Foshan Electrical And Lighting Co.Ltd(000541)
Sistema de gestión de la garantía externa
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de regular las actividades de garantía externa de Foshan Electrical And Lighting Co.Ltd(000541) (en lo sucesivo denominadas “empresas” o), controlar eficazmente el riesgo de deuda derivado de la garantía externa de la sociedad y proteger los derechos e intereses legítimos de la sociedad y de sus accionistas, de conformidad con el Código Civil de la República Popular China, el derecho de sociedades de la República Popular China, la Ley de valores de la República Popular China, las normas de cotización en bolsa de Shenzhen, Este sistema se formula de conformidad con las directrices no. 1 de la bolsa de Shenzhen sobre la autorregulación de las empresas que cotizan en bolsa – el funcionamiento normalizado de las empresas que cotizan en bolsa de la Junta Principal y las disposiciones pertinentes de los Estatutos de la empresa, as í como con la situación real de la empresa.
Artículo 2 el término “filial” mencionado en el presente sistema se refiere a las filiales de propiedad total, las filiales de control y las sociedades cotizadas en bolsa que tienen el control efectivo de la empresa. La garantía externa proporcionada por una filial se considerará un acto de la empresa y su garantía externa se ajustará a este sistema.
Artículo 3 la garantía externa a que se refiere el presente sistema se refiere al acto de la sociedad o de la filial de garantizar las deudas del deudor en su calidad de tercera persona, cuando el deudor no cumpla las obligaciones debidas o se produzca una situación acordada por las Partes, la sociedad o la filial cumplirá las obligaciones o asumirá La responsabilidad. Las formas de garantía incluyen la garantía, la hipoteca, la prenda y la emisión de una promesa o documento de carácter de garantía. Las garantías proporcionadas por la empresa a sus filiales se consideran garantías externas.
Artículo 4 la sociedad y sus filiales no podrán proporcionar garantías a las empresas u otras organizaciones sin relación de capital.
Artículo 5 cuando una sociedad ofrezca garantías a una filial o a una sociedad que participe en ella, los demás accionistas de la filial o de la sociedad que participe en ella adoptarán medidas de control de riesgos, como garantías equivalentes o contragarantías, en proporción a su contribución.
Capítulo II procedimientos de examen y aprobación de las garantías externas
Artículo 6 antes de que todas las cuestiones relativas a la garantía de la sociedad se presenten al Consejo de Administración o a la Junta General de accionistas para su examen, serán examinadas por el Comité del partido de la sociedad y la reunión de la Oficina del Director General.
Artículo 7 todo acto de garantía realizado por una sociedad debe ser examinado y aprobado por el Consejo de Administración o la Junta General de accionistas. La garantía externa será administrada uniformemente por la empresa, y ninguna filial podrá proporcionar garantía externa sin la aprobación de la empresa.
Cuando el Consejo de Administración examine las cuestiones relativas a las garantías, además de la mayoría de todos los directores, examinará y aprobará las cuestiones relativas a las garantías y adoptará una resolución al respecto después de que más de dos tercios de los directores asistan a la reunión del Consejo de Administración. Artículo 8 los actos de garantía que la sociedad deba presentar a la Junta General de accionistas para su examen se ejecutarán de conformidad con las disposiciones de los estatutos.
Artículo 9 al examinar las propuestas de garantía para los accionistas, los controladores reales y sus partes vinculadas, la Junta General de accionistas no podrá participar en la votación, que será aprobada por más de la mitad de los derechos de voto de los demás accionistas presentes en la Junta General de accionistas. Artículo 10 en caso de que la sociedad ofrezca garantías a sus filiales, si el número de ellas es elevado cada año y es difícil presentarlas al Consejo de Administración o a la Junta General de accionistas para su examen en relación con cada acuerdo debido a la necesidad de celebrar periódicamente acuerdos de garantía, la sociedad podrá prever, respectivamente, una nueva cantidad total de garantías para las dos categorías de filiales con una relación activo – pasivo superior al 70% y una relación activo – pasivo inferior al 70% en los últimos Estados financieros y presentarla a la Junta General de accionistas para su examen en los próximos 12 meses.
En caso de que se produzcan efectivamente las garantías mencionadas, la sociedad revelará oportunamente las mismas. El saldo de la garantía en cualquier momento no excederá del importe de la garantía aprobado por la Junta General de accionistas.
Artículo 11 la contragarantía proporcionada por la sociedad y sus filiales se ejecutará mutatis mutandis de conformidad con las disposiciones pertinentes de la garantía, y el importe de la contragarantía proporcionada por la sociedad y sus filiales se utilizará como norma para cumplir los procedimientos de examen correspondientes y las obligaciones de divulgación de información, salvo que la sociedad y sus filiales ofrezcan contragarantía para la garantía basada en sus propias deudas.
Capítulo III gestión diaria de las garantías externas
Artículo 12 el Departamento encargado de la garantía externa de la sociedad será el Departamento de Finanzas de la sociedad, el Departamento de Asuntos Jurídicos y de control de riesgos y la Oficina del Consejo de Administración, en el marco de sus respectivas funciones y responsabilidades.
El Departamento de Finanzas es el Departamento de Primera Instancia y gestión diaria de la garantía externa de la empresa, que se encarga de recibir y examinar todas las solicitudes de garantía presentadas por el garante, as í como de la gestión diaria de la garantía externa y del control continuo del riesgo.
La Oficina del Consejo de Administración se encargará de revisar el cumplimiento de la garantía externa de la sociedad y de organizar y ejecutar los procedimientos de examen y aprobación del Consejo de Administración o de la Junta General de accionistas de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, el presente sistema y los Estatutos de la sociedad.
El Departamento de Asuntos Jurídicos y de control de riesgos se encarga de la revisión jurídica de las garantías externas y de la gestión de los riesgos jurídicos, incluida la revisión de los contratos de garantía y los procedimientos jurídicos conexos.
Artículo 13 la solicitud de garantía externa de la sociedad será aceptada por el Departamento de Finanzas, y el solicitante de la garantía (incluidas las filiales, las empresas que cotizan en bolsa y los departamentos pertinentes) proporcionará a la sociedad la siguiente información:
Informe sobre la solicitud de garantía. El contenido principal incluye la naturaleza de la empresa, la situación actual de la producción y la gestión y la situación financiera, la forma, el plazo y la cantidad de la solicitud de garantía. Para la garantía del préstamo, también debe proporcionar el uso del préstamo, el tipo de interés y el beneficio esperado, la fuente de reembolso y las medidas;
Ii) información comercial detallada relacionada con esta garantía (incluido el contrato comercial, el informe del estudio de viabilidad del proyecto de inversión, el examen y la aprobación del crédito o la Carta de intención del Banco crediticio, etc.);
Un Estado contable de los últimos tres a ños y un período, incluido el balance, el Estado de beneficios y el Estado de flujo de caja;
Iv) el contrato de préstamo, el contrato de garantía, etc.;
Otros materiales solicitados por la empresa.
Artículo 14 después de aceptar la solicitud de garantía, el Departamento de Finanzas, junto con los departamentos pertinentes, llevará a cabo sin demora una investigación sobre la situación crediticia de la garantía y llevará a cabo una evaluación del riesgo, y formará un informe escrito para presentarlo a la Oficina del Consejo de Administración.
Artículo 15 la Oficina del Consejo de Administración llevará a cabo un examen del cumplimiento después de recibir el informe escrito del Departamento de Finanzas y los materiales pertinentes de la solicitud de garantía, examinará cuidadosamente la situación financiera, la situación de la industria, la situación empresarial y la situación crediticia y crediticia del garante solicitante, y organizará los procedimientos de examen y aprobación correspondientes de conformidad con las disposiciones pertinentes. Artículo 16 el Consejo de Administración o la Junta General de accionistas de la sociedad deliberarán y votarán sobre los materiales de presentación de informes y no podrán proporcionar garantías a los materiales de presentación de informes que no sean suficientes o en cualquiera de las siguientes circunstancias: i) no haya relación de propiedad, derechos de propiedad desconocidos o su establecimiento No se ajuste a las leyes y reglamentos del Estado o a la política industrial del Estado;
Los documentos financieros y contables de los últimos tres años contienen registros falsos o proporcionan información falsa; Cuando la empresa haya garantizado por primera vez el préstamo bancario atrasado, los intereses atrasados, etc., y no haya reembolsado o no haya podido aplicar medidas de tratamiento eficaces en el momento de la solicitud de garantía;
Entrar en el procedimiento de reorganización o liquidación de la insolvencia, ser insolvente, sufrir pérdidas durante tres o más años consecutivos y tener un flujo de caja neto negativo, etc., sin capacidad de funcionamiento continuo;
V) las empresas que tengan grandes controversias económicas con otras empresas, se enfrenten a procedimientos judiciales y puedan asumir importantes responsabilidades de indemnización;
Cuando el Consejo de Administración considere que no se puede proporcionar ninguna garantía.
Artículo 17 después de que el Consejo de Administración o la Junta General de accionistas hayan examinado y aprobado las cuestiones relativas a la garantía externa, el Presidente del Consejo de Administración o la persona autorizada por el Presidente del Consejo de Administración firmarán el contrato de garantía externa, que se ajustará a las normas jurídicas pertinentes, y las cuestiones estipuladas En el contrato serán claras, y serán examinadas por el Departamento de Finanzas de la empresa, el Departamento de Asuntos Jurídicos y de control de riesgos, etc.
Artículo 18 al aceptar la hipoteca de contragarantía o la prenda de contragarantía, el Departamento de Finanzas de la empresa, junto con el Departamento de Asuntos Jurídicos y de control de riesgos de la empresa, perfeccionará los procedimientos jurídicos pertinentes, en particular mediante la tramitación oportuna de los procedimientos de registro de la hipoteca o la prenda (si es necesario por ley), y adoptará las medidas necesarias para reducir el riesgo de garantía antes de la aprobación de la contragarantía y los procedimientos de registro.
Artículo 19 el contrato de garantía se conservará debidamente de conformidad con las normas de gestión interna de la empresa y, en caso de firma, modificación, prórroga, terminación, pago anticipado, recuperación y pago anticipado del contrato de garantía, se cumplirán los procedimientos y procedimientos de aprobación correspondientes.
Capítulo IV Control del riesgo de garantía
Artículo 20 el Departamento Financiero de la empresa es el Departamento de gestión diaria de las actividades de garantía de la empresa. El Departamento de Finanzas conservará y gestionará adecuadamente todos los documentos y materiales relacionados con las cuestiones de garantía externa de la empresa, establecerá una cuenta de Operaciones de garantía y registrará detalladamente el objeto de la garantía, el importe, la duración, los bienes o derechos utilizados para la hipoteca y la prenda y otras cuestiones pertinentes.
Artículo 21 el Departamento de Finanzas prestará atención continua a la situación financiera y a la capacidad de pago de la deuda del garante, e informará oportunamente al Consejo de Administración de la sociedad si descubre que la situación de funcionamiento del garante se deteriora gravemente o que se han producido acontecimientos importantes como la disolución o escisión de la sociedad durante el período de garantía.
Artículo 22 cuando las obligaciones garantizadas deban prorrogarse después de su vencimiento, o cuando el garante solicite que se modifiquen los elementos de garantía, o cuando el importe de la nueva garantía interna de la sociedad y sus filiales supere el importe del plan anual de garantía o el alcance de la garantía, se reanudarán los procedimientos de examen, aprobación y divulgación.
Artículo 23 si el garante no puede cumplir sus obligaciones y el acreedor garantizado reclama derechos contra la sociedad, la sociedad iniciará inmediatamente el procedimiento de recuperación de la contragarantía (en su caso) o recurrirá al garante, informará al mismo tiempo al Consejo de Administración y hará un anuncio público de conformidad con las disposiciones pertinentes.
Artículo 24 Si, después de que el Tribunal Popular haya aceptado el caso de quiebra del deudor, el acreedor no ha presentado su reclamación, el solicitante de la garantía presentará a la empresa para que participe en la distribución de la quiebra y ejerza el derecho de recuperación por adelantado. Capítulo V Rendición de cuentas
Artículo 25 si el personal pertinente de la sociedad no ha firmado el contrato de garantía sin autorización de conformidad con las disposiciones de la ley o los procedimientos establecidos en el presente sistema, ha incumplido sus obligaciones sin autorización y ha causado pérdidas a la sociedad, las partes interesadas serán investigadas por sus responsabilidades.
Capítulo VI Disposiciones complementarias
Artículo 26 las palabras “anteriores” a que se refiere el presente sistema de gestión incluirán estas cifras y las palabras “siguientes” no incluirán
Artículo 27 las cuestiones no reguladas por el presente sistema se aplicarán de conformidad con las leyes, reglamentos, documentos normativos pertinentes del Estado y las disposiciones pertinentes de los Estatutos de la sociedad. Si el sistema no es coherente con las disposiciones de las leyes, reglamentos y documentos normativos pertinentes promulgados en el futuro, se aplicará de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y documentos normativos pertinentes y será revisado oportunamente por el Consejo de Administración de la empresa.
Artículo 28 el presente sistema entrará en vigor en la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración, y el antiguo sistema de gestión de garantías externas (abril de 2014) quedará derogado en la fecha de su aplicación.