Sistema de gestión de la garantía externa

Shenzhen Huakong Seg Co.Ltd(000068) 8

Sistema de gestión de la garantía externa

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de fortalecer y normalizar la gestión de las garantías externas, prevenir eficazmente los riesgos de las garantías externas de la sociedad y proteger los derechos e intereses conjuntos de los accionistas y otras partes interesadas, de conformidad con el derecho de sociedades de la República Popular China y la Ley de valores de la República Popular China (En lo sucesivo denominada “la Ley de valores”), El presente sistema se formula de conformidad con las disposiciones del Código Civil de la República Popular China (en adelante, el “Código Civil”), la circular de la Comisión Reguladora de valores de China sobre la regulación de las garantías externas de las empresas que cotizan en bolsa, las normas de cotización en bolsa de Shenzhen y otras leyes, reglamentos y documentos normativos, as í como los Estatutos de las empresas (en adelante, los “estatutos”).

Artículo 2 El presente sistema se aplicará a los actos de garantía externa de la sociedad y de sus filiales. Las filiales de control se refieren a las filiales incluidas en el ámbito de aplicación de los estados consolidados de la empresa, incluidas las filiales de propiedad total financiadas por la empresa, las filiales con una proporción de participación superior al 50% y las filiales con un control real, aunque la proporción de participación no supere el 50%. En caso de que una empresa participe en el capital social de la empresa en relación con un acto de garantía externa, el director designado de la empresa deberá obtener la autorización de la empresa antes de la votación.

Artículo 3 la garantía externa a que se refiere el presente sistema se refiere a la garantía, la hipoteca, la prenda y otros medios de garantía proporcionados por la sociedad y sus filiales de control para las deudas contraídas por terceros. Los tipos de obligaciones garantizadas incluyen, entre otras cosas, la línea de crédito bancario, los préstamos bancarios, la emisión de cartas de crédito, las aceptaciones bancarias y las garantías bancarias. Este sistema se aplica a los actos de garantía entre la sociedad y sus filiales y entre ellas.

Artículo 4 la garantía externa de una sociedad debe ser aprobada por el Consejo de Administración o la Junta General de accionistas. Sin la aprobación del Consejo de Administración o de la Junta General de accionistas de la sociedad, la sociedad y sus filiales no podrán proporcionar garantías externas ni garantías mutuas.

Artículo 5 la garantía externa de una sociedad se ajustará a los principios de legalidad, prudencia, beneficio mutuo y seguridad y controlará estrictamente los riesgos de la garantía. Capítulo II Examen del objeto de la garantía externa

Artículo 6 el Departamento de Finanzas de la empresa será el Departamento de Primera Instancia y gestión diaria de la garantía externa de la empresa y será responsable de la aceptación y el examen de todas las solicitudes de garantía presentadas por el garante, as í como de la gestión diaria y el control continuo de los riesgos de la garantía externa.

Artículo 7 la garantía externa de una sociedad debe ajustarse a las disposiciones pertinentes de los Estatutos de la sociedad, y el objeto garantizado debe cumplir al menos los siguientes requisitos:

No hay circunstancias que exijan la terminación de una person a jurídica establecida de conformidad con la ley y que exista legalmente;

Tener buenas condiciones de funcionamiento y financieras, un flujo de caja estable y buenas perspectivas de desarrollo y una fuerte capacidad de pago de la deuda;

Poseer bienes hipotecados (pignorados) y tener la capacidad correspondiente de contragarantía;

Si se ha proporcionado una garantía, no se ha producido ninguna situación en la que los acreedores exijan a la empresa que asuma la responsabilidad conjunta de la garantía; Los materiales proporcionados son auténticos, completos y eficaces;

No hay otros riesgos jurídicos.

Artículo 8 sobre la base del cumplimiento de las condiciones básicas del artículo 7, la sociedad podrá proporcionar garantías en la medida en que:

Los accionistas de la sociedad, las filiales controladoras de los accionistas y las empresas afiliadas de los accionistas;

Las filiales controladas por la sociedad y otras unidades con relaciones de control;

Unidades con importantes relaciones comerciales con la empresa;

Unidades que tengan relaciones comerciales potencialmente importantes con la empresa.

Cuando una sociedad o una filial controladora ofrezca una garantía externa a un tercero, deberá exigir al garante que proporcione una contragarantía a la sociedad o a la filial controladora, o la sociedad o la filial controladora tendrá un derecho legítimo sobre el garante que no sea inferior al importe del derecho garantizado, y el garante tendrá la capacidad real de asumir la contragarantía. Cuando la sociedad ofrezca una garantía a una filial controladora, no podrá solicitar una contragarantía a la filial controladora.

Artículo 9 el Ministerio de Finanzas será responsable de la aceptación uniforme de las solicitudes de garantía para los asuntos de garantía externa que se proponga que se produzcan en la sociedad, y el garante presentará al Ministerio de Finanzas una solicitud de garantía y sus anexos al menos 30 días antes, y la solicitud de garantía incluirá al menos los siguientes elementos:

Información básica del garante;

Descripción de las obligaciones principales garantizadas;

Tipo y duración de la garantía;

Las principales disposiciones del Acuerdo de garantía;

La descripción del plan de reembolso y la fuente de la obligación garantizada por el garante;

Plan de contragarantía

Artículo 10 al presentar la solicitud de garantía, el garante adjuntará al mismo tiempo la información de garantía pertinente sellada con el sello oficial del garante y firmada por el representante legal del garante, que será suficiente para demostrar su solvencia, e incluirá, entre otras cosas:

Los datos básicos de la empresa del garante (licencia comercial, certificado de código de organización, tarjeta de crédito, copia de los Estatutos de la empresa, identificación del representante legal, información que refleje la relación con la empresa y otras relaciones, etc.);

Los informes financieros auditados por una empresa contable calificada de los tres últimos a ños del garante y los estados financieros del período más reciente;

Análisis de las condiciones de funcionamiento y de la capacidad de reembolso del garante;

El informe del estudio de viabilidad del proyecto de préstamo garantizado y la aprobación de las autoridades competentes;

El contrato principal de la garantía y los documentos jurídicos y materiales relacionados con el contrato principal;

Una declaración de que no existen litigios, arbitrajes ni sanciones administrativas importantes;

Otra información importante que la empresa considere necesaria.

Cuando el garante y el contragarante sean empresas diferentes, el contragarante también deberá presentar los materiales de crédito pertinentes de conformidad con los requisitos de esta cláusula.

Artículo 11 antes de prestar servicios de garantía, el Departamento de Finanzas asignará personal especial para examinar y verificar la información básica proporcionada por el garante y el contragarante, y llevará a cabo una investigación y verificación exhaustivas, junto con otros departamentos pertinentes, de las perspectivas comerciales, la situación financiera, el crédito y la reputación del garante, etc. Llevar a cabo un análisis y una evaluación cuidadosos de la situación financiera del garante y del contragarante, as í como de la legalidad de las cuestiones garantizadas y de los intereses y riesgos de las cuestiones garantizadas, respectivamente, y presentar un informe escrito sobre la posibilidad de proporcionar una garantía, que se presentará al Consejo de Administración de la Empresa para su examen y aprobación por el Director General de la empresa.

Artículo 12 el Secretario del Consejo de Administración, tras recibir la información pertinente sobre la solicitud de garantía presentada por la persona encargada del Departamento de Finanzas, llevará a cabo sin demora un examen del cumplimiento. Una vez que la solicitud de garantía haya pasado el control de cumplimiento, se organizarán y ejecutarán oportunamente los procedimientos de examen y aprobación del Consejo de Administración o de la Junta General de accionistas de conformidad con las disposiciones de los estatutos.

Capítulo III procedimientos de examen y aprobación de las garantías externas

Artículo 13 el órgano supremo de adopción de decisiones para la garantía externa de la sociedad será la Junta General de accionistas de la sociedad, y el Consejo de Administración tendrá derecho a adoptar decisiones sobre la garantía externa en el ámbito autorizado por los Estatutos de la sociedad, y gestionará y ejecutará específicamente las cuestiones relativas a la garantía externa aprobadas por la Junta General de accionistas.

Artículo 14 el Consejo de Administración, sobre la base de los informes pertinentes presentados por el Director General, examinará la situación financiera, las perspectivas de la industria, el Estado de funcionamiento y la reputación crediticia del garante y del contragarante, analizará exhaustivamente los beneficios y riesgos de las cuestiones garantizadas y adoptará una resolución sobre la oferta o la No oferta de garantías en el ámbito de la autoridad de examen y aprobación.

Artículo 15 el Consejo de Administración tendrá derecho a decidir las cuestiones relativas a las garantías externas que no se ajusten a lo dispuesto en el artículo 17 del presente sistema. Las cuestiones de garantía dentro de la competencia del Consejo de Administración no sólo serán aprobadas por la mayoría de todos los directores, sino también por más de dos tercios de los directores presentes en las reuniones del Consejo de Administración. Cuando se trate de una garantía conexa, el Director Asociado no podrá ejercer el derecho de voto sobre la resolución ni actuar en nombre de otros directores.

En caso de cualquiera de las circunstancias mencionadas en el artículo 17, se presentará a la Junta General de accionistas para su aprobación tras su examen y aprobación por el Consejo de Administración.

Artículo 16 todos los directores de la sociedad tratarán con cautela y controlarán estrictamente los posibles riesgos de deuda derivados de la garantía externa y asumirán la responsabilidad conjunta y solidaria de las pérdidas derivadas de irregularidades o irregularidades de conformidad con la ley. El director independiente de la empresa emitirá una opinión independiente cuando el Consejo de Administración examine las cuestiones relativas a la garantía externa y, en caso necesario, podrá contratar a una empresa contable para que verifique la garantía externa acumulada y actual de la empresa. Si se detectan anomalías, se informará oportunamente al Consejo de Administración. Los gastos de contratación de una empresa contable correrán a cargo de la empresa.

Artículo 17 las garantías externas sujetas al examen y la aprobación de la Junta General de accionistas incluirán, entre otras cosas, las siguientes situaciones (los indicadores pertinentes se calcularán sobre la base del criterio del informe consolidado):

El importe total de la garantía externa de la empresa y de sus filiales controladas por la empresa supera cualquier garantía proporcionada después del 50% de los activos netos auditados de la empresa que cotiza en bolsa en el último período;

Ii) El importe total de la garantía externa de la empresa, que supere el 30% de los activos totales auditados en el último período; Iii) la garantía de la empresa por un importe superior al 30% de los activos totales auditados de la empresa en el último período de un año;

Iv) la garantía para el objeto de la garantía con una relación activo – pasivo superior al 70%;

Garantía única superior al 10% de los activos netos auditados de la empresa que cotiza en bolsa en el último período;

Garantías proporcionadas a los accionistas, al controlador real y a sus partes vinculadas;

Otras garantías previstas en las leyes, los reglamentos administrativos, las normas gubernamentales o los presentes estatutos. Cuando la Junta General de accionistas examine una propuesta de garantía para los accionistas, el controlador real y sus partes vinculadas, el accionista o el accionista controlado por el controlador real no participarán en la votación, que será aprobada por más de la mitad de los derechos de voto de los demás accionistas presentes en la Junta General de accionistas. Cuando la Junta General de accionistas adopte una resolución sobre la garantía mencionada en el apartado iii), la resolución será aprobada por más de dos tercios de los derechos de voto de los accionistas presentes en la Junta.

Artículo 18 cuando la sociedad ofrezca garantías a las partes vinculadas, independientemente de su cuantía, las revelará oportunamente después de su examen y aprobación por el Consejo de Administración y las presentará a la Junta General de accionistas para su examen. Cuando la sociedad ofrezca una garantía a los accionistas que posean menos del 5% de sus acciones, la garantía se ejecutará de conformidad con las disposiciones del párrafo anterior y los accionistas interesados se abstendrán de votar en la Junta General de accionistas.

Capítulo IV celebración de contratos de garantía externa

Artículo 19 la sociedad celebrará un contrato escrito para proporcionar garantías a terceros. El contrato de garantía se ajustará a las leyes y reglamentos pertinentes, como el Código Civil, etc. además del contrato de garantía Tipo emitido por el Banco, el Departamento de Finanzas y el Secretario del Consejo de Administración examinarán y determinarán otras formas de contrato de garantía.

Artículo 20 los contratos modelo de garantía celebrados, teniendo en cuenta la situación crediticia del garante, examinarán estrictamente todas las cláusulas obligatorias del contrato a fin de evitar el riesgo de que la empresa se enfrente a obligaciones coercitivas unilaterales o a pérdidas imprevistas.

Artículo 21 el contrato de garantía incluirá, como mínimo, lo siguiente:

Acreedores y deudores;

El tipo y el importe de los créditos principales garantizados;

El plazo para que el deudor cumpla sus obligaciones;

Formas de garantía;

El alcance de la garantía;

Duración de la garantía;

Derechos y obligaciones de ambas partes;

Responsabilidad por incumplimiento del contrato;

Formas de solución de controversias;

Otras cuestiones que las partes consideren necesarias para convenir.

Artículo 22 el contrato de garantía será firmado por el representante legal de la sociedad o su persona autorizada de conformidad con la resolución de la Junta General de accionistas o del Consejo de Administración de la sociedad. Nadie podrá firmar el contrato de garantía en nombre de la sociedad sin la aprobación y autorización de la Junta General de accionistas o de la resolución del Consejo de Administración.

Artículo 23 cuando una sociedad acepte una promesa de contragarantía o una promesa de contragarantía, el Departamento de Finanzas y el Secretario del Consejo de Administración serán responsables de perfeccionar los procedimientos jurídicos pertinentes, en particular los procedimientos para el registro oportuno de la hipoteca o la promesa.

Capítulo V supervisión diaria y control continuo del riesgo de las garantías externas

Artículo 24 el Departamento de Finanzas será el Departamento de gestión diaria de la garantía externa de la empresa y será responsable del registro unificado de las cuestiones de garantía de la empresa y sus filiales.

Artículo 25 el Ministerio de Finanzas establecerá una cuenta de garantía externa en la que se registrarán detalladamente el objeto de la garantía, las deudas o cuestiones correspondientes a la garantía, el importe de la garantía, la fecha de inicio de la garantía, el período de garantía, los artículos y derechos utilizados para la hipoteca y la prenda (Si los hubiere) y otras cuestiones pertinentes.

Artículo 26 el Departamento de Finanzas conservará debidamente los materiales financieros importantes, como los contratos de garantía, de conformidad con las normas de gestión interna de la empresa, e informará oportunamente de las cuestiones relativas a la garantía al Secretario del Consejo de Administración, quien tramitará los procedimientos de divulgación de información de conformidad con las disposiciones pertinentes.

Artículo 27 el Ministerio de Finanzas reforzará el seguimiento y la supervisión de la garantía durante el período de garantía, analizará periódicamente la situación financiera y la capacidad de pago de la deuda, comprenderá la ejecución del contrato de garantía e informará periódicamente a la dirección de la empresa y al Consejo de Administración sobre la aplicación de la garantía externa. Incluye principalmente los siguientes trabajos:

Tomar la iniciativa de conocer las condiciones de funcionamiento, la situación financiera y los cambios en el activo y el pasivo del garante;

Conocer oportunamente el uso y la devolución de los fondos del garante;

Informar periódicamente al garante y a los acreedores sobre el pago de las deudas;

Exigir a la parte garantizada que presente periódicamente estados financieros recientes o anuales y que analice si ha habido algún cambio en la capacidad de cumplimiento de la garantía;

Recoger los cambios en la reputación comercial externa del garante.

El Departamento de Finanzas prestará atención a la situación de los garantes, recopilará continuamente la información pertinente y establecerá los archivos financieros de los garantes para el control continuo de los riesgos.

Artículo 28 si se encuentran pruebas de que la situación financiera del garante se deteriora durante el período de garantía y se produce un cambio adverso importante en su capacidad de pago de la deuda, el garante adoptará oportunamente las medidas correctivas necesarias e informará al personal directivo de la empresa y al Consejo de Administración. Si se descubre la colusión maliciosa entre el acreedor y el deudor y existe la sospecha de que la transferencia de bienes elude la deuda, debe informar inmediatamente y cooperar con el Asesor jurídico para hacer un buen trabajo de prevención de riesgos; En caso de pérdidas económicas causadas por el incumplimiento del contrato por el garante, el garante deberá recuperar oportunamente las pérdidas.

Artículo 29 el Ministerio de Finanzas notificará al garante, dos meses antes de la expiración de la garantía externa, la liquidación de la deuda y la labor de seguimiento.

Hacer. En caso de que el garante no pague sus deudas dentro del plazo prescrito, o de que el garante sea insolvente, disuelto, liquidado o el acreedor reclame que el garante asuma la responsabilidad de la garantía, la sociedad se preparará para iniciar el procedimiento de recuperación inmediatamente después de la verificación e informará oportunamente al personal directivo y al Consejo de Administración de la sociedad.

Artículo 30 cuando una sociedad, como garante, tenga más de dos garantes de la misma deuda y acuerde asumir la responsabilidad de la garantía sobre la base de su parte, se negará a asumir la responsabilidad adicional de la garantía más allá de la parte acordada por la sociedad.

Artículo 31 si, después de que el Tribunal Popular haya aceptado el caso de quiebra del deudor, el acreedor no ha presentado su reclamación, el Ministerio de Finanzas y otros departamentos pertinentes presentarán a la empresa para que participe en la distribución de la masa de la quiebra, con antelación

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