Luoyang Jalon Micro-Nano New Materials Co.Ltd(688357)
Reglamento de la Junta de supervisores
Artículo 1 Objetivos
A fin de seguir normalizando los métodos de deliberación y los procedimientos de votación de la Junta de supervisores de la empresa, promover el desempeño eficaz de las funciones de supervisión de la Junta de supervisores y la Junta de supervisores y mejorar la estructura de Gobierno de las personas jurídicas de la empresa, de conformidad con el derecho de sociedades de La República Popular China (en adelante, el "derecho de sociedades"), la Ley de valores de la República Popular China (en adelante, la "Ley de valores"), Estas normas se formulan de conformidad con las normas para la gobernanza de las empresas que cotizan en bolsa y las normas para la inclusión en la lista de acciones de la Junta de creación de Ciencia y tecnología de la bolsa de Shanghai, as í como los documentos normativos y las disposiciones pertinentes de los artículos de asociación de la Comisión reguladora de valores de China (en adelante, los "artículos de asociación").
Artículo 2 Composición de la Junta de supervisores
La empresa establecerá una Junta de supervisores, que estará integrada por tres supervisores, y la Junta de supervisores tendrá un Presidente de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores será elegido por la mayoría de todos los supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores convocará y presidirá las reuniones de la Junta de supervisores; Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para convocar y presidir la reunión de la Junta de supervisores.
La Junta de supervisores incluirá a los representantes de los accionistas y a los representantes de los trabajadores de la empresa en una proporción adecuada, y los representantes de los trabajadores de la empresa en la Junta de supervisores no actuarán como supervisores menos de un tercio del número de supervisores. Los supervisores representativos de los accionistas serán elegidos o destituidos por la Junta General de accionistas, y los supervisores representativos de los empleados serán elegidos o destituidos por la Junta General de representantes de los empleados, la Junta General de empleados u otras formas democráticas. El mandato de cada supervisor es de tres años; Al expirar el mandato de un supervisor, éste podrá ser reelegido.
Artículo 3 reuniones periódicas y reuniones provisionales de la Junta de supervisores
Las reuniones de la Junta de supervisores se dividen en reuniones periódicas y reuniones temporales.
Las reuniones periódicas de la Junta de supervisores se celebrarán cada seis meses. En cualquiera de las siguientes circunstancias, la Junta de supervisores celebrará una reunión provisional en un plazo de diez días:
Cuando se convoque una propuesta de cualquier supervisor;
Cuando la Junta General de accionistas y la Junta de directores hayan aprobado resoluciones que violen las leyes, reglamentos, normas y reglamentos, diversas disposiciones y requisitos de las autoridades reguladoras, los Estatutos de la sociedad, las resoluciones de la Junta General de accionistas y otras disposiciones pertinentes;
Cuando se produzcan efectos adversos;
Cuando la sociedad, los directores, los supervisores y los altos directivos sean demandados por los accionistas;
Cuando la empresa, el Director, el supervisor o el personal directivo superior sean castigados por la autoridad reguladora de valores o condenados públicamente por la bolsa de Shanghai;
Cuando la autoridad reguladora de valores lo solicite;
Otras circunstancias previstas en los estatutos.
Artículo 4 Propuestas para reuniones periódicas
Antes de la notificación de la convocación de la reunión ordinaria de la Junta de supervisores, el Presidente de la Junta de supervisores solicitará a todos los supervisores propuestas para la reunión y tomará al menos dos días para consultar a los empleados de la empresa. Al solicitar propuestas y opiniones, el Presidente de la Junta de supervisores explicará que la Junta de supervisores se centra en la supervisión del funcionamiento normal de la empresa y el comportamiento de los directores y altos directivos en lugar de en la adopción de decisiones sobre la gestión de la empresa.
Artículo 5 procedimiento propuesto para la reunión provisional
Cuando un supervisor proponga convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores, presentará una propuesta por escrito firmada por el supervisor propuesto a través del Presidente de la Junta de supervisores. Las propuestas escritas incluirán lo siguiente:
Nombre del supervisor propuesto;
Ii) los motivos de la propuesta o las razones objetivas en que se basa;
Proponer la fecha, el calendario, el lugar y las modalidades de la reunión;
Iv) propuestas claras y concretas;
Los datos de contacto y la fecha propuesta del supervisor propuesto, etc.
En un plazo de tres días a partir de la recepción por el Presidente de la Junta de supervisores de la propuesta escrita de los supervisores, el Presidente de la Junta de supervisores convocará una reunión provisional de la Junta de supervisores y notificará a todos los supervisores la convocación de una reunión provisional de la Junta de supervisores.
Si el Presidente de la Junta de supervisores no está dispuesto a dar aviso de la reunión, propone que el supervisor informe oportunamente al Departamento de supervisión.
Artículo 6 convocación y Presidencia de la Conferencia
La reunión de la Junta de supervisores será convocada y presidida por el Presidente de la Junta de supervisores.
Si el Presidente de la Junta de supervisores no puede o no puede desempeñar sus funciones, más de la mitad de los supervisores elegirán conjuntamente a un supervisor para que lo convoque y presida.
Artículo 7 Notificación de reuniones
Cuando se celebren reuniones periódicas y reuniones provisionales de la Junta de supervisores, el Presidente de la Junta de supervisores notificará por escrito las reuniones con diez y dos días de antelación, respectivamente, a todos los supervisores mediante notificación directa, fax, correo electrónico u otros medios. En caso de notificación no directa, la confirmación se efectuará por teléfono y se registrará en consecuencia.
En caso de emergencia o de que sea necesario convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible el día en que se elija a un nuevo supervisor en el nuevo período de sesiones de la Junta de supervisores, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento por correo directo, fax, teléfono, correo electrónico, vía oral u otros medios rápidos, siempre que el convocante haga una explicación en la reunión y la registre en el acta de la reunión de la Junta de supervisores.
Artículo 8 contenido de la notificación de la reunión
La notificación escrita de la reunión incluirá, como mínimo, lo siguiente:
Hora, lugar y duración de la reunión;
Ii) Motivos y cuestiones que han de examinarse (propuestas de la Conferencia);
Iii) El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;
Iv) los materiales de reunión necesarios para la votación de los supervisores;
La solicitud de que el supervisor asista personalmente a la reunión;
Persona de contacto y datos de contacto, fecha de envío de la notificación.
La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los puntos i) y ii) supra, as í como la explicación de la necesidad urgente de convocar una reunión provisional de la Junta de supervisores lo antes posible.
Artículo 9 modalidades de celebración de la Conferencia
Las reuniones de la Junta de supervisores se celebrarán in situ.
En caso de emergencia, la reunión de la Junta de supervisores podrá votar por medios de comunicación, pero el convocante de la Junta de supervisores (Presidente de la reunión) explicará a los supervisores participantes las emergencias específicas. En el momento de la votación de la comunicación, el supervisor notificará a la persona de contacto de la reunión que figura en el anuncio de la reunión de la Junta de supervisores sus opiniones escritas y su intención de votar sobre las cuestiones que deban examinarse tras la confirmación de la firma. Los supervisores no sólo deben expresar sus opiniones de voto, sino también sus opiniones por escrito o sus razones de voto.
Artículo 10 convocación de la Conferencia
La reunión de la Junta de supervisores no se celebrará hasta que haya más de la mitad de los supervisores presentes.
En caso de que los supervisores pertinentes se nieguen a asistir a la reunión o no puedan cumplir el requisito del número mínimo de personas que asistan a la reunión, otros supervisores informarán sin demora al Departamento de supervisión.
El Secretario del Consejo de Administración y el representante de valores asistirán a las reuniones del Consejo de supervisión sin derecho a voto.
Artículo 11 Procedimiento de examen de la Conferencia
El Presidente de la reunión invitará a los supervisores participantes a expresar sus opiniones definitivas sobre las diversas propuestas.
El Presidente de la reunión, a propuesta del supervisor, pedirá a los directores, al personal directivo superior, a otros empleados de la empresa o al personal comercial de los organismos intermediarios pertinentes que asistan a la reunión para ser interrogados.
Artículo 12 Resolución de la Junta de supervisores
La votación en la reunión de la Junta de supervisores se llevará a cabo por votación registrada o por correspondencia.
La intención de voto de los supervisores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los supervisores participantes elegirán uno de los objetivos antes mencionados, si no hacen una elección o eligen más de dos objetivos al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los supervisores que elijan de nuevo, y si se niegan a hacerlo, se considerará que se abstienen; Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión.
La resolución de la Junta de supervisores debe ser aprobada por la mayoría de todos los supervisores.
La Junta de supervisores adoptará una resolución sobre la base del resultado de la votación de los supervisores.
Artículo 13 grabación sonora de las sesiones
Cuando se convoque una reunión de la Junta de supervisores, se podrá grabar y grabar todo el proceso, según sea necesario.
Artículo 14 acta
El supervisor y el Registrador que asistan a la reunión firmarán el acta de la reunión. El acta incluirá lo siguiente:
Tiempo, lugar y modalidades de celebración de los períodos de sesiones;
Ii) la notificación de la reunión;
Iii) convocador y moderador de la reunión;
Iv) Asistencia a la Conferencia;
Las propuestas examinadas en la reunión, los puntos principales y las principales opiniones de cada supervisor sobre las cuestiones pertinentes y la intención de votar sobre las propuestas;
Vi) el método de votación y el resultado de la votación de cada propuesta (especifíquese el número de votos afirmativos, negativos y abstenciones);
Otros asuntos que los supervisores participantes consideren que deben registrarse.
En cuanto a las reuniones de la Junta de supervisores convocadas por medios de comunicación, el Presidente de la Junta de supervisores designará a una persona especial para que organice las actas de las reuniones de conformidad con las disposiciones anteriores.
Artículo 15 firma del supervisor
El supervisor que asista a la reunión firmará el acta de la reunión y la resolución de la reunión para su confirmación.
Si el supervisor no está de acuerdo con el acta de la reunión, podrá hacer una declaración por escrito en el momento de la firma. Cuando sea necesario, informará sin demora a la autoridad reguladora o podrá hacer una declaración pública.
Se considerará que el supervisor está plenamente de acuerdo con el contenido del acta si no firma la confirmación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, ni hace una declaración por escrito de sus opiniones divergentes, ni informa o hace una declaración pública a las autoridades reguladoras.
Artículo 16 anuncio de resoluciones
El Secretario del Consejo de Administración se encargará de la publicación de las resoluciones de la Junta de supervisores de conformidad con las medidas administrativas de la Comisión Reguladora de valores de China para la divulgación de información sobre las empresas que cotizan en bolsa y las normas de la bolsa de valores de Shanghai para la cotización de las acciones de la Junta de innovación científica y otras leyes, reglamentos y normas pertinentes, as í como los Estatutos de la sociedad y las disposiciones de los sistemas pertinentes.
Aplicación de la resolución 17
El supervisor supervisará e instará al personal pertinente a que aplique las resoluciones de la Junta de supervisores. El Presidente de la Junta de supervisores informará en una reunión posterior de la Junta de supervisores sobre la aplicación de las resoluciones ya adoptadas.
Artículo 18 conservación de los archivos de la Conferencia
Los expedientes de las reuniones de la Junta de supervisores, incluidos los anuncios de las reuniones y los materiales de las reuniones, los libros de asistencia a las reuniones, los materiales de grabación de audio y vídeo de las reuniones, los votos de votación, las actas de las reuniones firmadas y confirmadas por los supervisores participantes, las resoluciones de la Junta de supervisores y los anuncios de resoluciones, etc., serán conservados por una person a especial designada por el Presidente de la Junta de supervisores.
El período de conservación de los datos de las reuniones de la Junta de supervisores será superior a diez años.
Artículo 19 Disposiciones complementarias
Estas normas son un anexo de los Estatutos de la sociedad y serán formuladas por el Consejo de supervisión de la sociedad y entrarán en vigor en la fecha de su examen y aprobación por la Junta General de accionistas de la sociedad, as í como en la fecha de su modificación.
A los efectos del presente reglamento, el término "anterior" incluye este número.
El presente reglamento será interpretado por la Junta de supervisores.
Las cuestiones no reguladas por el presente reglamento se regirán por las leyes, reglamentos, documentos normativos y los estatutos pertinentes del Estado. En caso de incompatibilidad con las disposiciones pertinentes de las leyes, reglamentos, documentos normativos y estatutos, prevalecerán las disposiciones pertinentes de las leyes, reglamentos, documentos normativos y estatutos.
9 de marzo de 2002