Shenzhen Agricultural Products Group Co.Ltd(000061) 1
Reglamento de trabajo del Comité de gestión de riesgos
(examinado y aprobado por el Consejo de Administración de la empresa el 22 de marzo de 2022)
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de identificar y evaluar oportunamente los principales riesgos en las actividades comerciales y el funcionamiento de la empresa, mejorar la capacidad de la empresa para controlar los riesgos y mejorar la estructura de gobernanza empresarial, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China (en adelante, el "derecho de sociedades"), El Consejo de Administración de la empresa establecerá un Comité de gestión de riesgos y formulará las presentes Normas de trabajo de conformidad con las normas de gobernanza de las empresas que cotizan en bolsa, los Estatutos de la empresa (en adelante denominados "los estatutos") y otras normas y reglamentos pertinentes.
Artículo 2 El Comité de gestión de riesgos del Consejo de Administración es un órgano de Trabajo Especial establecido por el Consejo de Administración de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes y los Estatutos de la sociedad, que se encarga principalmente de evaluar la situación general de riesgo de la sociedad y supervisar la gestión general de riesgos de la sociedad a fin de garantizar que los diversos riesgos relacionados con las actividades operacionales de la sociedad se controlen dentro de un alcance razonable.
Artículo 3 el riesgo empresarial se refiere a la influencia de la incertidumbre futura de la empresa en la realización de los objetivos empresariales de la empresa. Según la fuente del riesgo, el riesgo se divide en riesgo externo e interno.
Capítulo II Composición del personal
Artículo 4 El Comité de gestión de riesgos estará integrado por tres directores, uno de los cuales será independiente.
Artículo 5 los miembros del Comité de gestión de riesgos serán nombrados por el Presidente, más de la mitad de los directores independientes o más de un tercio de todos los directores y elegidos por el Consejo de Administración.
Artículo 6 El Comité de gestión de riesgos tendrá un Presidente (Coordinador) que presidirá los trabajos del Comité. El Presidente será elegido por el Comité de gestión de riesgos y presentado al Consejo de Administración para su aprobación. Cuando el Presidente no pueda o no pueda desempeñar sus funciones, designará a otro miembro para que desempeñe sus funciones en su nombre; En caso de que el Presidente no desempeñe sus funciones ni designe a otros miembros para que desempeñen sus funciones en su nombre, cualquiera de los miembros podrá informar al Consejo de Administración de la empresa de la información pertinente, que designará a un miembro para que desempeñe las funciones de Presidente del Comité de gestión de riesgos.
Artículo 7 el mandato de los miembros del Comité de gestión de riesgos será el mismo que el del Consejo de Administración, y los miembros podrán ser reelegidos al expirar su mandato. Los miembros del Comité de gestión de riesgos no podrán ser destituidos de su cargo sin causa alguna antes de la expiración de su mandato, salvo en los casos en que no puedan desempeñar sus funciones de conformidad con las leyes, reglamentos y documentos normativos y los estatutos. Si un miembro deja de ocupar el cargo de Director de la empresa, perderá automáticamente la condición de miembro y el Consejo de Administración, de conformidad con los artículos 4 a 6 supra, completará el número de miembros.
Artículo 8 el Departamento de gestión de riesgos de la empresa será la Oficina diaria del Comité de gestión de riesgos, se encargará del enlace diario de trabajo y de la Organización de reuniones, resumirá la información proporcionada por los departamentos pertinentes, las propuestas de proyectos y los planes de gestión de riesgos y los presentará al Comité de gestión de riesgos para su examen; El Departamento de auditoría y el Departamento de Asuntos Jurídicos son responsables de la supervisión e inspección de la gestión de riesgos.
Capítulo III responsabilidades y competencias
Artículo 9 Funciones principales del Comité de gestión de riesgos
Evaluar la situación de riesgo de la empresa y formular recomendaciones;
Evaluar la gestión de riesgos de la empresa y formular recomendaciones;
Estudiar y presentar propuestas para mejorar la gestión de riesgos y el control interno de la empresa;
Formular el mecanismo de alerta temprana de riesgos graves y el mecanismo de gestión de emergencias de la empresa;
Realizar un estudio sobre los riesgos y el control de las principales cuestiones de inversión y financiación de la empresa y otras cuestiones importantes de gestión empresarial, y formular recomendaciones al Consejo de Administración;
Otras cuestiones autorizadas por el Consejo de Administración.
Artículo 10 el Comité de gestión de riesgos será responsable ante el Consejo de Administración y su propuesta se presentará al Consejo de Administración para su examen y decisión. Capítulo IV Procedimiento de adopción de decisiones
Artículo 11 de conformidad con los requisitos del Comité de gestión de riesgos y bajo la Organización y coordinación de la Oficina del Consejo de Administración, el Departamento de auditoría de la empresa, el Departamento de Asuntos Jurídicos y otros departamentos funcionales pertinentes se encargarán de proporcionar al Comité de gestión de riesgos la información y los servicios pertinentes de manera oportuna, completa y veraz.
Artículo 12 El Comité de gestión de riesgos se reunirá a propuesta del Departamento de inversiones estratégicas, el Departamento de auditoría, el Departamento de Asuntos Jurídicos y otros departamentos funcionales pertinentes de la empresa para su examen y presentará los resultados de su examen al Consejo de Administración.
Artículo 13 El Comité de gestión de riesgos se reunirá de conformidad con las instrucciones del Consejo de Administración, la propuesta del Presidente o las necesidades de trabajo, llevará a cabo investigaciones y debates y presentará los resultados de las deliberaciones al Consejo de Administración para que adopte una decisión al respecto.
Capítulo V Reglamento interno
Artículo 14 las reuniones del Comité de gestión de riesgos se celebrarán en reuniones periódicas y temporales, que se celebrarán al menos una vez al a ño y se notificarán a todos los miembros tres días antes de la reunión, y las reuniones provisionales se celebrarán de manera irregular y se notificarán a todos los miembros un día antes de la reunión. La reunión será presidida por un miembro del Comité del Presidente, que podrá delegar la Presidencia a otro miembro del Comité si no puede asistir.
Artículo 15 la reunión del Comité de gestión de riesgos sólo podrá celebrarse con la asistencia de más de dos tercios de los miembros, cada uno de los cuales tendrá un voto, y las resoluciones adoptadas en la reunión deberán ser aprobadas por la mayoría de todos los miembros.
Artículo 16 el método de votación en las reuniones del Comité de gestión de riesgos será la votación a mano alzada o la votación; Los medios de celebración son la votación sobre el terreno, la comunicación, etc. Si se convoca mediante votación por correspondencia, se considerará que un miembro ha asistido a la reunión pertinente y ha convenido en el contenido de la resolución de la reunión si firma la resolución de la reunión.
Artículo 17 los directores de proyectos importantes de inversión y financiación y el personal conexo podrán asistir a las reuniones del Comité de gestión de riesgos sin derecho a voto y, de ser necesario, el Comité podrá invitar a los directores, supervisores y otros altos directivos de la empresa a asistir a las reuniones sin derecho a voto.
Artículo 18 si es necesario, el Comité de gestión de riesgos podrá contratar a un intermediario para que preste asesoramiento profesional en la adopción de decisiones, a expensas de la empresa.
Artículo 19 los procedimientos de convocatoria, los métodos de votación y las propuestas aprobadas en la reunión del Comité de gestión de riesgos se ajustarán a las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes, los estatutos y las presentes Normas de trabajo.
Artículo 20 las reuniones del Comité de gestión de riesgos llevarán resoluciones o actas, y los miembros presentes firmarán las resoluciones o actas; El acta de la reunión será conservada por el Departamento de valores de la empresa durante un período de diez a ños. Artículo 21 las propuestas y los resultados de la votación aprobados en la reunión del Comité de gestión de riesgos se presentarán por escrito al Consejo de Administración.
Artículo 22 todo el personal que asista a las reuniones del Comité de gestión de riesgos tendrá la obligación de mantener la confidencialidad de las deliberaciones de la reunión, no revelará la información pertinente al público sin autorización y cumplirá estrictamente las disposiciones pertinentes del sistema de gestión de la divulgación de información de la empresa.
Capítulo VI Disposiciones complementarias
Artículo 23 las cuestiones no reguladas por las presentes Normas de trabajo se regirán por las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado. Estas normas se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes del Estado en caso de conflicto con las leyes y reglamentos promulgados posteriormente por el Estado o los Estatutos de la sociedad modificados por procedimientos legales.
Artículo 24 el derecho a interpretar las presentes Normas de trabajo pertenecerá al Consejo de Administración de la sociedad.
Artículo 25 el presente reglamento de trabajo entrará en vigor y se aplicará a partir de la fecha de aprobación de la resolución del Consejo de Administración.