Zhejiang Yonghe Refrigerant Co.Ltd(605020) : Zhejiang Yonghe Refrigerant Co.Ltd(605020) normas para los tenedores de bonos que emiten públicamente bonos convertibles de sociedades con acciones a

Zhejiang Yonghe Refrigerant Co.Ltd(605020) Public Issue of a – Share convertible Corporate Bond

Normas para la reunión de tenedores de bonos

Marzo de 2002

Catálogo

Capítulo I Principios generales Capítulo II Derechos y obligaciones de los tenedores de bonos Capítulo III Mandato de la reunión de tenedores de bonos Capítulo IV Reunión de tenedores de bonos Capítulo V Disposiciones complementarias 14.

Zhejiang Yonghe Refrigerant Co.Ltd(605020)

Emisión pública de bonos convertibles a – Share

Normas para la reunión de tenedores de bonos

Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1 a fin de regular la Organización y el comportamiento de las reuniones de los tenedores de bonos de sociedades convertibles que emiten públicamente acciones a (en lo sucesivo denominadas “sociedades” o “emisores”), definir los derechos y obligaciones de las reuniones de los tenedores de bonos y proteger los derechos e intereses legítimos de los tenedores de bonos, Estas normas se formulan de conformidad con las disposiciones del derecho de sociedades de la República Popular China, la Ley de valores de la República Popular China, las medidas para la administración de la emisión de valores de las empresas que cotizan en bolsa, las medidas para la administración de los bonos convertibles de las empresas, las normas para la cotización de acciones en la bolsa de Shanghai y otros documentos normativos, teniendo en cuenta la situación real de la empresa.

Artículo 2 los bonos convertibles de sociedades a que se refiere el presente Reglamento serán los bonos convertibles de sociedades (en lo sucesivo denominados “los bonos convertibles actuales” o “los bonos actuales”) emitidos por la sociedad de conformidad con el folleto sobre la oferta pública de bonos convertibles de sociedades (en lo sucesivo denominado “El folleto sobre la oferta de bonos convertibles”). Los tenedores de bonos serán los que suscriban, negocien o negocien los bonos. Un inversor que adquiera esta deuda convertible por transferencia u otros medios legales. Artículo 3 la reunión de los tenedores de bonos estará integrada por todos los tenedores de bonos de conformidad con el presente reglamento, y la reunión de los tenedores de bonos se convocará y convocará de conformidad con los procedimientos establecidos en el presente reglamento, y se deliberará y votará sobre las cuestiones que entren en el ámbito de su competencia de conformidad con la ley.

Artículo 4 las resoluciones examinadas y aprobadas por la reunión de tenedores de bonos de conformidad con el presente Reglamento serán igualmente vinculantes para todos los tenedores de bonos (incluidos todos los tenedores de bonos que asistan a la reunión, no asistan a la reunión, se opongan a la resolución o renuncien a su derecho de voto, as í como para los tenedores de bonos que transfieran los bonos convertibles después de la aprobación de las resoluciones pertinentes, como se indica a continuación).

Artículo 5 la suscripción, tenencia o transferencia de bonos convertibles se considerará que un inversor está de acuerdo con todas las disposiciones del presente reglamento y está obligado por él.

Capítulo II Derechos y obligaciones de los tenedores de bonos

Artículo 6 derechos de los tenedores de obligaciones convertibles en este momento:

Disfrutar de los intereses convenidos de acuerdo con el importe de los bonos convertibles en su poder;

Convertir los bonos convertibles en acciones a de acuerdo con las condiciones estipuladas en el folleto de bonos convertibles;

Ejercer el derecho de reventa de conformidad con las condiciones estipuladas en el folleto de obligaciones convertibles;

Transferir, donar o pignorar los bonos convertibles en su poder de conformidad con las leyes y reglamentos y los estatutos (en adelante denominados “los estatutos”);

Obtener la información pertinente de conformidad con las disposiciones de la ley y los estatutos;

Exigir a la empresa que pague el principal y los intereses de los bonos convertibles de conformidad con el plazo y la forma especificados en el folleto de bonos convertibles;

Participar o confiar a un agente que participe en la reunión de tenedores de bonos y ejerza el derecho de voto de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos administrativos;

Otros derechos que le confieren las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos como acreedor de la sociedad. Artículo 7 Obligaciones de los tenedores de obligaciones convertibles:

Cumplir las disposiciones pertinentes de las condiciones de emisión de bonos convertibles de la empresa;

Si la deuda convertible se adquiere mediante suscripción, el Fondo de suscripción se pagará de acuerdo con el importe de la deuda convertible suscrita;

Cumplir las resoluciones válidas de la reunión de tenedores de bonos;

Salvo lo dispuesto en las leyes y reglamentos y en el folleto de obligaciones convertibles, no se exigirá a la empresa que pague anticipadamente el principal y los intereses de las obligaciones convertibles;

Otras obligaciones que deben asumir los tenedores de obligaciones convertibles de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos.

Capítulo III Ámbito de competencia de la reunión de tenedores de bonos

Cuando la empresa proponga modificar el plan acordado en el folleto de bonos convertibles, adoptará una resolución sobre si está de acuerdo con la propuesta de la empresa, pero la reunión de tenedores de bonos no adoptará ninguna resolución sobre el consentimiento de la empresa para que no pague el principal y los intereses de los bonos convertibles, modifique el tipo de interés y el plazo de los bonos convertibles, cancele el reembolso o las condiciones de reventa del folleto de bonos convertibles, etc.

Cuando la empresa no pague el principal y los intereses de los bonos convertibles a tiempo, decidirá si está de acuerdo con las soluciones pertinentes, si obliga a la empresa y al garante (en su caso) a reembolsar el principal y los intereses de los bonos convertibles mediante procedimientos judiciales, etc., y si participa en los procedimientos de reorganización, solución, reorganización o quiebra de la empresa;

Iii) Cuando la sociedad reduzca su capital (salvo en el caso de los planes de participación de los empleados, los incentivos de capital o las reducciones de capital resultantes de la recompra de acciones necesarias para salvaguardar el valor de la sociedad y los derechos de los accionistas), se fusione, separe, disuelva o solicite la quiebra, adopte una decisión sobre si acepta o no las propuestas formuladas por la sociedad y sobre el ejercicio de los derechos de los tenedores de bonos de conformidad con la ley;

Iv) Cuando se produzca un cambio adverso importante en el garante (en su caso) o en la garantía real (en su caso), una resolución sobre el plan para ejercer los derechos del tenedor de bonos de conformidad con la ley;

Adoptar una resolución sobre el ejercicio de los derechos de los tenedores de bonos de conformidad con la ley cuando se produzcan acontecimientos que tengan una influencia significativa en los derechos e intereses de los tenedores de bonos;

Adoptar resoluciones sobre la modificación de las normas de la reunión de tenedores de bonos en la medida en que lo permita la ley; Otras circunstancias en que las leyes, reglamentos, normas y documentos normativos prescriban que la reunión de tenedores de bonos debía adoptar una decisión.

Capítulo IV Reunión de tenedores de bonos

Sección 1 convocación de una reunión de tenedores de bonos

Artículo 9 la reunión de los tenedores de bonos será convocada por el Consejo de Administración de la sociedad. El Consejo de Administración de la sociedad convocará una reunión de tenedores de bonos en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación o recepción de la propuesta de convocar una reunión de tenedores de bonos. La notificación de la reunión se enviará a todos los tenedores de bonos y a los participantes pertinentes 15 días antes de la reunión.

Artículo 10 durante el período de vigencia de los bonos convertibles, se convocará una reunión de tenedores de bonos en cualquiera de las siguientes circunstancias:

La empresa tiene previsto modificar las disposiciones del folleto de obligaciones convertibles;

La empresa no puede pagar el principal y los intereses de los bonos convertibles a tiempo;

Se propone modificar el reglamento de la reunión de tenedores de bonos;

La reducción de capital de la sociedad (excepto la reducción de capital causada por el plan de participación de los empleados, el incentivo de capital o la recompra de acciones necesarias para salvaguardar el valor de la sociedad y los derechos e intereses de los accionistas), la fusión, la escisión, la disolución o la solicitud de quiebra;

Cambios adversos importantes en el garante (en su caso) o en la garantía real (en su caso);

La incapacidad de la dirección de la empresa para desempeñar sus funciones normalmente, lo que da lugar a una grave incertidumbre en la capacidad de pago de la deuda de la empresa y a la necesidad de adoptar medidas de conformidad con la ley;

Cuando la empresa presente un plan de reestructuración de la deuda;

Otras cuestiones que tengan una influencia sustancial significativa en los derechos e intereses de los tenedores de bonos;

Otras cuestiones que se examinarán y decidirán en la reunión de tenedores de bonos de conformidad con las leyes y reglamentos, la Comisión Reguladora de valores de China, la bolsa de Shanghai y las presentes Normas.

Artículo 11 las siguientes instituciones o personas podrán proponer convocar una reunión de tenedores de bonos:

Propuesta del Consejo de Administración de la empresa;

Ii) propuestas escritas de los tenedores de bonos que posean, individual o colectivamente, más del 10% del valor nominal total de los bonos pendientes;

Propuestas escritas de leyes, reglamentos y otras instituciones o personas prescritas por la c

Artículo 12 en el plazo de 15 días a partir de la fecha en que se produzcan los acontecimientos previstos en el artículo 10 del presente reglamento, si el Consejo de Administración de la sociedad no cumple sus funciones de conformidad con las presentes Normas, los tenedores de bonos que posean, individual o colectivamente, más del 10% del valor nominal total de los bonos pendientes tendrán derecho a notificar mediante anuncio público la convocación de una reunión de tenedores de bonos.

En el plazo de 15 días a partir de la fecha en que el Administrador fiduciario de bonos u otras instituciones o personas designadas por la c

Artículo 13 después de la emisión de la notificación de la reunión de tenedores de bonos, no se modificará el momento de la reunión de tenedores de bonos ni se cancelará la reunión, a menos que sea por fuerza mayor, ni se modificarán las propuestas enumeradas en la notificación de la reunión; Si, debido a fuerza mayor, es necesario modificar la fecha de celebración de la reunión de tenedores de bonos, cancelar la reunión o modificar las propuestas enumeradas en la notificación de la reunión, el convocante notificará a todos los tenedores de bonos y explicará las razones mediante anuncio público al menos cinco días hábiles antes de la reunión original de tenedores de bonos, pero no modificará la fecha de registro de los tenedores de bonos. El anuncio complementario de la reunión de tenedores de bonos se publicará en el mismo medio designado en el que se publique el anuncio de la reunión.

Después de la notificación de la reunión de tenedores de bonos, si se eliminan los elementos de resolución propuestos para convocar la reunión de tenedores de bonos, el organizador podrá cancelar la reunión de tenedores de bonos mediante anuncio público y explicar las razones.

Artículo 14 el convocante de la reunión de tenedores de bonos anunciará el anuncio de la reunión de tenedores de bonos en los medios de comunicación designados por la c

La fecha, la hora, el lugar, el convocante y el modo de celebración de la reunión;

Ii) propuestas para su examen por la Conferencia;

Todos los tenedores de bonos tienen derecho a asistir a la reunión de tenedores de bonos, y pueden confiar a sus agentes que asistan a la reunión y participen en la votación;

Determinar la fecha de registro de los derechos de los tenedores de bonos con derecho a asistir a la reunión de tenedores de bonos;

Los documentos que deben preparar los participantes en la reunión y las formalidades que deben cumplir, incluido, entre otras cosas, el poder notarial del agente que represente a los tenedores de bonos en la reunión;

Nombre del convocante, nombre y número de teléfono de la persona de contacto permanente para los asuntos de la Conferencia;

Otras cuestiones que el Coordinador debe notificar.

Si la propuesta no se publica de conformidad con las disposiciones pertinentes, no se presentará a la reunión de tenedores de bonos para su examen.

Artículo 15 la fecha de registro de los derechos de los acreedores de la reunión de tenedores de bonos no será anterior a 10 días antes de la fecha de la reunión de tenedores de bonos y no será posterior a 3 días antes de la fecha de la reunión de tenedores de bonos. Los tenedores de bonos de sociedades convertibles registrados en el registro de custodia de la sociedad china de registro y compensación de valores u otras instituciones prescritas por la ley aplicable al cierre del mercado en la fecha de registro de los derechos de los acreedores serán los tenedores de bonos que tengan derecho a asistir a la reunión de tenedores de bonos y a ejercer su derecho de voto.

Artículo 16 las reuniones de los tenedores de bonos se celebrarán en forma de reuniones sobre el terreno. Las empresas también pueden facilitar la participación de los tenedores de bonos en las reuniones mediante Internet, comunicaciones u otros medios. Los tenedores de bonos que participen en la reunión por los medios mencionados se considerarán presentes.

Artículo 17 las instituciones o personas que emitan notificaciones de las reuniones de los tenedores de bonos de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento serán los convocantes de las reuniones en curso.

Artículo 18 al convocar una reunión de tenedores de bonos, el convocante contratará a un abogado para que emita dictámenes jurídicos sobre las siguientes cuestiones:

Si el procedimiento de convocatoria y convocación de la Conferencia se ajusta a las disposiciones de las leyes, reglamentos y presentes Normas;

Ii) si las calificaciones de los asistentes a la Conferencia y de los convocantes son legales y válidas;

Iii) Si el procedimiento de votación de la Conferencia y el resultado de la votación son legítimos y válidos;

Iv) Emitir dictámenes jurídicos sobre otras cuestiones pertinentes a petición de los convocantes.

Artículo 19 el organizador preparará un libro de firmas para los asistentes a la reunión. El libro de firmas contendrá el nombre (o el nombre de la unidad) de los participantes en la reunión, el número de la tarjeta de identidad, la dirección del domicilio, la denominación de los bonos que posean o representen el derecho de voto, el nombre del Representante (o el nombre de la unidad), etc.

Sección 2 propuestas, asistentes y derechos de los tenedores de bonos

Artículo 20 las propuestas presentadas a la reunión de tenedores de bonos para su examen serán redactadas por el Coordinador. El contenido de la propuesta se ajustará a las disposiciones de las leyes y reglamentos, dentro de los límites de la autoridad de la reunión de tenedores de bonos, con temas claros y resoluciones específicas.

Artículo 21 las deliberaciones de la reunión de tenedores de bonos serán decididas por el organizador de conformidad con los artículos 8 y 10 del presente reglamento.

Los tenedores de bonos que posean individual o colectivamente más del 10% del valor nominal total de los bonos pendientes tendrán derecho a presentar propuestas provisionales a la reunión de tenedores de bonos. El emisor y sus partes vinculadas podrán participar en las reuniones de los tenedores de bonos y presentar propuestas provisionales. A más tardar 10 días antes de la reunión de los tenedores de bonos, el proponente provisional presentará una propuesta provisional completa al convocante, que emitirá un aviso complementario de la reunión de los tenedores de bonos en un plazo de cinco días a partir de la fecha de recepción de la propuesta provisional y anunciará el nombre o el nombre del tenedor de bonos que presente la propuesta provisional, la proporción de tenedores de bonos y el contenido de la propuesta provisional. La notificación complementaria se anunciará en el mismo medio designado en el que se publique la notificación de la reunión.

Salvo lo anterior, el convocante no modificará ninguna propuesta que figure en la notificación de la reunión de tenedores de bonos ni añadirá ninguna nueva propuesta. Las propuestas que no figuren en la notificación de la reunión de tenedores de bonos (incluida la notificación complementaria de la adición de propuestas provisionales) o que no cumplan los requisitos del presente reglamento no serán objeto de votación ni de resolución.

Artículo 22 el tenedor de bonos podrá asistir a la reunión de los tenedores de bonos y votar en persona, o podrá confiar a un agente que asista a la reunión y vote en su nombre. Los gastos de viaje, alojamiento y comida de los tenedores de bonos y sus agentes que asistan a las reuniones de los tenedores de bonos serán sufragados por los tenedores de bonos.

Las siguientes instituciones o personas podrán asistir a las reuniones de los tenedores de bonos sin derecho a voto:

El emisor de bonos o su representante autorizado;

Directores, supervisores y altos directivos de la empresa;

Iii) custodio de bonos;

Iv) garante de bonos (en su caso);

Otras partes interesadas importantes de los bonos, con el consentimiento del Presidente de la reunión.

Artículo 23 cuando el tenedor de bonos asista a la reunión, presentará sus documentos de identificación y la tarjeta de cuenta de valores u otros documentos justificativos prescritos por la ley aplicable que posean los bonos pendientes; Si el representante legal o la person a responsable del tenedor de bonos asiste a la reunión, deberá presentar su documento de identidad, un certificado válido de la calificación del representante legal o de la persona responsable y una tarjeta de cuenta de valores u otros documentos justificativos prescritos por la ley aplicable.

Si el agente encargado asiste a la reunión, el agente presentará su documento de identidad, el poder notarial emitido por el agente (o su representante legal o persona a cargo) de conformidad con la ley, el documento de identidad del agente, la tarjeta de cuenta de valores en la que el agente posea los bonos pendientes u otros documentos justificativos prescritos por la ley aplicable.

Artículo 24 el poder notarial emitido por un tenedor de bonos para autorizar a otra persona a asistir a una reunión de tenedores de bonos contendrá los siguientes elementos:

Nombre y número de identificación del agente;

Ii) la autoridad del agente, incluida, entre otras cosas, la existencia de

- Advertisment -