Reglamento interno del Comité de nombramientos de la Junta
Guangzhou Tech-Long Packaging Machinery Co.Ltd(002209)
Reglamento interno del Comité de nombramientos de la Junta
(revisado en 2022)
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de normalizar el mecanismo de nombramiento de los directores y altos directivos de la empresa, optimizar la composición del Consejo de Administración y mejorar la estructura de gobierno corporativo, se establece un Comité de nombramientos del Consejo de Administración y se formulan estas normas de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China y Los artículos de asociación de la República Popular China (en adelante, los artículos de asociación) y otras leyes y reglamentos pertinentes.
Artículo 2 El Comité de nombramientos del Consejo de Administración es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con las resoluciones de la Junta General de accionistas y se encarga principalmente de formular recomendaciones sobre la selección, las condiciones, los criterios y los procedimientos de selección de los directores y altos directivos de la empresa.
Capítulo II Composición del personal
Artículo 3 El Comité de nombramientos estará integrado por tres directores, de los cuales la mayoría serán directores independientes.
Artículo 4 los miembros del Comité de nombramientos serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o más de un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.
Artículo 5 El Comité de nombramientos tendrá un Presidente, que será presidido por un director independiente; El Presidente será elegido en el seno de los miembros y presentado al Consejo de Administración para su aprobación.
Artículo 6 el mandato del Comité de nombramientos será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la empresa durante el período mencionado, perderá automáticamente su condición de miembro y el Comité, de conformidad con los artículos 3 a 5 supra, completará el número de miembros.
Artículo 7 cuando el número de miembros del Comité sea inferior a dos tercios del número prescrito, el Consejo de Administración de la sociedad añadirá oportunamente nuevos miembros. Cuando el número de miembros del Comité sea inferior a las dos terceras partes del número prescrito, el Comité suspenderá el ejercicio de sus facultades en virtud del presente reglamento.
Capítulo III responsabilidades y competencias
Artículo 8 funciones y competencias principales del Comité de nombramientos:
Estudiar los criterios y procedimientos de selección de los directores y el personal directivo superior y formular recomendaciones;
Selección de directores cualificados y de personal directivo superior;
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Examinar y recomendar a los directores y al personal directivo superior.
Otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.
Artículo 9 el Comité de nombramientos será responsable ante el Consejo de Administración y sus propuestas se presentarán al Consejo de Administración para su examen y decisión.
Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones
Artículo 10 el Comité de nombramientos, de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes y los Estatutos de la sociedad, y teniendo en cuenta la situación real de la sociedad, estudiará las condiciones para la elección, los procedimientos de selección y el período de servicio de los directores y altos directivos de la sociedad, formará una copia de Seguridad de la resolución y la presentará al Consejo de Administración para su aprobación, y la aplicará de conformidad con ella.
Artículo 11 procedimientos de selección y nombramiento de directores y altos directivos:
El Comité de nombramientos se comunicará activamente con los departamentos pertinentes de la empresa, estudiará las necesidades de los directores y altos directivos de la empresa y formará materiales escritos;
El Comité de nombramientos podrá buscar ampliamente candidatos a directores y altos directivos en la empresa, sus filiales de propiedad total, la sociedad de cartera (accionariado), el mercado de talentos y otros canales;
Recoger información sobre la ocupación, la educación, el título profesional, la experiencia laboral detallada y todos los trabajos a tiempo parcial de los candidatos iniciales para formar materiales escritos;
Iv) solicitar el consentimiento del candidato para la presentación de candidaturas; de lo contrario, el candidato no podrá ser nombrado Director o directivo superior;
Convocar una reunión del Comité de nombramientos y llevar a cabo el examen de las calificaciones de los candidatos primarios de conformidad con las condiciones de servicio de los directores y el personal directivo superior;
Vi) Presentar al Consejo de Administración propuestas y materiales conexos sobre los candidatos a directores y los candidatos a nuevos altos directivos uno o dos meses antes de la elección de nuevos directores y el nombramiento de nuevos altos directivos;
Realizar otras actividades de seguimiento de conformidad con las decisiones y observaciones de la Junta.
Capítulo V Reglamento interno
Artículo 12 El Comité de nombramientos se reunirá al menos una vez al a ño y, cinco días antes de la reunión, notificará a todos los miembros que la reunión estará presidida por el Presidente, quien podrá confiar la Presidencia a otros miembros si no pueden asistir.
Artículo 13 la notificación de una reunión podrá enviarse por escrito mediante notificación, fax, entrega urgente o correo electrónico, etc. la notificación de la reunión incluirá, como mínimo, la hora, el lugar, el método de celebración, los temas que deban debatirse en la reunión, la persona de contacto y los datos de contacto de la Reunión y la fecha de emisión de la notificación de la reunión. En caso de urgencia, la notificación podrá hacerse por teléfono, en cuyo caso incluirá, como mínimo, la hora, el lugar, la forma en que se celebrará la reunión, las cuestiones que deban examinarse y una descripción de la urgencia de convocar la reunión lo antes posible y una notificación por escrito suplementaria a posteriori.
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Artículo 14 las reuniones del Comité de nombramientos sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros.
Artículo 15 los miembros del Comité de nombramientos podrán asistir a la reunión en persona o encomendar a otros miembros que asistan a la reunión en su nombre y ejerzan su derecho de voto. Un miembro podrá delegar el ejercicio del derecho de voto en nombre de uno de los demás miembros cada vez, y la delegación del derecho de voto en nombre de dos o más personas será nula y sin valor.
Artículo 16 cuando un miembro del Comité de nombramientos encomiende a otros miembros que asistan a la reunión y ejerzan su derecho de voto, presentará un poder notarial al Presidente de la reunión. El poder notarial se entregará al Presidente de la reunión a más tardar antes de la reunión.
Artículo 17 el poder notarial incluirá, como mínimo, lo siguiente:
Nombre del cliente;
Ii) el nombre del cliente;
Iii) Cuestiones relativas a la delegación de Poderes;
Iv) Instrucciones para el ejercicio del derecho de voto sobre los temas de la reunión (consentimiento, oposición, abstención) y una indicación de si el obligado principal puede votar a su propia voluntad sin instrucciones específicas;
V) el plazo para la delegación de autoridad;
Fecha de firma del poder notarial.
El poder notarial será firmado por el obligado principal y el obligado principal.
Artículo 18 si un miembro del Comité de nombramientos no asiste a la reunión en persona ni encomienda a otros miembros que asistan a la reunión en su nombre, se considerará que no asiste a la reunión pertinente. Si un miembro del Comité no asiste a dos reuniones consecutivas, se considerará que no puede desempeñar debidamente sus funciones. El Consejo de Administración podrá destituir a sus miembros.
Artículo 19 la reunión del Comité de nombramientos podrá adoptar la forma de una reunión sobre el terreno o de una reunión sobre el terreno mediante votación por correspondencia.
A menos que se disponga otra cosa en los estatutos o en el presente reglamento, el Comité, con sujeción a la plena expresión de las opiniones de los miembros, podrá adoptar una resolución por votación por correspondencia y ser firmado por los miembros participantes.
Artículo 20 el método de votación de las reuniones del Comité de nombramientos será la votación a mano alzada o la votación. Si se adopta el método de votación por correspondencia, se considerará que los miembros del Comité han asistido a la reunión pertinente y han convenido en el contenido de la resolución.
Artículo 21 cuando sea necesario, el Comité de nombramientos podrá invitar a los directores, supervisores y altos directivos de la sociedad a asistir a la reunión sin derecho a voto.
Artículo 22 el Comité de nombramientos podrá, cuando sea necesario, contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones.
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Ver, los gastos son pagados por la empresa.
Artículo 23 el procedimiento de convocación de la reunión del Comité de nombramientos, el método de votación y las propuestas aprobadas en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes, los estatutos y el presente reglamento.
Artículo 24 las sesiones del Comité de nombramientos llevarán un acta y los miembros presentes firmarán el acta; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión.
Artículo 25 las propuestas y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de nombramientos se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la sociedad.
Artículo 26 el acta de la reunión del Comité de nombramientos incluirá, como mínimo, los siguientes elementos: fecha, lugar y nombre del convocante de la reunión; Se indicarán especialmente los nombres de los participantes en la reunión que hayan sido autorizados a asistir a ella; Programa de la reunión; Puntos principales de las declaraciones de los miembros; El método de votación y el resultado de cada resolución o propuesta; Otras cuestiones que se describirán y registrarán en el acta.
Artículo 27 todos los miembros presentes en la reunión tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las cuestiones debatidas en la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.
Capítulo VI Disposiciones complementarias
Artículo 28 las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos promulgados posteriormente por el Estado o los Estatutos de la sociedad modificados por procedimientos legales, se aplicarán las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes del Estado y los Estatutos de la sociedad, y se modificarán inmediatamente para su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 29 el término "arriba" mencionado en el presente reglamento incluye este número; "Over", "Lower", excluding this number. Artículo 30 el derecho de interpretación del presente reglamento será atribuido al Consejo de Administración de la sociedad.
Artículo 31 el presente reglamento entrará en vigor en la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
15 de abril de 2022