Junta Directiva
Normas de aplicación del Comité de remuneración y evaluación
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 a fin de seguir estableciendo y perfeccionando el sistema de evaluación y gestión de la remuneración de los directores (directores no independientes) y los altos directivos de Shenyang Chemical Co.Ltd(000698) (en lo sucesivo denominados “la empresa”), y mejorar la estructura de gobernanza empresarial, la empresa, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China, las normas de gobernanza empresarial de las empresas que cotizan en bolsa, los Estatutos de la empresa y otras disposiciones pertinentes, establecerá un Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración y formulará las presentes Normas de aplicación.
Artículo 2 El Comité de remuneración y evaluación se encargará principalmente de elaborar las normas y procedimientos de evaluación de los directores y altos directivos de la empresa; Examinar el plan de remuneración de los directores y altos directivos de la empresa y rendir cuentas al Consejo de Administración.
Artículo 3 el término “Director” mencionado en las presentes Normas se refiere al Presidente y al Director de la empresa, y el personal directivo superior se refiere al Director General, el Director General Adjunto, el Secretario del Consejo de Administración, el contable jefe, el economista jefe y el ingeniero jefe nombrados por el Consejo de Administración.
Capítulo II Composición del personal
Artículo 4 El Comité de remuneración y evaluación estará integrado por cinco directores, todos ellos externos, de los cuales tres serán directores independientes.
Los directores externos se refieren a los directores que son empleados externos no corporativos, que no ocupan otros puestos en la empresa, excepto los puestos pertinentes de los directores y los comités especiales del Consejo de Administración, y no son responsables de los asuntos de la Dirección Ejecutiva. Los directores externos incluyen a los directores de acciones y a los directores independientes nombrados por los accionistas externos, además de ser nombrados por la unidad de gestión superior.
Artículo 5 los miembros del Comité de remuneración y evaluación serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.
Artículo 6 El Comité de remuneración y evaluación tendrá un Presidente (convocante), que será presidido por un miembro independiente del Consejo de Administración; El Presidente será elegido en el seno de los miembros y presentado al Consejo de Administración para su aprobación.
Artículo 7 el mandato del Comité de remuneración y evaluación será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. En caso de que un miembro deje de ocupar el cargo de Director de la sociedad durante el período de que se trate, perderá automáticamente su condición de miembro y el Comité, de conformidad con las presentes normas y los estatutos, completará el número de miembros.
Capítulo III responsabilidades y competencias
Artículo 8 funciones y competencias principales del Comité de remuneración y evaluación:
Proponer el plan de remuneración, las normas de evaluación y los procedimientos de acuerdo con el alcance principal, las responsabilidades y la importancia de los puestos directivos de los directores y el personal directivo superior y el nivel de remuneración de los puestos de otras empresas pertinentes;
El plan o plan de remuneración incluye, entre otras cosas, las normas, los procedimientos y los principales sistemas de evaluación de la actuación profesional, as í como los principales planes y sistemas de recompensas y sanciones;
Examinar el desempeño de las funciones de los directores (directores no independientes) y del personal directivo superior de la empresa y llevar a cabo una evaluación anual de la actuación profesional;
Supervisar la aplicación del sistema de remuneración de la empresa;
Otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.
Artículo 9 el Consejo de Administración tendrá derecho a vetar cualquier plan o plan de remuneración que perjudique los intereses de los accionistas.
Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones
Artículo 10 el Grupo de trabajo establecido en el marco del Comité de remuneración y evaluación se encargará de los preparativos previos a la adopción de decisiones por el Comité de remuneración y evaluación y de proporcionar la información pertinente de la empresa:
Proporcionar los principales indicadores financieros y el logro de los objetivos operacionales de la empresa;
El ámbito de trabajo y las principales responsabilidades del personal directivo superior de la empresa;
Iii) proporcionar información sobre el cumplimiento de los indicadores pertinentes en el sistema de evaluación de la actuación profesional de los directores y el personal directivo superior.
Iv) proporcionar a los directores y al personal directivo superior información sobre la capacidad de innovación empresarial y la capacidad de generación de beneficios;
Proporcionar la base de cálculo pertinente para elaborar el plan de distribución de la remuneración y el método de distribución de la remuneración de la empresa sobre la base del desempeño de la empresa.
Artículo 11 procedimientos de evaluación de los directores y el personal directivo superior por el Comité de remuneración y evaluación: i) los directores y el personal directivo superior de la empresa presentarán sus informes y autoevaluaciones al Comité de remuneración y evaluación del Consejo de Administración;
El Comité de remuneración y evaluación evaluará la actuación profesional de los directores y el personal directivo superior de conformidad con las normas y procedimientos de evaluación de la actuación profesional;
De acuerdo con los resultados de la evaluación de la actuación profesional y la política de distribución de la remuneración, proponer el importe de la remuneración y el método de adjudicación de los directores y el personal directivo superior, e informar al Consejo de Administración de la empresa después de la votación.
Capítulo V Reglamento interno
Artículo 12 El Comité de remuneración y evaluación notificará a todos los miembros tres días antes de la celebración de la reunión que la reunión será presidida por el miembro del Presidente, que podrá confiar la Presidencia a otro miembro (director independiente) Si no puede asistir.
Artículo 13 las reuniones del Comité de remuneración y evaluación sólo podrán celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de sus miembros; Cada miembro tendrá un voto; Las resoluciones adoptadas por la Conferencia deben ser aprobadas por la mayoría de los miembros.
Artículo 14 los métodos de votación de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación serán la votación a mano alzada, la votación por escrito, la votación por fax o por correo electrónico, etc.; Las reuniones pueden celebrarse en forma de reuniones sobre el terreno o en forma de reuniones en red o votación por correspondencia.
Artículo 15 cuando sea necesario, el Comité de remuneración y evaluación podrá invitar a otros directores, supervisores y altos directivos de la empresa a asistir a la reunión sin derecho a voto.
Artículo 16 el Comité de remuneración y evaluación podrá, cuando sea necesario, contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, y los gastos serán sufragados por la empresa.
Artículo 17 cuando el Comité de remuneración y evaluación se reúna para examinar cuestiones relativas a los miembros del Comité, las Partes se retirarán.
Artículo 18 los procedimientos para la celebración de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación, el método de votación y la política de remuneración y el plan de distribución aprobados en la reunión se ajustarán a las disposiciones de las leyes, reglamentos, estatutos y presentes normas detalladas.
Artículo 19 las actas de las reuniones del Comité de remuneración y evaluación y las firmas de los miembros presentes en las actas de las reuniones; El Secretario del Consejo de Administración conservará el acta de la reunión.
Artículo 20 las propuestas y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de remuneración y evaluación se presentarán por escrito al Consejo de Administración de la empresa.
Artículo 21 todos los miembros presentes en la reunión tendrán la obligación de mantener la confidencialidad de las deliberaciones de la reunión y no revelarán la información pertinente sin autorización.
Capítulo VI Disposiciones complementarias
Artículo 22 el presente reglamento entrará en vigor en la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 23 las cuestiones no reguladas por las presentes Normas se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. En caso de conflicto con las leyes y reglamentos promulgados posteriormente por el Estado o los Estatutos de la sociedad modificados por los procedimientos legales, las presentes Normas se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado y se modificarán inmediatamente para su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 24 el derecho de interpretación de las presentes Normas se atribuirá al Consejo de Administración de la sociedad.