Quectel Wireless Solutions Co.Ltd(603236) : Reglamento de la Junta de supervisores (revisado en abril de 2022)

Quectel Wireless Solutions Co.Ltd(603236)

Reglamento de la Junta de supervisores

(revisado en abril de 2022)

Artículo 1 a fin de seguir normalizando los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores de Quectel Wireless Solutions Co.Ltd(603236) (en lo sucesivo denominada “la empresa”), promover el desempeño eficaz de las funciones de supervisión de la Junta de supervisores y la Junta de supervisores y mejorar la estructura de Gobierno de las personas jurídicas de las empresas, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo denominado “el derecho de sociedades”), la Ley de valores de la República Popular China, Estas normas se formulan de conformidad con las normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa, las normas de cotización de las acciones de la bolsa de Shanghai y otras leyes, reglamentos y documentos normativos pertinentes de la Comisión Reguladora de valores de China (en adelante, la Comisión Reguladora de valores de China (en adelante, La Comisión Reguladora de valores de China), as í como las disposiciones pertinentes de los Estatutos de la bolsa de Shanghai (en adelante, los “estatutos”).

Artículo 2 la Junta de supervisores establecerá una Oficina de la Junta de supervisores para ocuparse de los asuntos cotidianos de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores es el Jefe de la Oficina de la Junta de supervisores y mantiene el sello de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores podrá pedir al representante de valores de la sociedad u otra persona que le preste asistencia en la gestión de los asuntos cotidianos de la Junta de supervisores.

Artículo 3 las reuniones de la Junta de supervisores se dividen en reuniones periódicas y reuniones temporales.

La Junta de supervisores se reúne periódicamente al menos una vez cada seis meses. El supervisor podrá proponer la celebración de una reunión provisional de la Junta de supervisores. Artículo 4 antes de dar aviso de la celebración de una reunión ordinaria de la Junta de supervisores, la Oficina de la Junta de supervisores solicitará propuestas a todos los supervisores. La Oficina del Consejo de supervisión indicará que el Consejo de supervisión se centra en la supervisión del funcionamiento normal de la empresa y el comportamiento de los directores y altos directivos en lugar de en la adopción de decisiones sobre la gestión de la empresa.

Artículo 5 cuando un supervisor proponga convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores, presentará una propuesta por escrito firmada por el supervisor propuesto a través de la Oficina de la Junta de supervisores o directamente al Presidente de la Junta de supervisores. En la propuesta escrita se especificarán los siguientes elementos: i) nombre del supervisor propuesto;

Ii) los motivos de la propuesta o las razones objetivas en que se basa;

Proponer la fecha, el calendario, el lugar y las modalidades de la reunión;

Iv) propuestas claras y concretas;

En un plazo de tres días a partir de la recepción de la propuesta escrita del supervisor por la Oficina del Consejo de supervisión o el Presidente del Consejo de supervisión, la Oficina del Consejo de supervisión emitirá un aviso para convocar una reunión provisional del Consejo de supervisión. En caso de que la Oficina del Consejo de supervisión se retrase en la notificación de la reunión, propondrá que el supervisor informe oportunamente al Departamento de supervisión.

Artículo 6 las reuniones de la Junta de supervisores serán convocadas y presididas por el Presidente de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para que lo convoque y presida.

Artículo 7 al convocar las reuniones periódicas y las reuniones provisionales de la Junta de supervisores, la notificación de la reunión se enviará a todos los supervisores con diez y tres días de antelación, respectivamente, por correo electrónico, notificación oral, teléfono, carta o fax. En caso de notificación no directa, la confirmación se efectuará por teléfono o correo electrónico y se registrará en consecuencia. Si la situación es urgente y es necesario convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento oralmente o por teléfono, pero el convocante dará una explicación en la reunión.

Artículo 8 la notificación escrita de la reunión incluirá, como mínimo, lo siguiente:

Hora, lugar, duración y modalidades de celebración de la reunión;

Ii) Cuestiones y cuestiones (propuestas de la Conferencia);

Iii) El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;

Iv) los materiales de reunión necesarios para la votación de los supervisores;

La solicitud de que el supervisor asista personalmente a la reunión;

Nombre y número de teléfono de la persona de contacto permanente para las reuniones;

La fecha de la notificación.

La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los puntos i) y ii) supra, as í como la explicación de la necesidad urgente de convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible.

Artículo 9 en principio, las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán in situ y, cuando sea necesario, con el consentimiento del convocante (Presidente) y del proponente, podrán celebrarse mediante votación por vídeo, teléfono, fax o correo electrónico, siempre que se garantice la plena expresión de las opiniones de los supervisores.

En circunstancias excepcionales, las reuniones de la Junta de supervisores podrán votar por medios de comunicación. En el momento de la votación de la comunicación, el supervisor enviará por fax, correo electrónico u otros medios a la Oficina del Consejo de supervisión sus opiniones por escrito y su intención de votar sobre las cuestiones examinadas tras la confirmación de la firma. Los supervisores no deben expresar sus opiniones por escrito sin expresar su intención de votar.

Artículo 10 las reuniones de la Junta de supervisores sólo podrán celebrarse si están presentes más de la mitad de los supervisores. En caso de que los supervisores pertinentes se nieguen a asistir a la reunión o no puedan cumplir el requisito del número mínimo de personas que asistan a la reunión, otros supervisores informarán sin demora al Departamento de supervisión. El Secretario del Consejo de Administración y el representante de valores asistirán a las reuniones del Consejo de supervisión sin derecho a voto.

Artículo 11 El Presidente de la Conferencia invitará a los supervisores participantes a expresar sus opiniones definitivas sobre las diversas propuestas. El Presidente de la reunión, a propuesta del supervisor, pedirá a los directores, al personal directivo superior, a otros empleados de la empresa o al personal comercial de los organismos intermediarios pertinentes que asistan a la reunión para ser interrogados.

Artículo 12 la votación en las reuniones de la Junta de supervisores se llevará a cabo por votación registrada o a mano alzada, con un voto de una persona. La intención de voto de la Junta de supervisores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los supervisores participantes elegirán uno de los objetivos antes mencionados, si no hacen una elección o eligen más de dos objetivos al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los supervisores que elijan de nuevo, y si se niegan a hacerlo, se considerará que se abstienen; Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión. La resolución de la Junta de supervisores será aprobada por la mayoría de todos los supervisores, y la resolución de la Junta de supervisores será firmada y confirmada por los supervisores participantes.

Artículo 13 cuando se convoque una reunión de la Junta de supervisores, podrá hacerse una grabación sonora completa, según sea necesario.

Artículo 14 el personal de la Oficina de la Junta de supervisores llevará un registro de las reuniones sobre el terreno. El acta incluirá, como mínimo, lo siguiente:

Tiempo, lugar y modalidades de celebración de los períodos de sesiones;

Ii) Notificación de la reunión y Programa de la reunión;

Iii) convocador y moderador de la reunión;

Iv) Asistencia a la Conferencia;

Las propuestas examinadas en la reunión, los puntos principales y las principales opiniones de cada supervisor sobre las cuestiones pertinentes y la intención de votar sobre las propuestas;

Vi) el método de votación y el resultado de la votación de cada propuesta (especifíquese el número de votos afirmativos, negativos y abstenciones); Otros asuntos que los supervisores participantes consideren que deben registrarse.

En cuanto a las reuniones de la Junta de supervisores convocadas por medios de comunicación, la Oficina de la Junta de supervisores recopilará las actas de las reuniones de conformidad con las disposiciones anteriores.

Artículo 15 los supervisores y los registradores participantes firmarán y confirmarán el acta. Si el supervisor no está de acuerdo con el acta de la reunión, podrá hacer una declaración por escrito en el momento de la firma. Cuando sea necesario, informará sin demora a la autoridad reguladora o podrá hacer una declaración pública. Se considerará que el supervisor está plenamente de acuerdo con el contenido del acta si no firma la confirmación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, ni hace una declaración por escrito de sus opiniones divergentes, ni informa o hace una declaración pública a las autoridades reguladoras. Artículo 16 el Secretario del Consejo de Administración se encargará del anuncio de la resolución de la Junta de supervisores de conformidad con las disposiciones pertinentes de las normas de cotización y los Estatutos de la bolsa de Shanghai.

Artículo 17 los supervisores supervisarán e instarán al personal pertinente a que aplique las resoluciones de la Junta de supervisores.

Artículo 18 los expedientes de las reuniones de la Junta de supervisores, incluidos el anuncio de la reunión y los materiales de la reunión, el libro de asistencia a la reunión, los materiales de grabación de audio de la reunión, los votos de votación, las actas de la reunión firmadas y confirmadas por los supervisores participantes y el anuncio de la resolución, etc., serán conservados por una person a especial designada por el Presidente de la Junta de supervisores. El período de conservación de los datos de las reuniones de la Junta de supervisores será de diez años.

Artículo 19 la Oficina de la Junta de supervisores será el establecimiento permanente de la empresa y estará equipada con personal a tiempo completo de alto nivel profesional.

Artículo 20 la sociedad proporcionará a la Junta de supervisores las condiciones de oficina necesarias y los fondos para las actividades comerciales, y los desembolsará de conformidad con las disposiciones financieras pertinentes de la sociedad.

Artículo 21 el presente reglamento entrará en vigor y se aplicará a partir de la fecha de su examen y aprobación por la Junta General de accionistas.

Artículo 22 las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se aplicarán de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes, reglamentos administrativos, reglamentos departamentales y estatutos pertinentes; Cuando estas normas sean contrarias a las leyes, reglamentos y otros documentos normativos, como el derecho de sociedades y el derecho de valores, as í como a los Estatutos de la sociedad, se aplicarán de conformidad con las leyes, reglamentos y documentos normativos pertinentes y los Estatutos de la sociedad. La sociedad modificará el presente reglamento en cualquiera de las siguientes circunstancias:

Tras la modificación del derecho de sociedades o de las leyes, reglamentos y otros documentos normativos pertinentes o de los Estatutos de la sociedad, las cuestiones previstas en el presente Reglamento entrarán en conflicto con las disposiciones de las leyes, reglamentos y otros documentos normativos o estatutos modificados;

La Junta General de accionistas decide modificar el presente reglamento.

Artículo 23 la modificación del presente reglamento será decidida por la Junta General de accionistas y la Junta de supervisores estará facultada por la Junta General de accionistas para preparar el proyecto de modificación, que entrará en vigor una vez aprobado por la Junta General de accionistas.

La Junta General de accionistas autorizará a la Junta de supervisores a interpretar estas normas.

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