Guanglian Aviation Industry Co.Ltd(300900)
Medidas administrativas para regular las transacciones financieras con partes vinculadas
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 con el fin de regular el intercambio de fondos entre Guanglian Aviation Industry Co.Ltd(300900) \ \ \ \ Estas medidas se formulan de conformidad con las disposiciones de las directrices para la supervisión de las empresas que cotizan en bolsa no. 8 – requisitos para la supervisión de las transacciones financieras y las garantías externas de las empresas que cotizan en bolsa (anuncio de la Comisión Reguladora de valores de China [2022] No. 26), la circular sobre la liquidación ulterior de la ocupación de los fondos de las empresas que cotizan en bolsa por los principales accionistas y otras leyes, reglamentos y documentos normativos pertinentes, as í como los Estatutos de las empresas que cotizan en bolsa (en adelante, los estatutos).
Artículo 2 Estas medidas se aplicarán a las transacciones financieras entre la sociedad y sus filiales incluidas en el ámbito de los estados contables consolidados de la sociedad y sus accionistas controladores, controladores reales y otras partes vinculadas. Salvo lo dispuesto en el presente artículo, las sociedades mencionadas en las presentes medidas se refieren a las sociedades y filiales incluidas en el ámbito de los estados financieros consolidados de las sociedades.
Las partes vinculadas mencionadas en estas medidas se refieren a las partes vinculadas, incluidas las personas jurídicas vinculadas y las personas físicas vinculadas, definidas de conformidad con las leyes, reglamentos y normas pertinentes de la bolsa de valores y las medidas administrativas para las transacciones conexas de las empresas.
Artículo 3 el término “ocupación de fondos” mencionado en estas medidas incluye, entre otras cosas:
La ocupación de fondos de explotación se refiere a la ocupación de fondos por parte de los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas a través de las transacciones relacionadas con la compra, la venta y la prestación mutua de servicios laborales;
La ocupación de fondos no operativos se refiere al pago anticipado por la empresa de salarios y prestaciones, seguros, publicidad y otros gastos, as í como otros pagos anticipados a los accionistas mayoritarios y sus partes vinculadas, el préstamo directo o indirecto de fondos pagados o no remunerados a los accionistas mayoritarios y sus partes vinculadas, la compensación de deudas y otros fondos proporcionados a los accionistas mayoritarios y sus partes vinculadas sin consideración de bienes y servicios, etc. Los derechos del acreedor derivados de la responsabilidad de garantía de los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas; Asumir los costes y otros gastos en nombre de los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas.
Artículo 4 los accionistas controladores y los controladores reales de una sociedad no podrán utilizar sus relaciones conexas para perjudicar los intereses de la sociedad. Toda persona que infrinja las normas y cause pérdidas a la sociedad será responsable de la indemnización.
Artículo 5 los accionistas controladores y los controladores reales de la sociedad tendrán la obligación de buena fe con respecto a la sociedad y a los accionistas públicos de la sociedad. Los accionistas controladores ejercerán estrictamente los derechos de los inversores de conformidad con la ley, y los accionistas controladores no podrán utilizar la distribución de beneficios, la reorganización de activos, la inversión extranjera, la ocupación de fondos, los préstamos, el reembolso de deudas, los pagos anticipados y las garantías para perjudicar los derechos e intereses legítimos de La sociedad y de los accionistas de las acciones públicas, ni utilizar su posición de control para perjudicar los intereses de la sociedad y de los accionistas de las acciones públicas.
Artículo 6 los directores, supervisores, altos directivos y los Presidentes y directores generales de las filiales subordinadas de la sociedad tendrán las obligaciones y responsabilidades jurídicas de mantener la seguridad de los fondos y bienes de la sociedad y desempeñarán sus funciones con diligencia y diligencia de conformidad con las normas y reglamentos pertinentes y los Estatutos de la sociedad.
Capítulo II normas para las transacciones financieras de las partes vinculadas de la empresa
Artículo 7 la sociedad protegerá estrictamente contra la ocupación de fondos en caso de transacciones comerciales con partes vinculadas de la sociedad. La empresa y sus partes vinculadas no podrán asumir los costes ni otros gastos en su nombre.
Artículo 8 la sociedad no pondrá los fondos de la sociedad a disposición directa o indirectamente de los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas de la siguiente manera:
1. Amortizar los salarios, el bienestar, los seguros, la publicidad y otros gastos de los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas;
2. Prestar los fondos de la sociedad (incluidos los préstamos confiados) a los accionistas controladores, a los controladores reales y a otras partes vinculadas, ya sea de forma remunerada o no remunerada, a menos que otros accionistas de la sociedad que participe en ella proporcionen fondos en la misma proporción;
3. Confiar a los accionistas controladores, a los controladores reales y a otras partes vinculadas la realización de actividades de inversión;
4. Emitir letras de cambio de aceptación comercial para los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas sin antecedentes comerciales reales, y proporcionar fondos en forma de compra, transferencia de activos y pago anticipado sin consideración de bienes y servicios o en circunstancias claramente contrarias a la lógica comercial;
5. Reembolsar la deuda en nombre de los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas;
6. Otros medios reconocidos por la c
Artículo 9 las transacciones con partes vinculadas realizadas por la sociedad con los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas se llevarán a cabo de estricta conformidad con los Estatutos de la sociedad y las medidas administrativas para las transacciones con partes vinculadas de la sociedad, y se cumplirán las obligaciones correspondientes de divulgación de información de conformidad con las Disposiciones pertinentes del sistema de divulgación de información de la sociedad.
Artículo 10 el Departamento Financiero de la sociedad observará estrictamente todas las normas y reglamentos de la sociedad y la disciplina financiera al tramitar los pagos con los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas.
Artículo 11 en caso de que la sociedad y los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas deban efectuar pagos en relación con transacciones con partes vinculadas, el Departamento Financiero de la sociedad, además de tomar como base los acuerdos y contratos pertinentes, examinará si las cuestiones que constituyan la base del pago se ajustan a los procedimientos de adopción de decisiones establecidos en los Estatutos de la sociedad y otras normas de gobernanza, y presentará las resoluciones pertinentes de la Junta General de accionistas, las resoluciones del Consejo de Administración, La decisión del Director General y otros documentos pertinentes de adopción de decisiones se registrarán.
Capítulo III Medidas preventivas contra la ocupación de fondos por las partes vinculadas
Artículo 12 el Consejo de Administración de la sociedad será responsable de la gestión de la prevención de la ocupación de fondos por los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas. Los directores, supervisores y altos directivos de la sociedad tendrán la obligación jurídica de mantener la seguridad de los fondos de la sociedad y, de conformidad con el derecho de sociedades, los estatutos y las disposiciones pertinentes, desempeñarán eficazmente las funciones de impedir que los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas ocupen los fondos de la sociedad. El Presidente de la empresa es la primera persona responsable de prevenir la ocupación de fondos y la ocupación de fondos.
Artículo 13 el Director General y el Consejo de Administración de la sociedad examinarán y aprobarán, de conformidad con sus facultades y responsabilidades, las transacciones con partes vinculadas realizadas por la sociedad y los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas a través de la compra y venta, etc., y las transacciones con partes vinculadas que excedan de la autoridad del Consejo de Administración se presentarán a la Junta General de accionistas para su examen y aprobación.
Artículo 14 los directores, supervisores y altos directivos de una sociedad prestarán atención a la cuestión de si la sociedad ha sido objeto de malversación de fondos por las partes vinculadas o de otras formas de malversación de los intereses de la sociedad. El supervisor comprobará, al menos una vez cada trimestre, las transacciones de capital entre la sociedad y las partes vinculadas, averiguará si la sociedad está ocupada o transferida por los accionistas controladores y otras partes vinculadas y, en caso de cualquier situación anormal, presentará oportunamente al Consejo de Administración de la sociedad las medidas correspondientes.
Artículo 15 en caso de pérdida o posible pérdida de la sociedad causada por la ocupación o transferencia de los fondos, activos u otros recursos de la sociedad por las partes vinculadas, el Consejo de Administración de la sociedad adoptará sin demora medidas de protección, como litigios, conservación de bienes, para evitar o reducir la pérdida.
Cuando los accionistas controladores y las partes vinculadas se nieguen a rectificar, el Consejo de Administración de la sociedad informará oportunamente al Departamento de supervisión de valores e iniciará una acción legal contra los accionistas controladores y las partes vinculadas para proteger los derechos e intereses legítimos de la sociedad y los accionistas públicos.
Artículo 16 en la auditoría de los informes financieros y contables anuales de la sociedad, la entidad de auditoría externa emitirá una declaración especial sobre la existencia de fondos ocupados por los accionistas controladores, los controladores reales y las partes vinculadas de la sociedad, y la sociedad hará un anuncio público sobre la declaración especial de conformidad con las disposiciones pertinentes.
Artículo 17 el Departamento Financiero de la sociedad llevará a cabo una contabilidad y estadísticas cuidadosas de las transacciones financieras entre la sociedad y los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas, y establecerá archivos financieros especiales.
Capítulo IV Responsabilidad y sanciones
Artículo 18 cuando los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas de la sociedad ocupen los fondos de la sociedad en violación de las leyes, reglamentos, documentos normativos y estatutos pertinentes, la sociedad emitirá sin demora un aviso de recordatorio y acordará informar a los departamentos pertinentes y exigir a los departamentos pertinentes que investiguen sus responsabilidades jurídicas. En caso de que se causen pérdidas a la sociedad, la sociedad solicitará oportunamente una indemnización y, en caso necesario, presentará una reclamación mediante litigios u otras formas jurídicas.
Artículo 19 el Consejo de Administración de la sociedad tendrá la obligación de proteger los fondos de la sociedad contra la ocupación por los accionistas controladores y los controladores reales, y los directores y altos directivos de la sociedad prestarán asistencia en su aplicación. Si un accionista controlador o un controlador real consiente en la apropiación indebida de los activos de la sociedad, el Consejo de Administración de la sociedad, en función de la gravedad de la situación, impondrá sanciones a la persona responsable e iniciará el procedimiento de destitución hasta que se investigue la responsabilidad penal de la persona responsable, causando así pérdidas a la sociedad, la sociedad tendrá derecho a exigir que asuma la responsabilidad de la indemnización.
Artículo 20 el Consejo de Administración de la sociedad establecerá un mecanismo de “ocupación o congelación” de las acciones de la sociedad en poder de los accionistas controladores, es decir, cuando se descubra que los accionistas controladores y los controladores reales han malversado activos, solicitará inmediatamente la congelación judicial. Cuando los accionistas controladores y los controladores reales no puedan devolver los activos de la sociedad malversados a su estado original o pagar en efectivo, el Consejo de Administración de la sociedad se atendrá a las disposiciones y procedimientos de las leyes, reglamentos y normas pertinentes. La malversación de los activos de la sociedad se reembolsa mediante la realización de las acciones de la sociedad en poder de los accionistas controladores.
Artículo 21 los fondos ocupados por los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas de la sociedad se liquidarán, en principio, en efectivo. En las condiciones de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes, se pueden explorar formas innovadoras de liquidación financiera, siempre que se presenten a la empresa y a los departamentos pertinentes del Estado para su aprobación de conformidad con los procedimientos legales. Cuando los accionistas controladores, los controladores reales y otras partes vinculadas tengan la intención de utilizar activos no monetarios para liquidar los fondos de la sociedad ocupados, deberán cumplir los procedimientos internos de examen y aprobación de la sociedad y cumplir estrictamente las disposiciones pertinentes del Estado.
Artículo 23 cuando, en la adopción de decisiones, el examen, la aprobación y el tratamiento directo de las transacciones financieras con partes vinculadas, un Director, supervisor, directivo superior o una person a encargada de las finanzas de una sociedad infrinja las presentes medidas y cause pérdidas a la sociedad, será responsable de la indemnización y, si Las pérdidas son graves, será destituido de su cargo por el órgano o la persona correspondiente. Al mismo tiempo, la sociedad informará y presentará una denuncia por iniciativa propia a los órganos administrativos y judiciales pertinentes. Los departamentos pertinentes investigarán sus responsabilidades administrativas, civiles y penales.
Capítulo V Disposiciones complementarias
Artículo 24 las cuestiones no reguladas por el presente sistema se aplicarán de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos, normas y documentos normativos pertinentes, as í como con las medidas para la administración de las transacciones conexas de los Estatutos de la sociedad; En caso de discrepancia, prevalecerán las leyes, reglamentos, normas y documentos normativos pertinentes, as í como las disposiciones pertinentes de los estatutos y las medidas administrativas para las transacciones conexas. Artículo 25 estas medidas entrarán en vigor en la fecha de su examen y aprobación por el Consejo de Administración.
Artículo 26 estas medidas serán interpretadas y revisadas por el Consejo de Administración.
18 de marzo de 2022