Hengdian Entertainment Co.Ltd(603103)
Reglamento de la Junta de supervisores
(revisado en marzo de 2022)
Artículo 1 Disposiciones generales
Con el fin de seguir normalizando los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores de la empresa, promover el desempeño eficaz de las funciones de supervisión de la Junta de supervisores y la Junta de supervisores, mejorar la estructura de Gobierno de las personas jurídicas de la empresa y garantizar los intereses de todos los accionistas, de conformidad con las leyes pertinentes, como el derecho de sociedades de la República Popular China (en adelante, “el derecho de sociedades”), las normas de gobernanza de las empresas que cotizan en bolsa, etc. Estas normas se formulan de conformidad con los requisitos de los estatutos y documentos normativos, as í como con las disposiciones pertinentes de los estatutos (en lo sucesivo denominados “los estatutos”). El Consejo de supervisión de la sociedad será responsable ante la Junta General de accionistas y ejercerá el poder de supervisión en el ámbito de las competencias que le confieren el derecho de sociedades, los estatutos y la Junta General de accionistas.
La Junta de supervisores ejercerá su autoridad de supervisión de conformidad con la ley y garantizará la inviolabilidad de los derechos e intereses de los accionistas, los intereses de la empresa y los derechos e intereses legítimos de los empleados. Artículo 2 reuniones periódicas y reuniones provisionales de la Junta de supervisores
Las reuniones de la Junta de supervisores se dividen en reuniones periódicas y reuniones temporales.
La Junta de supervisores se reunirá periódicamente al menos una vez cada seis meses. En cualquiera de las siguientes circunstancias, la Junta de supervisores celebrará una reunión provisional en un plazo de 10 días:
Cuando se convoque una propuesta de cualquier supervisor;
Cuando la Junta General de accionistas y la Junta de directores hayan aprobado resoluciones que violen las leyes, reglamentos, normas y reglamentos, diversas disposiciones y requisitos de las autoridades reguladoras, los Estatutos de la sociedad, las resoluciones de la Junta General de accionistas y otras disposiciones pertinentes;
Iii) Cuando las faltas de conducta de los directores y altos directivos puedan causar graves daños a la empresa o afectar negativamente al mercado;
Cuando la sociedad, los directores, los supervisores y los altos directivos sean demandados por los accionistas;
Cuando la empresa, el Director, el supervisor o el personal directivo superior sean castigados por el Departamento de supervisión;
Cuando la autoridad reguladora lo solicite;
Otras circunstancias prescritas por las leyes, los reglamentos administrativos, las normas departamentales y los Estatutos de la sociedad.
Artículo 3 propuestas para reuniones periódicas
La Junta de supervisores celebra reuniones periódicas y cualquier supervisor tiene derecho a presentar propuestas. El proponente presentará el texto de la propuesta y los anexos pertinentes al Presidente de la Junta de supervisores cinco días antes de la reunión.
Antes de dar aviso de la convocación de una reunión ordinaria de la Junta de supervisores, la Junta de supervisores solicitará a todos los supervisores propuestas para la reunión y tomará al menos dos días para consultar a los empleados de la empresa. Al solicitar propuestas y opiniones, la Junta de supervisores explicará que la Junta de supervisores se centra en la supervisión del funcionamiento normal de la empresa y el comportamiento de los directores y altos directivos en lugar de en la adopción de decisiones sobre la gestión de la empresa.
Artículo 4 procedimiento propuesto para la reunión provisional
Cuando un supervisor proponga convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores, presentará directamente al Presidente de la Junta de supervisores una propuesta por escrito firmada por el supervisor propuesto. Las propuestas escritas incluirán lo siguiente:
Nombre del supervisor propuesto;
Ii) los motivos de la propuesta o las razones objetivas en que se basa;
Proponer la fecha, el calendario, el lugar y las modalidades de la reunión;
Iv) propuestas claras y concretas;
Los datos de contacto y la fecha propuesta del supervisor propuesto, etc.
En un plazo de tres días a partir de la recepción de la propuesta escrita del supervisor por el Presidente de la Junta de supervisores, se notificará la convocación de una reunión provisional de la Junta de supervisores. Si el Presidente de la Junta de supervisores no está dispuesto a dar aviso de la reunión, propondrá que los supervisores tengan derecho a informar oportunamente a los accionistas y a las autoridades reguladoras pertinentes. Artículo 5 convocación y Presidencia de la Conferencia
La reunión de la Junta de supervisores será convocada y presidida por el Presidente de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para que lo convoque y presida.
Artículo 6 Notificación de reuniones
La convocación de las reuniones periódicas y temporales de la Junta de supervisores se notificará por escrito a todos los supervisores con 10 y 5 días de antelación, respectivamente, mediante entrega a mano, correo, fax, correo electrónico u otros medios especificados en los estatutos. Si no se envía a una persona especial, la confirmación se hará por teléfono y se registrará en consecuencia.
Si la situación es urgente y es necesario convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento oralmente o por teléfono, pero el convocante dará una explicación en la reunión.
Artículo 7 contenido de la notificación de la reunión
La notificación escrita de la reunión incluirá, como mínimo, lo siguiente:
Hora, lugar y modalidades de la reunión;
Ii) Cuestiones que deben examinarse (propuestas de la Conferencia);
Iii) El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;
Iv) los materiales de reunión necesarios para la votación de los supervisores;
La solicitud de que el supervisor asista personalmente a la reunión;
Contactos e información de contacto.
La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los puntos i) y ii) supra, as í como la explicación de la necesidad urgente de convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible.
Artículo 8 modalidades de celebración de la Conferencia
Las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán in situ.
En caso de emergencia, la reunión de la Junta de supervisores podrá votar por medios de comunicación, pero el convocante de la Junta de supervisores (Presidente de la reunión) explicará a los supervisores participantes las emergencias específicas. En el momento de la votación de la comunicación, el supervisor transmitirá al Presidente de la Junta de supervisores sus opiniones escritas y su intención de votar sobre las cuestiones que deban examinarse tras la confirmación de la firma. Los supervisores no sólo deben expresar sus opiniones de voto, sino también sus opiniones por escrito o sus razones de voto.
La Junta de supervisores que no se convoque in situ podrá contar con el número de supervisores que asistan a la reunión si muestran en vídeo a los supervisores presentes, a los supervisores que expresen sus opiniones en una conferencia telefónica, a los supervisores que voten efectivamente por fax o correo electrónico dentro de un plazo determinado, a los supervisores que hayan participado en la reunión y a los supervisores que presenten una carta de confirmación por escrito. Si el supervisor no puede firmar inmediatamente la resolución de la reunión en la reunión de correspondencia, adoptará la forma de votación oral y cumplirá los procedimientos de firma por escrito lo antes posible. La votación oral de los supervisores tendrá el mismo efecto que la firma escrita, pero la firma escrita posterior debe ser coherente con la votación oral en la reunión. Si la firma escrita posterior de un asunto examinado no es coherente con la votación oral en la reunión, la Junta de supervisores volverá a votar por escrito sobre el asunto.
Artículo 9 convocación de la Conferencia
La reunión de la Junta de supervisores no se celebrará hasta que haya más de la mitad de los supervisores presentes.
Los supervisores asistirán a las reuniones de la Junta de supervisores. Los supervisores ausentes pueden presentar sus opiniones por escrito o votar por escrito por adelantado, o pueden confiar a otros supervisores que asistan a la Junta de supervisores en su nombre por escrito, y el mandato debe especificar el alcance de la autorización. Si un supervisor no asiste a una reunión de la Junta de supervisores ni autoriza a sus representantes a asistir a ella, se considerará que ha renunciado al derecho de voto en esa reunión.
Artículo 10 procedimiento de examen de la Conferencia
Las cuestiones enumeradas se debatirán punto por punto en las reuniones de la Junta de supervisores.
El Presidente de la reunión invitará a los supervisores participantes a expresar sus opiniones definitivas sobre las diversas propuestas.
El Presidente de la reunión, a propuesta del supervisor, pedirá a los directores, al personal directivo superior, a otros empleados de la empresa o al personal comercial de los organismos intermediarios pertinentes que asistan a la reunión para ser interrogados.
Artículo 11 resoluciones de la Junta de supervisores
La votación en la reunión de la Junta de supervisores se llevará a cabo a mano alzada o por escrito con un voto de una persona.
La intención de voto de los supervisores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los supervisores participantes elegirán uno de los objetivos antes mencionados, si no hacen una elección o eligen más de dos objetivos al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los supervisores que elijan de nuevo, y si se niegan a hacerlo, se considerará que se abstienen; Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión.
La resolución de la Junta de supervisores debe ser aprobada por la mayoría de todos los supervisores.
Artículo 12 grabación sonora de las sesiones
Cuando se convoque una reunión de la Junta de supervisores, podrá hacerse una grabación sonora completa según sea necesario.
Artículo 13 acta
El personal de la Junta de supervisores llevará un registro de las reuniones sobre el terreno. El acta incluirá lo siguiente:
Tiempo, lugar y modalidades de celebración de los períodos de sesiones;
Ii) la notificación de la reunión;
Iii) convocador y moderador de la reunión;
Iv) Asistencia a la Conferencia;
Las propuestas examinadas en la reunión, los puntos principales y las principales opiniones de cada supervisor sobre las cuestiones pertinentes y la intención de votar sobre las propuestas;
Vi) el método de votación y el resultado de la votación de cada propuesta (especifíquese el número de votos afirmativos, negativos y abstenciones);
Otros asuntos que los supervisores participantes consideren que deben registrarse.
En cuanto a las reuniones de la Junta de supervisores convocadas por medios de comunicación, la Junta de supervisores recopilará las actas de las reuniones de conformidad con las disposiciones anteriores.
Artículo 14 firma del supervisor
Los supervisores participantes firmarán y confirmarán el acta de la reunión. Si el supervisor no está de acuerdo con el acta de la reunión, podrá hacer una declaración por escrito en el momento de la firma.
Se considerará que el supervisor está plenamente de acuerdo con el contenido del acta si no firma la confirmación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior y no explica por escrito sus opiniones divergentes.
Aplicación de la resolución 15
De conformidad con el contenido de la resolución, la Junta de supervisores podrá remitir la resolución al Secretario de la Junta para que la copie a los directores y al personal directivo superior. El supervisor supervisará e instará al personal pertinente a que aplique las resoluciones de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores informará en una reunión posterior de la Junta de supervisores sobre la aplicación de las resoluciones ya adoptadas.
Artículo 16 conservación de los archivos de conferencias
Los expedientes de las reuniones de la Junta de supervisores, incluidos los anuncios de las reuniones y los materiales de las reuniones, los libros de asistencia a las reuniones, los materiales de grabación de las reuniones, los votos de votación, las actas de las reuniones firmadas y confirmadas por los supervisores participantes, las resoluciones, etc., serán conservados por una person a especial designada por el Presidente de la Junta de supervisores.
El período de conservación de los datos de las reuniones de la Junta de supervisores es de 10 años.
Artículo 17 Disposiciones complementarias
Las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se aplicarán de conformidad con las disposiciones pertinentes del reglamento interno del Consejo de Administración de la empresa. En caso de incompatibilidad entre el presente reglamento y las leyes y reglamentos pertinentes y los estatutos, prevalecerán las disposiciones de las leyes y reglamentos pertinentes y los estatutos. A los efectos del presente reglamento, el término “anterior” incluye este número.
El presente reglamento entrará en vigor una vez que haya sido aprobado por la Junta General de accionistas y modificado por la Junta de supervisores. El Consejo de Supervisión será responsable de la interpretación del presente reglamento.
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