Sichuan Tianwei Electronic Co.Ltd(688511) : Reglamento de la Junta de supervisores

Sichuan Tianwei Electronic Co.Ltd(688511)

Reglamento de la Junta de supervisores

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de seguir normalizando la estructura de Gobierno de las personas jurídicas Sichuan Tianwei Electronic Co.Ltd(688511) (en lo sucesivo denominadas “las empresas”), garantizar que los supervisores y la Junta de supervisores desempeñen eficazmente sus funciones de supervisión de conformidad con la ley y normalizar los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en lo sucesivo denominado “el derecho de sociedades”), la Ley de valores de la República Popular China (en lo sucesivo denominada “la Ley de valores”), las directrices para la gobernanza de las empresas que cotizan en bolsa, Estas normas se formulan de conformidad con las leyes, reglamentos, documentos normativos, como las normas para la inclusión en la lista de acciones de la Junta de creación de Ciencia y tecnología de la bolsa de Shanghai y las disposiciones pertinentes de los estatutos (en adelante denominados “los estatutos”).

Artículo 2 la Junta de supervisores será responsable ante todos los accionistas, supervisará las finanzas de la sociedad y la legalidad del desempeño de sus funciones por los directores, directores generales y otros altos directivos, y protegerá los derechos e intereses legítimos de la sociedad y sus accionistas.

Artículo 3 la sociedad adoptará medidas para garantizar el derecho de los supervisores a ser informados y prestará la asistencia necesaria a los supervisores en el desempeño normal de sus funciones, y nadie podrá interferir ni obstaculizar el ejercicio de sus funciones.

CAPÍTULO II supervisores

Artículo 4 los supervisores serán los representantes de los accionistas y los representantes de los trabajadores de la empresa, de los cuales los representantes de los trabajadores no serán inferiores a un tercio del número de supervisores de la empresa.

Los representantes de los accionistas serán elegidos o sustituidos por la Junta General de accionistas, y los representantes de los empleados serán elegidos democráticamente por los empleados de la empresa a través de la Junta General de representantes de los empleados, la Junta General de empleados u otras formas.

Artículo 5 Nadie podrá actuar como supervisor de una sociedad en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 96 de los estatutos en relación con la no admisión de directores.

Durante el período de su mandato, los directores, el Director General y otros altos directivos de la empresa no podrán ser simultáneamente supervisores de la empresa ni sus cónyuges ni sus familiares inmediatos; El número de supervisores que hayan sido directores o altos directivos de la empresa en los dos últimos años no excederá de 1 / 2 del número total de supervisores de la empresa.

Artículo 6 los supervisores cumplirán las leyes, los reglamentos administrativos y los Estatutos de la sociedad, tendrán la obligación de ser fieles y diligentes con la sociedad, no podrán utilizar su autoridad para aceptar sobornos u otros ingresos ilícitos y no podrán malversar los bienes de la sociedad. Artículo 7 el mandato de los supervisores será de tres años. Al expirar el mandato de un supervisor, éste podrá ser reelegido.

Artículo 8 el supervisor podrá presentar su dimisión antes de la expiración de su mandato. La renuncia del supervisor presentará un informe escrito de renuncia al Consejo de supervisión. La Junta de supervisores informará a los accionistas en un plazo de dos días.

Artículo 9 en caso de que el mandato de un supervisor no haya sido reelegido a tiempo o de que la renuncia del supervisor haya dado lugar a que el número de miembros de la Junta de supervisores sea inferior al quórum, el supervisor original seguirá desempeñando sus funciones de supervisión de conformidad con las disposiciones de las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos antes de que el supervisor reelegido asuma sus funciones.

Artículo 10 los supervisores podrán asistir a las reuniones del Consejo de Administración sin derecho a voto y formular preguntas o sugerencias sobre las resoluciones del Consejo de Administración. Artículo 11 los supervisores no podrán utilizar sus relaciones conexas para perjudicar los intereses de la sociedad y, si causan pérdidas a la sociedad, serán responsables de la indemnización.

Artículo 12 los supervisores que, en el desempeño de sus funciones, violen las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales o las disposiciones de los Estatutos de la sociedad y causen pérdidas a la sociedad serán responsables de la indemnización.

CAPÍTULO III competencias de la Junta de supervisores

Artículo 13 la Junta de supervisores de la sociedad estará integrada por tres supervisores, uno de los cuales representará a los supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores será elegido por la Junta de supervisores por mayoría de todos los supervisores.

La Junta de supervisores tendrá un Presidente, que será elegido por la mayoría de todos los supervisores.

Si el Presidente de la Junta de supervisores convoca y preside una reunión de la Junta de supervisores, si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no cumple sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para convocar y presidir la reunión de la Junta de supervisores.

La Junta de supervisores ejercerá independientemente sus funciones de supervisión de conformidad con la ley y garantizará la inviolabilidad de los derechos e intereses de los accionistas, las empresas y los trabajadores.

Artículo 14 la Junta de supervisores será responsable de la Junta General de accionistas y ejercerá las siguientes funciones y facultades:

Los informes periódicos de la empresa preparados por el Consejo de Administración se examinarán y presentarán observaciones por escrito; Ii) examinar las finanzas de la empresa;

Supervisar los actos de los directores y altos directivos en el desempeño de sus funciones y formular recomendaciones para la destitución de los directores y altos directivos que violen las leyes, los reglamentos administrativos, los estatutos o las resoluciones de la Junta General de accionistas;

Exigir al Director o al personal directivo superior que rectifiquen los actos de los directores o del personal directivo superior que perjudiquen los intereses de la empresa;

Proponer la convocación de una junta general provisional de accionistas y convocar y presidir la Junta General de accionistas en caso de que el Consejo de Administración no cumpla las funciones de convocar y presidir la Junta General de accionistas establecidas en el derecho de sociedades;

Presentar propuestas a la Junta General de accionistas;

Presentar una demanda contra los directores y altos directivos de conformidad con el artículo 151 de la Ley de sociedades;

Viii) Si se descubre que la situación de funcionamiento de la empresa es anormal, se puede realizar una investigación; Cuando sea necesario, podrá contratar a una empresa contable o a un bufete de abogados u otras instituciones profesionales para que presten asistencia en su labor, a expensas de la empresa;

Examinar la aplicación por el Consejo de Administración de la política de distribución de beneficios de la empresa y el plan de retorno de los accionistas, as í como los procedimientos de adopción de decisiones. En caso de que la sociedad obtenga beneficios en el año en curso y cumpla las condiciones para la distribución de dividendos en efectivo, pero el Consejo de Administración no haya adoptado un plan de distribución de beneficios de oro, el Consejo de Supervisión examinará y emitirá opiniones sobre las razones por las que no se ha adoptado un plan de distribución de beneficios de oro, el uso y el plan de utilización de los fondos no utilizados para la distribución de dividendos retenidos por la sociedad y formulará observaciones y observaciones especiales sobre la aplicación de las políticas y planes pertinentes;

Deliberar y expresar opiniones sobre las propuestas relativas a la adaptación o modificación de la política de distribución de beneficios estipulada en los estatutos.

Capítulo IV Procedimiento de la Junta de supervisores

Artículo 15 las reuniones de la Junta de supervisores se dividirán en reuniones periódicas y reuniones temporales.

Artículo 16 las reuniones periódicas de la Junta de supervisores se celebrarán al menos una vez cada seis meses y serán convocadas por el Presidente de la Junta de supervisores. El supervisor podrá proponer la convocación de una reunión provisional de la Junta de supervisores.

En caso de que se celebren reuniones periódicas y reuniones temporales de la Junta de supervisores, la Junta de supervisores notificará la reunión por escrito con 10 días de antelación y 5 días de antelación, respectivamente, mediante notificación personal, correo, fax, correo electrónico, etc.

En caso de circunstancias especiales que requieran la convocación de una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento por teléfono u otros medios orales, siempre que el convocante dé una explicación en la reunión.

Artículo 17 la notificación de la reunión de la Junta de supervisores incluirá lo siguiente:

Hora, lugar y duración de la reunión;

Ii) Cuestiones que deben examinarse (propuestas de la Conferencia);

Iii) El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;

Iv) los materiales de reunión necesarios para la votación de los supervisores;

La solicitud de que el supervisor asista personalmente a la reunión;

Contactos e información de contacto;

La fecha de la notificación.

La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los puntos i) y ii) supra, as í como la explicación de las circunstancias especiales que requieran la convocación de una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible.

La propuesta de la reunión de la Junta de supervisores se notificará a los supervisores y a los participantes pertinentes junto con la notificación de la reunión.

Artículo 18 las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán in situ. Cuando sea necesario, y con sujeción a la garantía de que los supervisores expresen plenamente sus opiniones, y con el consentimiento del convocante (Presidente), la reunión provisional de la Junta de supervisores podrá votar por teléfono, vídeo, fax y otros medios de comunicación y adoptar una resolución, que será firmada por los supervisores participantes.

Artículo 19 en principio, los supervisores asistirán personalmente a las reuniones de la Junta de supervisores. Si por alguna razón no puede asistir a la reunión, examinará los materiales de la reunión con antelación, formará una opinión clara y encomendará por escrito a otros supervisores que asistan en su nombre.

El poder notarial contendrá:

Los nombres y números de identificación de los fideicomisarios y fideicomisarios;

Ii) las razones por las que el cliente no puede asistir a la reunión;

Iii) Cuestiones de agencia y plazo de validez;

Iv) breve opinión del cliente sobre cada propuesta;

V) el alcance de la autorización del cliente y la indicación de la intención de votar sobre la propuesta;

Firma y fecha del Fideicomisario y del Fideicomisario, etc.

Cuando se trate de un asunto de votación, el cliente deberá expresar claramente su consentimiento, oposición o abstención sobre cada asunto en el poder notarial, y el supervisor no podrá hacer ni aceptar un mandato sin intención de votación, un mandato discrecional o un mandato cuyo alcance no esté claro. El supervisor que asista a la reunión en su nombre ejercerá los derechos del supervisor en el ámbito de la autorización. Si un supervisor no asiste a una reunión de la Junta de supervisores ni autoriza a sus representantes a asistir a ella, se considerará que ha renunciado a su derecho de voto en esa reunión.

El supervisor encargado presentará al Presidente de la reunión un poder notarial escrito en el que se indicará la asistencia a la reunión. El supervisor que asista a la reunión en su nombre ejercerá los derechos del supervisor en el ámbito de la autorización.

Artículo 20 las reuniones de la Junta de supervisores sólo podrán celebrarse si están presentes más de la mitad de los supervisores y cada supervisor tendrá derecho a un voto. La resolución de la Junta de supervisores será aprobada por la mitad de los supervisores.

El método de votación de la resolución de la Junta de supervisores es: votación secreta o votación a mano alzada.

Artículo 21 las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán estrictamente de conformidad con los procedimientos prescritos. La Junta de supervisores podrá exigir a los directores, al Director General y a otros altos directivos, as í como a los auditores internos y externos, que asistan sin derecho a voto a las reuniones de la Junta de supervisores y respondan a las cuestiones que les interesen.

Artículo 22 la Junta de supervisores levantará acta de las decisiones sobre las cuestiones debatidas, y los supervisores y el personal que asista a la reunión firmarán el acta.

El supervisor tiene derecho a solicitar que se haga algún tipo de registro explicativo de sus declaraciones en la reunión. El Presidente de la Junta de supervisores conservará las actas de las reuniones de la Junta de supervisores como archivos de la empresa durante un período no inferior a 10 a ños.

Artículo 23 la intención de voto de los supervisores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los supervisores participantes elegirán uno de los objetivos antes mencionados, si no hacen una elección o eligen más de dos objetivos al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los supervisores que elijan de nuevo, y si se niegan a hacerlo, se considerará que se abstienen; Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión.

Artículo 24 la Junta de supervisores levantará acta de las decisiones sobre las cuestiones debatidas, y los supervisores y el personal que asista a la reunión firmarán el acta.

El supervisor tiene derecho a solicitar que se haga algún tipo de registro explicativo de sus declaraciones en la reunión. El Presidente de la Junta de supervisores conservará las actas de las reuniones de la Junta de supervisores como archivos de la empresa durante un período no inferior a 10 a ños.

Capítulo V Aplicación de las resoluciones de la Junta de supervisores

Artículo 25 los supervisores supervisarán e instarán al personal pertinente a que aplique las resoluciones de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores informará en una reunión posterior de la Junta de supervisores sobre la aplicación de las resoluciones ya adoptadas.

Capítulo VI Disposiciones complementarias

Artículo 26 en caso de que las cuestiones no reguladas por el presente reglamento o entren en conflicto con las leyes, reglamentos, otros documentos normativos y los estatutos promulgados posteriormente, prevalecerán las disposiciones pertinentes de las leyes, reglamentos, otros documentos normativos y los estatutos.

Artículo 27 los términos “anteriores” y “no superiores” a que se hace referencia en el presente reglamento incluirán este número; “No alcanzado”, “fuera”, “inferior”, “superior”, “insuficiente”, “dentro”, “más de la mitad” no incluye este número. Artículo 28 el presente reglamento será interpretado por la Junta de supervisores de la sociedad.

Artículo 51 el presente reglamento será elaborado por el Consejo de supervisión de la sociedad y entrará en vigor tras su examen y aprobación por la Junta General de accionistas de la sociedad, as í como cuando se modifique.

25 de marzo de 2022

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