultáneamente como secretarios del Consejo de Administración de la empresa.

Artículo 5 el Secretario del Consejo de Administración tendrá los conocimientos financieros, de gestión y jurídicos especializados necesarios para desempeñar sus funciones, y tendrá una buena ética profesional y una buena moral personal. Ninguna person a podrá actuar como Secretaria del Consejo de Administración de una sociedad en cualquiera de las siguientes circunstancias:

Ii) ha sido objeto de sanciones administrativas por la c

Ha sido condenado públicamente por la bolsa de valores en los últimos tres años o ha sido criticado en más de tres notificaciones públicas;

Iv) el actual supervisor de la empresa;

Otras circunstancias que la bolsa de valores considere inadecuadas para actuar como Secretario del Consejo de Administración.

El Secretario del Consejo de Administración será el Director de la empresa, el Director General Adjunto, el interventor financiero u otra persona designada por el Consejo de Administración.

Artículo 6 si la sociedad tiene la intención de convocar una reunión del Consejo de Administración para nombrar al Secretario del Consejo de Administración, presentará los siguientes documentos a la bolsa de valores con cinco días de negociación de antelación: i) la recomendación del Consejo de Administración, incluida la Declaración de la persona recomendada (candidato) que cumpla los Requisitos para ocupar el cargo de Secretario del Consejo de Administración, el cargo actual y el historial laboral;

Ii) el certificado de educación del candidato, el certificado de calificación del Secretario del Consejo de Administración, etc.

Si la bolsa de valores no impugna la calificación del candidato para el puesto de Secretario del Consejo de administración cinco días después de la recepción de los materiales presentados, la empresa podrá convocar una reunión del Consejo de Administración y nombrar al Secretario del Consejo de Administración. El Consejo de Administración de la sociedad podrá nombrar al candidato al Secretario del Consejo de Administración que formule objeciones a la bolsa de valores.

Capítulo III responsabilidades

Artículo 6 funciones principales del Secretario del Consejo de administración:

Ser responsable de los asuntos de divulgación de información de la empresa, coordinar la divulgación de información de la empresa, organizar la elaboración de un sistema de gestión de los asuntos de divulgación de información de la empresa e instar a la empresa y a los deudores pertinentes a que cumplan las normas pertinentes de divulgación de información; Ser responsable de la gestión de las relaciones con los inversores y coordinar la comunicación de información entre la empresa y los reguladores de valores, los inversores y los controladores reales, los intermediarios y los medios de comunicación;

Organizar la reunión del Consejo de Administración y la reunión de la Junta General de accionistas, participar en la reunión de la Junta General de accionistas, la reunión del Consejo de Administración, la reunión del Consejo de supervisión y la reunión conexa del personal directivo superior, ser responsable de la labor de las actas de la reunión del Consejo de Administración y firmar; Ser responsable de la confidencialidad de la divulgación de información de la empresa e informar inmediatamente a la bolsa de valores y revelarla si no se divulga información importante;

Prestar atención a los informes de los medios de comunicación y verificar activamente la situación real, e instar a la empresa y a otras entidades pertinentes a que respondan oportunamente a las preguntas de la bolsa de valores;

Organizar la capacitación de los directores, supervisores y altos directivos de la empresa sobre las leyes y reglamentos pertinentes y las disposiciones pertinentes de la bolsa de valores, y ayudar a las personas mencionadas a comprender sus respectivas responsabilidades en la divulgación de información;

Supervisar e instar a los directores, supervisores y altos directivos a que cumplan las leyes y reglamentos, las normas pertinentes de la bolsa de valores y los Estatutos de la sociedad y cumplan efectivamente los compromisos contraídos; Cuando tenga conocimiento de que la sociedad, los directores, los supervisores y los altos directivos han adoptado o pueden adoptar resoluciones que violen las disposiciones pertinentes, las recordará e informará de inmediato a la bolsa de valores de manera veraz;

Ser responsable de la gestión de los cambios en las acciones de la empresa y sus derivados;

Ix) Otras obligaciones exigidas por las leyes y reglamentos y por la bolsa de valores.

Artículo 7 la sociedad facilitará el desempeño de las funciones del Secretario del Consejo de Administración, y los directores, supervisores, interventores financieros, otros altos directivos y el personal pertinente apoyarán y cooperarán con el Secretario del Consejo de Administración. En el desempeño de sus funciones, el Secretario del Consejo de Administración tiene derecho a conocer la situación financiera y operacional de la empresa, participar en las reuniones pertinentes relacionadas con la divulgación de información, consultar los documentos pertinentes y exigir a los departamentos y al personal pertinentes de la empresa que proporcionen oportunamente la información y la información pertinentes.

El Secretario del Consejo de Administración podrá informar directamente a la bolsa de valores si el desempeño de sus funciones se ve obstaculizado indebidamente o gravemente obstaculizado.

Artículo 8 cuando un Director actúe simultáneamente como Secretario del Consejo de Administración, si un acto debe ser realizado por separado por el Director y el Secretario del Consejo de Administración, la person a que actúe simultáneamente como Director y Secretario del Consejo de Administración no podrá hacerlo en doble calidad.

Capítulo IV reglamento de trabajo

Artículo 9 el Secretario del Consejo de Administración será responsable de la siguiente labor relacionada con las reuniones del Consejo de administración:

Preparar oportunamente las reuniones del Consejo de Administración de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes y los estatutos;

La notificación de la reunión del Consejo de Administración y los materiales de la reunión se entregarán a los directores de la manera y el tiempo prescritos; Asistir a las reuniones del Consejo de Administración sin derecho a voto y ser responsable de las actas de las reuniones;

Mantener los documentos y actas de las reuniones del Consejo de Administración y establecer archivos.

Artículo 10 el Secretario del Consejo de Administración será responsable de las siguientes tareas relacionadas con la Junta General de accionistas:

Preparar la Junta General de accionistas de conformidad con las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes;

Informar a los accionistas de la sociedad 20 días antes de la junta general anual de accionistas y 15 días antes de la Junta General provisional de accionistas;

Antes de la celebración de la reunión, el registro de asistencia de los asistentes a la reunión se establecerá de acuerdo con el registro de accionistas de la sociedad; Ser responsable de comprobar si las calificaciones de los accionistas presentes (incluidos los agentes) son legales y válidas en la fecha de celebración de la reunión, y los accionistas no cualificados (incluidos los agentes) tienen derecho a negarse a entrar en la reunión y a participar en ella;

Antes de la celebración de la Junta General de accionistas, se pondrá a disposición de los accionistas presentes (incluidos los agentes de los accionistas) la siguiente información en la dirección de la Junta que figura en el anuncio de la Junta:

1. El texto completo de la propuesta que se presentará a la Junta General de accionistas para su examen;

2. Los contratos y acuerdos sobre inversiones en el extranjero, adquisiciones, fusiones y adquisiciones, reorganización y otras cuestiones importantes que se examinarán en la Junta General de accionistas, as í como las explicaciones o explicaciones del Consejo de Administración sobre las cuestiones importantes mencionadas;

3. La relación entre las cuestiones que se examinarán en la Junta General de accionistas y los accionistas de la sociedad, los directores actuales, los supervisores y el personal directivo superior, as í como su naturaleza y alcance, y la información explicativa sobre el efecto de esa relación en la sociedad y otros accionistas;

4. Otra información pertinente que el Consejo de Administración considere útil para que los accionistas presentes (incluidos los agentes de los accionistas) Adopten una decisión sobre la propuesta;

Asistir al Consejo de Administración en la celebración de la Junta General de accionistas en la fecha de la notificación; Ayudar al Consejo de Administración a explicar las razones por las que la Junta General de accionistas no puede celebrarse normalmente o no puede adoptar ninguna resolución debido a fuerza mayor u otras razones inusuales;

Ayudar a mantener la seriedad y el orden de la Junta General de accionistas;

Hacer un buen trabajo en el acta de la Junta General de accionistas;

Mantener los documentos y actas de la Junta General de accionistas y establecer archivos.

Artículo 11 Procedimiento de tramitación de las propuestas: el patrocinador presentará la propuesta al Secretario de la Junta de Síndicos – el Secretario de la Junta de Síndicos llevará a cabo una auditoría general – devolverá al patrocinador (cuando sea necesario) para que la complemente, modifique y perfeccione – el Secretario de la Junta de Síndicos organizará y resumirá la forma – la presentará al Presidente para que adopte una decisión sobre si la presente a la reunión – el Secretario de la Junta de Síndicos preparará los documentos de la reunión

En caso de propuesta del Presidente, el Presidente formulará directamente la propuesta o encomendará al Secretario del Consejo de Administración la preparación de la propuesta – el Secretario del Consejo de Administración organizará y resumirá la forma – y la presentará al Presidente para que adopte una decisión sobre si presentar o no la decisión de la reunión – el Secretario del Consejo de Administración preparará los documentos de la reunión de conformidad con la decisión.

Artículo 12 el examen general de las propuestas se llevará a cabo de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos y las disposiciones del sistema de la empresa pertinentes del Estado, y el examen incluirá: si el contenido de las propuestas es el deber y los requisitos del patrocinador, si se ajusta al alcance de la adopción de decisiones para La reunión prevista, si las cuestiones concretas de la propuesta entran en conflicto con las disposiciones de la empresa, si se han cumplido los procedimientos previos para la ejecución de las disposiciones, si es necesario demostrar la suficiencia de los materiales y si la forma de los documentos se ajusta a las disposiciones de la empresa, etc

El Secretario de la Junta de Síndicos, tras su examen, devolverá los requisitos de reposición, modificación y perfeccionamiento, y el proponente presentará oportunamente los requisitos de reposición, modificación y perfeccionamiento; Si el patrocinador se adhiere al contenido de la propuesta, el Secretario de la Junta de Síndicos la presentará al Presidente de la Junta para que adopte una decisión después de anotar el dictamen de revisión.

Capítulo V procedimientos de nombramiento y destitución

Artículo 13 la sociedad nombrará al Secretario del Consejo de Administración en un plazo de tres meses a partir de la fecha en que el Secretario original del Consejo de Administración deje el cargo. Artículo 14 el Secretario del Consejo de Administración será nombrado por el Presidente y nombrado o destituido por el Consejo de Administración.

Artículo 15 la sociedad nombrará a un representante de valores para que preste asistencia al Secretario del Consejo de Administración en el desempeño de sus funciones. En caso de que el Secretario del Consejo de Administración no pueda desempeñar sus funciones, el representante de valores desempeñará sus funciones en su nombre y, durante ese período, no eximirá naturalmente al Secretario del Consejo de Administración de sus responsabilidades con respecto a la divulgación de información de la empresa, etc.

Las condiciones de servicio de los representantes de valores se regirán por el artículo 5 del presente sistema.

Artículo 16 la sociedad firmará un acuerdo de confidencialidad con el Secretario del Consejo de Administración en el momento de su nombramiento, en el que se le pedirá que se comprometa a seguir cumpliendo sus obligaciones de confidencialidad durante el período de su mandato y después de su partida hasta que se revele la información pertinente, con excepción de la información relativa a las violaciones de las leyes y reglamentos de la sociedad.

Antes de dejar el cargo, el Secretario del Consejo de Administración estará sujeto al examen de la partida del Consejo de Administración y del Consejo de supervisión y transferirá los documentos de archivo pertinentes, los asuntos que se estén tramitando o los asuntos que deban tramitarse bajo la supervisión del Consejo de supervisión de la empresa.

Artículo 17 la sociedad destituirá al Secretario del Consejo de Administración por razones fundadas y no podrá destituirlo sin ninguna razón.

Artículo 18 en cualquiera de las siguientes circunstancias, la sociedad destituirá al Secretario del Consejo de Administración en el plazo de un mes a partir de la fecha en que se produzca el hecho:

En cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 5 del presente sistema;

Incapacidad para desempeñar sus funciones durante más de tres meses consecutivos;

Cometer errores u omisiones importantes en el desempeño de sus funciones, que causen grandes pérdidas a la empresa o al inversor; Violar las leyes y reglamentos, las normas pertinentes de la bolsa de valores y los Estatutos de la sociedad, etc., causando grandes pérdidas a la sociedad y a los inversores.

Artículo 19 durante el período de vacante del Secretario del Consejo de Administración de la sociedad, el Consejo de Administración designará sin demora a un director o directivo superior para que desempeñe las funciones de Secretario del Consejo de Administración e informe al respecto a la bolsa de valores, y al mismo tiempo determinará lo antes posible la elección del Secretario del Consejo de Administración. Antes de que la empresa designe a una persona que actúe en nombre del Secretario del Consejo de Administración, el Presidente actuará en nombre del Secretario del Consejo de Administración. Después de que el período de vacante del Secretario del Consejo de Administración sea superior a tres meses, el Presidente asumirá las funciones de Secretario del Consejo de Administración y completará el nombramiento del Secretario del Consejo de Administración en un plazo de seis meses.

Capítulo VI responsabilidad jurídica

Artículo 20 el Secretario del Consejo de Administración que infrinja las leyes, reglamentos o estatutos será investigado por las responsabilidades correspondientes de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos o estatutos pertinentes.

Capítulo VII Disposiciones complementarias

Artículo 21 el presente sistema de trabajo se aplicará de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos, normas departamentales y estatutos pertinentes del Estado si contradice las leyes, reglamentos administrativos, reglamentos departamentales promulgados por el Estado o los Estatutos de la sociedad modificados.

Artículo 22 el sistema de trabajo entrará en vigor tras su examen y aprobación por el Consejo de Administración, as í como mediante su modificación.

Artículo 23 el Consejo de Administración de la sociedad será responsable de la interpretación de este sistema de trabajo.

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