Guangzhou Tech-Long Packaging Machinery Co.Ltd(002209)
Reglamento interno del Comité de auditoría de la Junta
(revisado en 2022)
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de garantizar la supervisión efectiva de la dirección por el Consejo de Administración y mejorar la estructura de gobierno corporativo, el Comité de auditoría del Consejo de Administración se establecerá de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China y las disposiciones de los estatutos (en lo sucesivo denominados "los estatutos") y otras leyes y reglamentos pertinentes, y se formularán estas normas.
Artículo 2 El Comité de auditoría del Consejo de Administración es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con las resoluciones de la Junta General de accionistas y se encarga principalmente de la comunicación, la supervisión y la verificación de la auditoría interna y externa de la empresa.
Capítulo II Composición del personal
Artículo 3 El Comité de auditoría estará integrado por tres directores, la mayoría de los cuales serán directores independientes, y al menos uno de los directores independientes será un contable profesional.
Artículo 4 los miembros del Comité de auditoría serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.
Artículo 5 El Comité de auditoría tendrá un Presidente, que será nombrado por un director independiente y será responsable de presidir la labor del Comité; El Presidente será elegido en el seno de los miembros y presentado al Consejo de Administración para su aprobación.
Artículo 6 El Comité de auditoría estará integrado por tres o más miembros del Consejo de administración nombrados por el Consejo de Administración, y el Presidente será un profesional contable. Los miembros del Comité de auditoría serán diligentes y responsables, supervisarán y evaluarán eficazmente la labor de auditoría interna y externa de las empresas que cotizan en bolsa, promoverán el establecimiento de un control interno eficaz y proporcionarán informes financieros auténticos, exactos y completos.
Los miembros del Comité de Auditoría tendrán los conocimientos especializados y la experiencia comercial necesarios para desempeñar sus funciones.
Artículo 7 el mandato del Comité de auditoría será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la empresa durante el período mencionado, perderá automáticamente su condición de miembro y el Comité, de conformidad con los artículos 3 a 6 supra, completará el número de miembros.
Artículo 8 cuando el número de miembros del Comité sea inferior a dos tercios del número prescrito, el Consejo de Administración de la sociedad añadirá oportunamente nuevos miembros. Cuando el número de miembros del Comité sea inferior a las dos terceras partes del número prescrito, el Comité suspenderá el ejercicio de sus facultades en virtud del presente reglamento.
Capítulo III responsabilidades y competencias
Artículo 9 Funciones y competencias principales del Comité de auditoría:
Supervisar y evaluar la labor de auditoría externa y proponer la contratación o sustitución de una institución de auditoría externa;
Supervisar y evaluar la labor de auditoría interna y coordinar la auditoría interna y la auditoría externa;
Examinar la información financiera de la empresa y su divulgación;
Supervisar y evaluar el control interno de la empresa;
Ser responsable de las leyes y reglamentos, los estatutos y otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.
Artículo 10 el Comité de Auditoría examinará los informes financieros y contables de las empresas que cotizan en bolsa, formulará observaciones sobre la autenticidad, exactitud e integridad de los informes financieros y contables, prestará especial atención a los principales problemas contables y de auditoría de los informes financieros y contables de las empresas, prestará especial atención a la posibilidad de fraude, fraude y inexactitudes importantes relacionados con los informes financieros y contables, y supervisará la rectificación de los problemas de los informes financieros y contables.
El Comité de auditoría formulará recomendaciones al Consejo de Administración sobre la contratación o sustitución de una institución de auditoría externa, examinará los gastos de auditoría y las condiciones de contratación de la institución de auditoría externa y no se verá afectado indebidamente por los principales accionistas, los controladores reales o los directores, supervisores y altos directivos de las empresas que cotizan en bolsa.
El Comité de auditoría instará a las instituciones de auditoría externa a que sean honestos y fieles, diligentes y responsables, a que cumplan estrictamente las normas comerciales y las normas de autorregulación de la industria, a que apliquen estrictamente el sistema de control interno, a que verifiquen y verifiquen los informes financieros y contables de las empresas, a que cumplan sus obligaciones de prestar especial atención y a que emitan opiniones profesionales con prudencia.
Artículo 11 al supervisar y evaluar la labor del Departamento de auditoría interna, el Comité de auditoría desempeñará las siguientes funciones principales:
Orientar y supervisar el establecimiento y la aplicación del sistema de auditoría interna;
Revisar el plan de trabajo anual de auditoría interna de la empresa;
Supervisar la aplicación del plan de auditoría interna de la empresa;
Orientar el funcionamiento eficaz del Departamento de auditoría interna. El Departamento de auditoría interna de la empresa informará al Comité de auditoría, y los informes de auditoría presentados por el Departamento de auditoría interna a la dirección, el plan de rectificación y la situación de rectificación de los problemas de auditoría se presentarán al Comité de auditoría al mismo tiempo.
Informar al Consejo de Administración sobre el progreso, la calidad y los principales problemas detectados en la auditoría interna;
Coordinar las relaciones entre los departamentos de auditoría interna y las empresas contables, las instituciones nacionales de auditoría y otras entidades de auditoría externa.
Artículo 12 El Comité de auditoría supervisará al Departamento de auditoría interna para que realice al menos una inspección semestral de las siguientes cuestiones, emita un informe de inspección y lo presente al Comité de auditoría. En caso de que la inspección revele que una empresa que cotiza en bolsa ha violado las leyes y reglamentos o ha operado de manera irregular, informará sin demora a la bolsa:
La aplicación de acontecimientos importantes como el uso de los fondos recaudados por la empresa, la garantía, las transacciones con partes vinculadas, la inversión en valores y las transacciones de derivados, la prestación de apoyo financiero, la compra o venta de activos y la inversión extranjera;
Ii) los grandes flujos de capital de la empresa y los flujos de capital con los directores, supervisores, altos directivos, accionistas controladores, controladores reales y sus partes vinculadas.
El Comité de auditoría emitirá una opinión escrita sobre la evaluación de la eficacia del control interno de la empresa sobre la base del informe de auditoría interna presentado por el Departamento de auditoría interna y la información pertinente, e informará al Consejo de Administración. Si el Comité de auditoría considera que el control interno de la empresa adolece de defectos o riesgos importantes, o si el patrocinador, el asesor financiero independiente o la empresa contable señalan que la eficacia del control interno de la empresa adolece de defectos importantes, informará oportunamente al Consejo de Administración y el Consejo de Administración informará al respecto a la Bolsa de Shenzhen y lo revelará. En el anuncio público, la sociedad revelará los defectos o riesgos importantes existentes en el control interno, las consecuencias que se hayan producido o puedan producirse y las medidas adoptadas o previstas.
Artículo 13 El Comité de auditoría será responsable ante el Consejo de Administración y sus propuestas se presentarán al Consejo de Administración para su examen y decisión. Artículo 14 la sociedad proporcionará al Comité de auditoría las condiciones de trabajo necesarias y asignará personal u organismos especializados para llevar a cabo las tareas cotidianas del Comité de auditoría, como el enlace de trabajo, la Organización de reuniones, la preparación de materiales y la gestión de archivos. En el desempeño de sus funciones, la dirección de la empresa que cotiza en bolsa y los departamentos pertinentes cooperarán.
Si el Comité de auditoría lo considera necesario, podrá contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional y los gastos conexos correrán a cargo de la empresa.
Artículo 15 cuando una sociedad contrate o sustituya a una institución de auditoría externa, el Comité de auditoría formará una opinión deliberativa y presentará una propuesta al Consejo de Administración antes de que el Consejo de Administración examine las propuestas pertinentes.
Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones
Artículo 16 la Oficina del Secretario del Consejo de Administración y el Departamento de auditoría interna se encargarán de los preparativos previos a la adopción de decisiones por el Comité de auditoría y de proporcionar a la empresa información escrita pertinente:
Informes financieros pertinentes de la empresa;
Informes de trabajo de las instituciones de auditoría interna y externa;
Contratos de auditoría externa e informes de trabajo conexos;
Iv) Divulgación de información por la empresa;
Informe de auditoría de las principales transacciones conexas de la empresa;
Otras cuestiones pertinentes.
Artículo 17 el Comité de Auditoría examinará el informe presentado en su reunión y presentará al Consejo de Administración, para su examen, las resoluciones escritas pertinentes:
Evaluación de la labor de las instituciones de auditoría externa, contratación y sustitución de las instituciones de auditoría externa;
Ii) Si el sistema de auditoría interna de la empresa se ha aplicado efectivamente y si los informes financieros de la empresa son completos y verdaderos; Iii) Si los informes financieros y otra información divulgada por la empresa son objetivos y verdaderos, y si las transacciones importantes con partes vinculadas de la empresa se ajustan a las leyes y reglamentos pertinentes;
Evaluación del trabajo del Departamento Financiero y del Departamento de auditoría de la empresa, incluida su persona responsable;
Otras cuestiones pertinentes.
Capítulo V Reglamento interno
Artículo 18 las reuniones del Comité de auditoría se dividirán en reuniones ordinarias y reuniones provisionales, que se celebrarán al menos cuatro veces al a ño; El Comité de auditoría convocará una reunión provisional cuando se produzcan cuestiones que requieran el examen o la opinión del Comité de auditoría en virtud de las leyes y reglamentos, los documentos normativos, los estatutos y el presente reglamento, o a propuesta de los miembros. La notificación de la reunión se notificará a todos los miembros cinco días antes de la celebración de la reunión.
Artículo 19 la notificación de una reunión podrá enviarse por escrito mediante notificación, fax, entrega urgente o correo electrónico, etc. la notificación de la reunión incluirá, como mínimo, la hora, el lugar, el método de celebración, los temas que deban debatirse en la reunión, la persona de contacto y los datos de contacto de la Reunión y la fecha de emisión de la notificación de la reunión. En caso de urgencia, la notificación podrá hacerse por teléfono, en cuyo caso incluirá, como mínimo, la hora, el lugar, la forma en que se celebrará la reunión, las cuestiones que deban examinarse y una descripción de la urgencia de convocar la reunión lo antes posible y una notificación por escrito suplementaria a posteriori.
Artículo 20 las reuniones del Comité de auditoría serán convocadas y presididas por el Presidente. Cuando el Presidente no pueda o no pueda desempeñar sus funciones, será convocado o presidido por otros miembros.
Artículo 21 las reuniones del Comité de auditoría sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros.
Artículo 22 los miembros del Comité de auditoría podrán asistir a la reunión en persona o encomendar a otros miembros que asistan a la reunión en su nombre y ejerzan su derecho de voto. Un miembro podrá delegar el ejercicio del derecho de voto en nombre de uno de los demás miembros cada vez, y la delegación del derecho de voto en nombre de dos o más personas será nula y sin valor.
Artículo 23 cuando un miembro del Comité de auditoría encomiende a otros miembros que asistan a la reunión y ejerzan el derecho de voto en su nombre, presentará un poder notarial al Presidente de la reunión. El poder notarial se entregará al Presidente de la reunión a más tardar antes de la reunión.
Artículo 24 el poder notarial incluirá, como mínimo, lo siguiente:
Nombre del cliente;
Ii) el nombre del cliente;
Iii) Cuestiones relativas a la delegación de Poderes;
Iv) Instrucciones para el ejercicio del derecho de voto sobre los temas de la reunión (consentimiento, oposición, abstención) y una indicación de si el obligado principal puede votar a su favor si no se dan instrucciones específicas;
V) el plazo para la delegación de autoridad;
Fecha de firma del poder notarial.
El poder notarial será firmado por el obligado principal y el obligado principal.
Artículo 25 si un miembro del Comité de auditoría no asiste a la reunión en persona ni encomienda a otros miembros que asistan a la reunión en su nombre, se considerará que no asiste a la reunión pertinente. Si un miembro del Comité no asiste a dos reuniones consecutivas, se considerará que no puede desempeñar debidamente sus funciones. El Consejo de Administración podrá destituir a sus miembros.
Artículo 26 las reuniones del Comité de auditoría podrán adoptar la forma de una reunión sobre el terreno o de una reunión sobre el terreno mediante votación por correspondencia. A menos que se disponga otra cosa en los estatutos o en el presente reglamento, el Comité, con sujeción a la plena expresión de las opiniones de los miembros, podrá adoptar una resolución por votación por correspondencia y ser firmado por los miembros participantes.
Artículo 27 el método de votación de las reuniones del Comité de auditoría será la votación a mano alzada o la votación. Si se adopta el método de votación por correspondencia, se considerará que los miembros del Comité han asistido a la reunión pertinente y han convenido en el contenido de la resolución.
Artículo 28 El Director del Departamento de auditoría podrá asistir a las reuniones del Comité de auditoría sin derecho a voto y, de ser necesario, podrá invitar a los directores, supervisores y otros altos directivos de la empresa a asistir a las reuniones sin derecho a voto.
Artículo 29 los procedimientos para la celebración de las reuniones del Comité de auditoría, los métodos de votación y las propuestas aprobadas en las reuniones se ajustarán a las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes, los estatutos y las presentes Normas.
Artículo 30 se levantarán actas de las reuniones del Comité de auditoría y los miembros presentes firmarán las actas; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión.
Artículo 31 los proyectos de ley y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de auditoría se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la sociedad.
Artículo 32 el acta de la Junta de Auditores incluirá, como mínimo, los siguientes elementos: fecha, lugar y nombre del convocante de la reunión; Se indicarán especialmente los nombres de los participantes en la reunión que hayan sido autorizados a asistir a ella; Programa de la reunión; Puntos principales de las declaraciones de los miembros; El método de votación y el resultado de cada resolución o propuesta; Otras cuestiones que se describirán y registrarán en el acta.
Artículo 33 todos los miembros presentes en la reunión tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las cuestiones debatidas en la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.
Capítulo VI Disposiciones complementarias
Artículo 34 las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de que estas normas entren en conflicto con las leyes y reglamentos promulgados posteriormente por el Estado o los Estatutos de la sociedad modificados por procedimientos legales, se aplicarán las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes del Estado y los Estatutos de la sociedad, y se modificarán inmediatamente para su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 35 el término "arriba" mencionado en el presente reglamento incluye este número; "Over", "Lower", excluding this number.
Artículo 36 el derecho de interpretación del presente reglamento será atribuido al Consejo de Administración de la sociedad.
Artículo 37 el presente reglamento entrará en vigor en la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
15 de abril de 2022