Elite Color Environmental Resources Science&Technology Co.Ltd(002998) : sistema de trabajo de la Junta de Auditores (abril de 2022)

Elite Color Environmental Resources Science&Technology Co.Ltd(002998)

Finanzas de la Junta y sistema de trabajo del Comité de auditoría

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 con el fin de fortalecer la función de adopción de decisiones del Consejo de Administración de Elite Color Environmental Resources Science&Technology Co.Ltd(002998) (en lo sucesivo denominada “la empresa”), realizar auditorías previas y profesionales, garantizar la supervisión efectiva del Consejo de Administración a los altos directivos y seguir mejorando la estructura de gobernanza empresarial, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China, las normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa, las normas básicas de control interno de las empresas, El Consejo de Administración de la empresa establecerá el Comité de Finanzas y auditoría (en adelante, el “Comité de auditoría”) y formulará el presente sistema de trabajo de conformidad con las normas de cotización de las acciones de la bolsa de Shenzhen (en adelante denominadas “las normas de cotización”), los estatutos (en adelante denominados “los estatutos”) y otras leyes, reglamentos y documentos normativos.

Artículo 2 El Comité de auditoría es un Comité Especial establecido en virtud del Consejo de Administración, que es responsable ante el Consejo de Administración e informa sobre su labor al Consejo de Administración.

Artículo 3 el Departamento de auditoría interna establecido por la sociedad será responsable ante el Comité de Auditoría e informará de su labor al Comité de auditoría.

Artículo 4 los miembros del Comité de auditoría garantizarán el tiempo y la energía suficientes para desempeñar las funciones y responsabilidades del Comité, ejercerán la diligencia debida, supervisarán eficazmente la auditoría externa de las empresas que cotizan en bolsa, orientarán la labor de auditoría interna de las empresas, promoverán el establecimiento de un control interno eficaz y proporcionarán informes financieros auténticos, exactos y completos.

Artículo 5 la empresa proporcionará al Comité de auditoría las condiciones de trabajo necesarias y asignará personal u organismos especializados para llevar a cabo las tareas cotidianas del Comité de auditoría, como el enlace de trabajo, la Organización de reuniones, la preparación de materiales y la gestión de archivos.

Artículo 6 en el desempeño de sus funciones, la dirección de la empresa y los departamentos pertinentes cooperarán.

Capítulo II Composición de la Junta de Auditores

Artículo 7 los miembros del Comité de auditoría serán nombrados por el Consejo de Administración entre los miembros del Consejo de Administración y estarán compuestos por tres o más miembros.

Artículo 8 los miembros del Comité de auditoría serán, en principio, independientes de las actividades cotidianas de gestión de la empresa. Los miembros del Comité de auditoría del director independiente representarán más de la mitad del número total de miembros del Comité de auditoría.

Artículo 9 todos los miembros del Comité de Auditoría tendrán los conocimientos especializados y la experiencia comercial necesarios para desempeñar las funciones y responsabilidades del Comité de auditoría.

Artículo 10 el Comité de auditoría tendrá un coordinador, que será nombrado por un director independiente y será responsable de presidir la labor del Comité. El Coordinador del Comité de auditoría debe tener experiencia profesional en contabilidad o gestión financiera.

Artículo 11 la sociedad organizará a los miembros del Comité de auditoría para que participen en la capacitación pertinente a fin de que puedan adquirir oportunamente los conocimientos especializados necesarios en materia de derecho, contabilidad y normas de supervisión de las empresas que cotizan en bolsa para desempeñar sus funciones.

Artículo 12 el Consejo de Administración de la sociedad llevará a cabo una evaluación periódica de la independencia y el desempeño de las funciones de los miembros del Comité de auditoría y, en caso necesario, podrá sustituir a los miembros que no sean adecuados para seguir desempeñando sus funciones.

Capítulo III responsabilidades de la Junta de Auditores

Artículo 13 las funciones del Comité de auditoría serán las siguientes:

Supervisar y evaluar la labor de las instituciones de auditoría externa y proponer la contratación o sustitución de las instituciones de auditoría externa; Supervisar y evaluar la labor de auditoría interna y coordinar la auditoría interna y la auditoría externa;

Examinar la información financiera de la empresa y su divulgación;

Supervisar y evaluar el control interno de la empresa;

Coordinar la comunicación entre la administración, el Departamento de auditoría interna y los departamentos pertinentes y las instituciones de auditoría externa;

Ser responsable de las leyes y reglamentos, los estatutos y otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.

Artículo 14 las responsabilidades de la Junta de Auditores en la supervisión y evaluación de la labor de las instituciones de auditoría externa incluirán, como mínimo, los siguientes aspectos:

Evaluar la independencia y profesionalidad de las instituciones de auditoría externa, en particular la influencia de la prestación de servicios no de auditoría por las instituciones de auditoría externa en su independencia;

Presentar propuestas al Consejo de Administración sobre la contratación o sustitución de auditores externos;

Examinar los gastos de auditoría y las condiciones de empleo de las instituciones de auditoría externa;

Examinar y comunicar el alcance de la auditoría, el plan de auditoría, los métodos de auditoría y las cuestiones importantes detectadas en la auditoría con las instituciones de auditoría externas;

Supervisar y evaluar la diligencia y la diligencia de los auditores externos.

El Comité de auditoría celebrará al menos una reunión anual de comunicación separada con el auditor externo sin la participación de la administración. El Secretario del Consejo de Administración podrá asistir a la reunión sin derecho a voto.

Artículo 15 las responsabilidades del Comité de auditoría en la dirección de la auditoría interna incluirán, como mínimo, los siguientes aspectos:

Revisar el plan de trabajo anual de auditoría interna de la empresa;

Supervisar la aplicación del plan de auditoría interna de la empresa;

Examinar los informes de auditoría interna, evaluar los resultados de la auditoría interna e instar a que se rectifiquen los principales problemas;

Orientar el funcionamiento eficaz del Departamento de auditoría interna.

El Departamento de auditoría interna de la empresa informará al Comité de auditoría. Los diversos informes de auditoría presentados por el Departamento de auditoría interna a la administración, el plan de rectificación de los problemas de auditoría y la situación de la rectificación se presentarán simultáneamente a la Junta de Auditores.

Artículo 16 las funciones del Comité de auditoría para examinar los informes financieros de la sociedad y expresar sus opiniones al respecto incluirán, como mínimo, los siguientes aspectos:

Examinar los informes financieros de la empresa y formular observaciones sobre la autenticidad, exhaustividad y exactitud de los informes financieros;

Prestar especial atención a los principales problemas contables y de auditoría de los informes financieros de las empresas, incluidos los ajustes de los principales errores contables, los cambios importantes en las políticas y estimaciones contables, las cuestiones relativas a los juicios contables importantes y las cuestiones que dan lugar a informes de auditoría no estándar sin reservas;

Prestar especial atención a la posibilidad de fraude, fraude y inexactitudes significativas relacionadas con los informes financieros;

Supervisar la rectificación de los problemas de presentación de informes financieros.

Artículo 17 las responsabilidades del Comité de auditoría para evaluar la eficacia del control interno incluirán, como mínimo, los siguientes aspectos: i) evaluar la idoneidad del diseño del sistema de control interno de la empresa;

Ii) examinar el informe de autoevaluación del control interno;

Examinar el informe de auditoría del control interno emitido por la institución de auditoría externa y comunicarse con la institución de auditoría externa sobre los problemas encontrados y los métodos de mejora;

Evaluar los resultados de la evaluación y auditoría del control interno e instar a la rectificación de los defectos del control interno.

Artículo 18 las responsabilidades del Comité de auditoría en la coordinación de la comunicación entre la administración, el Departamento de auditoría interna y los departamentos pertinentes y las instituciones de auditoría externa incluyen:

Coordinar la comunicación entre la administración y las instituciones de auditoría externa sobre cuestiones importantes de auditoría;

Coordinar la comunicación entre el Departamento de auditoría interna y la Organización de auditoría externa y la cooperación con la labor de auditoría externa. Artículo 19 el Comité de auditoría informará al Consejo de Administración y formulará recomendaciones sobre las medidas o mejoras que considere necesarias.

Artículo 20 si el Comité de auditoría lo considera necesario, podrá contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional y los gastos conexos correrán a cargo de la empresa.

Artículo 21 cuando una sociedad contrate o sustituya a una entidad de auditoría externa, el Comité de auditoría formará una opinión deliberativa y presentará una propuesta al Consejo de Administración antes de que el Consejo de Administración examine las propuestas pertinentes.

Capítulo IV reuniones de la Junta de Auditores

Artículo 22 las reuniones del Comité de auditoría se dividen en reuniones periódicas y reuniones provisionales.

Convocada y presidida por el Coordinador del Comité de auditoría.

Cuando el Coordinador del Comité de auditoría no pueda o se niegue a desempeñar sus funciones, designará a un director independiente para que desempeñe sus funciones en su nombre.

Artículo 23 el Comité de auditoría podrá convocar reuniones provisionales según sea necesario. Cuando dos o más miembros de la Junta de Auditores lo propongan, o cuando el Coordinador de la Junta lo considere necesario, podrá convocarse una reunión provisional.

Artículo 24 las reuniones del Comité de auditoría sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros.

Artículo 25 las opiniones deliberativas del Comité de auditoría al Consejo de Administración serán aprobadas por la mayoría de los miembros del Comité. En caso de que no pueda formarse una opinión deliberativa efectiva debido a la retirada de los miembros del Comité de auditoría, el Consejo de Administración examinará directamente las cuestiones pertinentes.

Artículo 26 los miembros del Comité de auditoría asistirán personalmente a la reunión y expresarán opiniones claras sobre las cuestiones examinadas. Cuando un miembro no pueda asistir a la reunión en persona por alguna razón, podrá presentar un poder notarial firmado por el miembro y encomendar a otros miembros que asistan a la reunión y expresen sus opiniones en su nombre. El poder notarial debe especificar el alcance y la duración de la autorización. Cada miembro podrá ser nombrado por un miembro como máximo. Si un miembro del Consejo de administración independiente no puede asistir a la reunión en persona por alguna razón, se confiará a otro miembro del Consejo de administración independiente que asista a la reunión en su nombre.

Artículo 27 cuando el Comité de auditoría lo considere necesario, podrá invitar a los representantes de las instituciones de auditoría externa, los supervisores de las empresas, los auditores internos, el personal financiero, los asesores jurídicos y otras personas pertinentes a asistir a las reuniones del Comité sin derecho a voto y a proporcionar la información necesaria.

Artículo 28 se levantarán actas de las reuniones del Comité de auditoría. Los miembros y otras personas presentes en la reunión firmarán el acta de la reunión del Comité. Las actas de las reuniones serán mantenidas adecuadamente por la persona u organismo responsable del trabajo diario. Artículo 29 las opiniones de deliberación aprobadas en la reunión del Comité de auditoría se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la sociedad.

Artículo 30 todo el personal que asista a la reunión tendrá la obligación de mantener la confidencialidad de las deliberaciones de la reunión y no revelará la información pertinente sin autorización.

Artículo 31 los miembros del Comité de auditoría que tengan algún interés en las cuestiones examinadas en la reunión se retirarán.

Artículo 32 los procedimientos de convocatoria, los métodos de votación y las propuestas aprobadas en la reunión del Comité de auditoría se ajustarán a las disposiciones de las leyes, reglamentos, estatutos y este sistema de trabajo.

Capítulo V divulgación de información

Artículo 33 la sociedad revelará la situación del personal del Comité de auditoría, incluida la composición del personal, los antecedentes profesionales, la experiencia laboral en un plazo de cinco a ños y los cambios en el personal del Comité de auditoría.

Artículo 34 la sociedad revelará el desempeño anual del Comité de auditoría en el sitio web de la bolsa de Shenzhen al mismo tiempo que el informe anual, incluido principalmente el desempeño de sus funciones y la convocación de la reunión del Comité de auditoría.

Artículo 35 cuando una cuestión importante descubierta por el Comité de auditoría en el desempeño de sus funciones afecte a las normas de divulgación de información establecidas en las normas de inclusión en la lista, la sociedad revelará oportunamente esas cuestiones y su rectificación.

Si el Consejo de Administración no lo aprueba, la sociedad revelará el asunto y expondrá plenamente las razones.

Artículo 37 la sociedad revelará las opiniones especiales emitidas por el Comité de auditoría sobre cuestiones importantes de la sociedad de conformidad con las disposiciones de las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales, las normas de inclusión en la lista y los documentos normativos pertinentes.

Capítulo VI Disposiciones complementarias

Artículo 38 las cuestiones no reguladas por el presente sistema de trabajo se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos, normas departamentales, documentos normativos, normas de inclusión en la lista y estatutos pertinentes del Estado.

Artículo 39 el presente sistema de trabajo entrará en vigor en la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración.

Artículo 40 el Consejo de Administración de la sociedad será responsable de la interpretación y modificación de este sistema de trabajo.

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