Lanzhou Lishang Guochao Industrial Group Co.Ltd(600738)
Sistema de registro de personas con información privilegiada
(revisado en abril de 2022)
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 a fin de seguir normalizando la gestión de la información privilegiada de Lanzhou Lishang Guochao Industrial Group Co.Ltd(600738) (en lo sucesivo denominada “la empresa”), fortalecer la labor de confidencialidad de la información privilegiada, salvaguardar los principios de apertura, equidad e imparcialidad de la divulgación de información y proteger los derechos e intereses legítimos de los inversores, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo denominado “el derecho de sociedades”), la Ley de valores de la República Popular China (en lo sucesivo denominada “la Ley de valores”), Las normas de la bolsa de valores de Shanghai para la cotización en bolsa, las directrices de la bolsa de valores de Shanghai para la autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa no. 2 – gestión de la divulgación de información, las directrices para la supervisión de las empresas que cotizan en bolsa no. 5 – sistema de gestión del registro de personas con información privilegiada de las empresas que cotizan en bolsa y otras leyes y reglamentos, as í como las disposiciones pertinentes de los estatutos Lanzhou Lishang Guochao Industrial Group Co.Ltd(600738) (en adelante, los Estatutos de las empresas), se formulan teniendo en cuenta Artículo 2 el órgano de gestión de la información privilegiada de la sociedad será el Consejo de Administración de la sociedad y el Presidente será la primera persona responsable de la gestión de la información privilegiada de la sociedad. El Consejo de Administración de la sociedad, de conformidad con las normas pertinentes, registrará y presentará oportunamente los archivos de información privilegiada de las personas con información privilegiada y garantizará la autenticidad, exactitud y exhaustividad de los archivos de información privilegiada de las personas con información privilegiada. El Secretario del Consejo de Administración se encarga de organizar el registro y la presentación de información privilegiada. El Presidente del Consejo de Administración y el Secretario del Consejo de Administración firmarán por escrito un dictamen de confirmación de la autenticidad, exactitud y exhaustividad de los archivos de información privilegiada.
La Junta de supervisores supervisará la aplicación del sistema de gestión del registro de personas con información privilegiada.
Artículo 3 sin la aprobación o autorización del Consejo de Administración, ningún departamento o persona de la empresa podrá divulgar, informar o transmitir al mundo exterior información privilegiada sobre la empresa y el contenido de la divulgación de información. En caso de que sea necesario transmitir o divulgar información pertinente al público debido a la producción, el funcionamiento, la publicidad, etc., la información pertinente se comunicará al Consejo de Administración o al Secretario del Consejo de Administración con antelación para su examen y aprobación antes de que pueda transmitirse o transmitirse al público.
Artículo 4 el presente sistema se aplicará a la sociedad y a sus filiales de propiedad total, a las filiales de propiedad total (denominadas colectivamente “filiales”), a las sucursales y a las sociedades de participación en el capital que puedan ejercer una influencia significativa en ellas.
Artículo 5 la información privilegiada a que se refiere el presente sistema se refiere a la información relativa a las operaciones y Finanzas de las empresas que cotizan en bolsa o a los precios de las acciones y derivados de las empresas que cotizan en bolsa que no se ha divulgado públicamente en el sitio web de la bolsa de valores de Shanghai ni En los medios de comunicación que cumplen las condiciones establecidas por la c
Artículo 6 las personas con información privilegiada a que se refiere el presente sistema se refieren a las personas pertinentes especificadas en la Ley de valores.
Capítulo II Gestión del registro de personas con información privilegiada
Artículo 7 la sociedad registrará fielmente y de manera completa la lista de todas las personas con información privilegiada en todos los vínculos, como el informe, la transmisión, la preparación, el examen y la divulgación de información privilegiada antes de su publicación, as í como los archivos pertinentes, como el contenido y la hora en que las personas Con información privilegiada conozcan la información privilegiada, a fin de que la sociedad pueda examinarla por sí misma y las autoridades reguladoras la investiguen. Artículo 8 los archivos de información privilegiada incluirán:
Nombre o nombre, número de documento de identidad o código unificado de crédito social;
La unidad, el Departamento, el cargo o el puesto (en su caso) en que se encuentre y la relación con la empresa;
El momento, la forma y el lugar de conocer la información privilegiada;
El contenido y la etapa de la información privilegiada;
Otra información, como el tiempo de registro, el solicitante de registro, etc.
El plazo para conocer la información privilegiada previsto en el párrafo anterior se refiere a la primera vez que la persona que conoce la información privilegiada conoce o debe conocer la información privilegiada. Los medios de información privilegiada previstos en el párrafo anterior incluyen, entre otras cosas, conversaciones, llamadas telefónicas, faxes, informes escritos, correo electrónico, etc. La información privilegiada se encuentra en una etapa que incluye la planificación de la consulta, la demostración y la consulta, la celebración de contratos, el informe interno de la empresa, la transmisión, la preparación, la resolución, etc.
Artículo 9 cuando se produzcan las siguientes cuestiones, la sociedad presentará la información privilegiada sobre los archivos de las personas con información privilegiada de conformidad con las disposiciones del presente sistema:
Reorganización de activos importantes;
Una alta proporción de acciones transferidas;
Cambios en los derechos e intereses que den lugar a cambios en el controlador real o en el primer accionista mayoritario;
La oferta de adquisición;
Emisión de valores;
Fusión, escisión o escisión de la lista;
Recompra de acciones;
Otras cuestiones exigidas por la Comisión Reguladora de valores de China y la bolsa de Shanghai que puedan tener una influencia significativa en el precio de mercado de las acciones de la empresa y sus derivados.
Artículo 10 la sociedad, de conformidad con el ámbito de aplicación de la información privilegiada a que se refiere la Ley de valores y sobre la base de la difusión real de la información privilegiada, rellenará los archivos de la información privilegiada a que se refiere la información y los presentará a la bolsa de Shanghai.
En caso de que se produzcan las cuestiones enumeradas en el artículo 8 del presente sistema, la información privilegiada presentada por la Empresa incluirá al menos a las siguientes personas:
La empresa y sus directores, supervisores y altos directivos;
El accionista mayoritario, el primer accionista mayoritario y el controlador real de la sociedad, as í como sus directores, supervisores y altos directivos;
El adquirente de la sociedad o la parte que comercia con activos importantes, as í como sus accionistas controladores, controladores reales, directores, supervisores y altos directivos (en su caso);
Los accionistas proponentes de las cuestiones pertinentes y sus directores, supervisores y altos directivos (en su caso);
Prestar servicios a esta cuestión, as í como a las instituciones profesionales pertinentes y a sus representantes legales y administradores (en su caso) que participen en la consulta, formulación y demostración del presente programa;
El Departamento Administrativo que haya recibido la información presentada por la empresa y su personal encargado (en su caso); El cónyuge, los hijos y los padres de las personas físicas mencionadas en los apartados i) a VI) supra;
Otras personas que tengan acceso directo o indirecto a información privilegiada, as í como a sus cónyuges, hijos y padres.
Artículo 11 en caso de adquisición, reorganización de activos importantes, emisión de valores, fusión, escisión, escisión y recompra de acciones, la sociedad, además de rellenar los archivos de información privilegiada de la sociedad, elaborará un memorando sobre el curso de las cuestiones importantes. En el memorando sobre el proceso de las cuestiones importantes se registrarán de manera veraz, exacta y completa todos los vínculos y progresos concretos de las cuestiones importantes, incluidos el momento, el lugar, las instituciones participantes y el personal de la demostración del programa, la negociación de contactos, la formación de la intención pertinente, la adopción de Las resoluciones pertinentes, la firma de los acuerdos pertinentes, el cumplimiento de los procedimientos de solicitud y aprobación, etc. La empresa instará a las personas pertinentes que participen en el memorando a que firmen y confirmen el memorando.
Artículo 12 dentro de los cinco días siguientes a la primera divulgación pública de información privilegiada de conformidad con la ley, la sociedad presentará los archivos de información privilegiada y el memorando sobre cuestiones importantes a través del sistema de gestión empresarial de la bolsa de Shanghai. En caso de que se produzcan cambios importantes en las cuestiones pertinentes tras la divulgación de las cuestiones importantes, la empresa complementará oportunamente la presentación de los archivos de información privilegiada y el memorando sobre el proceso de las cuestiones importantes.
Artículo 13 al presentar los expedientes de las personas con información privilegiada y los memorandos de procedimiento sobre cuestiones importantes, la empresa emitirá un compromiso escrito para garantizar la veracidad, exactitud y exhaustividad de la información y el contenido de las personas con información privilegiada, e informará a todas las personas con información privilegiada de las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos relativos a las personas con información privilegiada.
Artículo 14 al planificar la reorganización de activos importantes (incluida la emisión de acciones para la compra de activos), la sociedad presentará a la bolsa de Shanghai, en el momento de la primera divulgación de los elementos de la reorganización, un archivo de información privilegiada. La divulgación inicial de las cuestiones de reorganización se refiere a la primera divulgación de la planificación de la reorganización, la divulgación del plan de reorganización o la divulgación del informe de reorganización.
Artículo 15 cuando una sociedad revele por primera vez un elemento importante del plan de reestructuración desde el momento en que se revele el informe de reestructuración hasta el momento en que se revele el ajuste importante o se ponga fin a la reestructuración, o revele por primera vez elementos importantes como los principales indicadores financieros, el valor estimado y los precios previstos de los activos subyacentes que no se revelen en el elemento de reestructuración, deberá presentar un archivo complementario de información privilegiada a las personas que conozcan los cambios importantes del plan de reestructuración o los elementos importantes revelados.
Artículo 16 el Secretario del Consejo de Administración organizará el Centro de gestión de valores de la empresa para que lleve a cabo el registro y la conservación de conformidad con las disposiciones pertinentes, al tiempo que el personal pertinente tenga conocimiento de la información privilegiada. Los archivos de información privilegiada y los memorandos de los principales acontecimientos se conservarán durante al menos diez años a partir de la fecha de registro (incluidas las adiciones y mejoras).
Artículo 17 las personas con información privilegiada cooperarán activamente con la empresa en la presentación de la información privilegiada a las personas con información privilegiada, rellenarán la información pertinente de manera verdadera, exacta y completa y presentarán oportunamente a la empresa los archivos de las personas con información privilegiada a las personas con información privilegiada. Las principales personas responsables de los departamentos, sucursales, filiales y empresas afiliadas de la empresa que puedan ejercer una influencia significativa en ellos cooperarán activamente con la empresa en el registro y registro de personas con información privilegiada e informarán oportunamente al Centro de gestión de valores de la empresa sobre las personas con información privilegiada y los cambios de las personas Con información privilegiada pertinentes.
Artículo 18 los accionistas, los adquirentes, las contrapartes comerciales y las instituciones de servicios intermediarios de la sociedad que tengan información privilegiada cooperarán activamente con la sociedad en la realización de los archivos de información privilegiada e informarán oportunamente a la sociedad de la información privilegiada sobre los acontecimientos importantes ocurridos o previstos y de los cambios en la información privilegiada pertinente. El tiempo de entrega de los archivos completos de información privilegiada no será posterior al tiempo de divulgación pública de la información privilegiada.
Artículo 19 la sociedad reforzará la gestión de la presentación y el uso de información privilegiada. La empresa se negará a presentar los Estados estadísticos anuales de las unidades externas que no estén sujetos a ninguna ley o reglamento. Cuando la sociedad deba presentar la solicitud de conformidad con las leyes y reglamentos, el personal pertinente de la unidad externa que presente la solicitud deberá registrarse como persona con información privilegiada para su referencia. La empresa utilizará la información pertinente presentada como información privilegiada y recordará por escrito al personal pertinente de las unidades externas que la presente información cumpla sus obligaciones de confidencialidad.
Capítulo III Gestión de la confidencialidad y rendición de cuentas de las personas con información privilegiada
Artículo 20 los accionistas controladores, los controladores reales y el personal pertinente de la sociedad mantendrán la confidencialidad de la información material no divulgada de la sociedad cotizada que conozcan, no la divulgarán por adelantado ni utilizarán esa información para realizar operaciones con información privilegiada o manipular el mercado con fines de lucro. En caso de divulgación, se informará inmediatamente a la empresa e instará a la empresa a hacer un anuncio público inmediatamente.
Artículo 21 cuando los accionistas controladores y los controladores reales exijan a la sociedad que proporcione información no divulgada sobre la inversión extranjera, los datos del presupuesto financiero y los datos de las cuentas financieras definitivas en el desempeño de sus funciones estatutarias, registrarán a las personas con información privilegiada y asumirán la obligación de mantener la confidencialidad.
Artículo 22 salvo lo dispuesto en el párrafo anterior, los accionistas controladores y los controladores reales no podrán invocar ni consultar la información financiera o comercial no revelada de la sociedad.
Artículo 23 la persona informada de la información privilegiada de la sociedad será responsable de lo siguiente:
Ser responsable de la confidencialidad de la información privilegiada y no revelarla en ninguna forma antes de su divulgación;
Ii) se adoptarán las medidas necesarias para controlar al mínimo la información privilegiada antes de su divulgación;
No divulgar el contenido de la información privilegiada a otros ni utilizar la información privilegiada para obtener beneficios para sí mismo, sus familiares o otros.
Artículo 24 los conocedores de información no privilegiada se abstendrán conscientemente de solicitar información privilegiada. Las personas que no tengan información privilegiada se convertirán en personas que tengan información privilegiada y estarán sujetas a este sistema.
Artículo 25 en caso de que una person a con información privilegiada cometa cualquiera de los siguientes actos relacionados con la violación de las disposiciones del presente sistema, la empresa, en función de la gravedad de las circunstancias, impondrá a la persona responsable las sanciones correspondientes, como una advertencia, un aviso de crítica, una multa, una degradación, la destitución o el despido; En caso de que se produzcan graves consecuencias en la sociedad y se causen grandes pérdidas a la sociedad, la sociedad podrá exigir que asuma la responsabilidad civil de la indemnización; Toda person a que infrinja las leyes y reglamentos pertinentes del Estado será transferida a un órgano judicial para su tramitación de conformidad con la ley. Los actos conexos incluyen, entre otras cosas:
La información pertinente, como el formulario de registro de personas con información privilegiada, los archivos de personas con información privilegiada, el memorando sobre el curso de los acontecimientos importantes, etc., no se informa, se oculta, se omite, se informa tardíamente, se informa erróneamente;
Divulgar información privilegiada al público antes de su divulgación;
Negarse a cooperar con la empresa en la presentación de información privilegiada a las personas con información privilegiada;
Utilizar información privilegiada para comprar y vender acciones y derivados de la empresa, o recomendar a otros que compren y vendan acciones y derivados de la empresa.
Capítulo IV Disposiciones complementarias
Artículo 26 las cuestiones no abarcadas por el presente sistema se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos, documentos normativos y los estatutos pertinentes del Estado. En caso de conflicto entre el presente sistema y las leyes, reglamentos, documentos normativos y los estatutos promulgados por el Estado en el futuro, se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos, documentos normativos y los estatutos pertinentes del Estado.
Artículo 27 el sistema será elaborado, modificado e interpretado por el Consejo de Administración de la sociedad y entrará en vigor tras su examen y aprobación por el Consejo de Administración de la sociedad. El antiguo sistema de registro de personas con información privilegiada fue abolido simultáneamente.