Reglamento de la Junta

Shanghai Lily&Beauty Cosmetics Co.Ltd(605136)

Reglamento de la Junta

Artículo 1 objetivo 1.1 a fin de seguir normalizando los métodos de deliberación y los procedimientos de adopción de decisiones del Consejo de Administración, promover el desempeño eficaz de las funciones del Consejo de Administración y el Consejo de Administración, mejorar el funcionamiento normal del Consejo de Administración y el nivel de adopción de decisiones científicas, de conformidad con el derecho de sociedades, La Ley de valores y los Estatutos de Shanghai Shanghai Lily&Beauty Cosmetics Co.Ltd(605136) El presente reglamento interno se formula de conformidad con las normas de la bolsa de valores de Shanghai para la cotización en bolsa (en lo sucesivo denominadas “las normas de cotización”) y las disposiciones de las leyes, reglamentos y documentos normativos pertinentes, como las directrices para la autorregulación y supervisión de las empresas que cotizan en bolsa de Shanghai No. 1 – funcionamiento normalizado, etc.

Artículo 2 la Oficina del Consejo de Administración 2.1 La Oficina del Consejo de Administración se encargará de los asuntos cotidianos del Consejo de Administración. El Secretario de la Junta actúa como Jefe de la Oficina de la Junta y mantiene el sello de la Junta y la Oficina de la Junta.

Artículo 3 reuniones periódicas 3.1 Las reuniones del Consejo de Administración se dividen en reuniones periódicas y reuniones provisionales. 3.2 El Consejo de Administración se reunirá periódicamente al menos una vez al a ño durante los dos últimos semestres. Artículo 4.1 antes de enviar la notificación por escrito de la convocación de la reunión ordinaria del Consejo de Administración, la Oficina del Consejo de Administración recabará plenamente las opiniones de todos los directores y presentará la propuesta preliminar de la reunión al Presidente para que la formule.

4.2 antes de formular una propuesta, el Presidente consultará al Director General y a otros altos directivos, según sea necesario. Artículo 5 en cualquiera de las siguientes circunstancias, el Consejo de Administración convocará una reunión provisional:

Cuando más de un tercio de los directores lo propongan conjuntamente;

Cuando el Presidente lo considere necesario;

A propuesta de los accionistas que representen más de una décima parte de los derechos de voto;

Cuando lo proponga la Junta de supervisores;

Cuando más de la mitad de los directores independientes lo propongan;

A propuesta del Director General;

Cuando la autoridad reguladora de valores lo solicite;

Otras circunstancias previstas en los estatutos.

Artículo 6 procedimiento de propuesta de la reunión provisional 6.1 Si se propone convocar una reunión provisional del Consejo de Administración de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, se presentará una propuesta por escrito firmada (sellada) por el proponente a través de la Oficina del Consejo de Administración o directamente al Presidente del Consejo de Administración. En la propuesta escrita se indicarán los siguientes elementos: 1) el nombre del proponente;

Los motivos de la propuesta o las razones objetivas en que se basa;

Proponer la fecha, el calendario, el lugar y las modalidades de la reunión;

Propuestas claras y concretas;

Información de contacto del proponente y fecha de la propuesta, etc.

El contenido de la propuesta pertenecerá al ámbito de competencia del Consejo de administración previsto en los Estatutos de la sociedad, y los materiales relacionados con la propuesta se presentarán conjuntamente.

6.2 La Oficina del Consejo de Administración, una vez recibida la propuesta escrita y el material conexo a que se refiere el apartado 6.1, la transmitirá al Presidente el mismo día. Si el Presidente considera que el contenido de la propuesta no es claro, específico o que los materiales pertinentes son insuficientes, podrá pedir al proponente que la modifique o complemente.

6.3 El Presidente convocará una reunión del Consejo de Administración y presidirá la reunión en un plazo de diez días a partir de la recepción de la propuesta. Artículo 7 convocación y Presidencia de reuniones 7.1 El Presidente convocará y presidirá las reuniones del Consejo de Administración; Si el Presidente no puede convocarlo, más de la mitad de los directores elegirán conjuntamente a un director para que desempeñe sus funciones.

Artículo 8 Notificación de reuniones

8.1 Cuando se celebren reuniones periódicas y reuniones provisionales del Consejo de Administración, la Oficina del Consejo de Administración notificará las reuniones a todos los directores, supervisores, directores generales y secretarios del Consejo de Administración con diez y cinco días de antelación, respectivamente, mediante notificación directa, fax, correo electrónico u otros medios. En caso de notificación no directa, la confirmación se efectuará por teléfono y se registrará en consecuencia.

Si la situación es urgente y es necesario convocar una reunión provisional del Consejo de Administración lo antes posible, la notificación de la reunión podrá enviarse en cualquier momento por teléfono, fax o correo electrónico, siempre que el convocante dé una explicación en la reunión.

8.2 contenido de la notificación de la reunión

La notificación de la reunión incluirá, como mínimo, lo siguiente:

Fecha y lugar de la reunión;

Duración y modalidades de celebración de la Conferencia;

Cuestiones que deben examinarse (propuestas de la Conferencia);

El convocante y el Presidente de la reunión, el proponente de la reunión provisional y su propuesta por escrito;

Los materiales de reunión necesarios para la votación de los directores;

Los directores asistirán personalmente a la reunión o encomendarán a otros directores que asistan a ella en su nombre;

Contactos e información de contacto;

Fecha de la notificación.

La notificación de la reunión oral incluirá, como mínimo, los apartados 1, 2 y 3 supra, as í como una explicación de la necesidad urgente de convocar una reunión provisional de la Junta lo antes posible.

8.3 cambios en la notificación de reuniones

Después de la notificación de la reunión ordinaria del Consejo de Administración, si es necesario cambiar la hora y el lugar de la reunión o añadir, modificar o cancelar la propuesta de reunión, se enviará una notificación escrita de la modificación tres días antes de la fecha de la reunión prevista original, en la que se explicarán la situación y El contenido pertinente de la nueva propuesta y los materiales pertinentes. Si el período de sesiones es inferior a tres días, la fecha de la reunión se prorrogará en consecuencia o se celebrará a tiempo tras la aprobación de todos los directores participantes.

Después de la notificación de la reunión provisional del Consejo de Administración, si es necesario cambiar la hora y el lugar de la reunión o añadir, modificar o cancelar propuestas de reunión, se obtendrá la aprobación previa de todos los directores participantes y se harán los registros correspondientes.

Artículo 9 convocación de la Conferencia

9.1 La mayoría de los directores (en lo sucesivo denominados “quórum”) asistirán a las reuniones del Consejo de Administración. Se considerará que el director asiste a una reunión del Consejo de Administración por teléfono u otro medio de comunicación electrónica y que todos los directores que asistan a esa reunión puedan comunicarse entre sí.

9.2 Los supervisores podrán asistir a las reuniones del Consejo de Administración sin derecho a voto; Si el Director General y el Secretario del Consejo de Administración no son simultáneamente directores, asistirán a las reuniones del Consejo de Administración sin derecho a voto. Si el Presidente de la reunión lo considera necesario, podrá informar a otras personas interesadas de que asistan a las reuniones de la Junta sin derecho a voto. Artículo 10 los directores asistirán a las reuniones del Consejo de Administración en persona o por encargo. Si un director no puede asistir a la reunión por alguna razón, examinará el material de la reunión con antelación, formará una opinión clara y encomendará por escrito a otros directores que asistan a la reunión.

Si un director no asiste a una reunión del Consejo de Administración ni autoriza a sus representantes a asistir a ella, se considerará que ha renunciado al derecho de voto en esa reunión. La responsabilidad de los directores por las cuestiones sometidas a votación no quedará exenta de la delegación de otros directores.

El poder notarial contendrá:

Los nombres del Fideicomisario y del fideicomisario;

Una breve opinión del cliente sobre cada propuesta;

El alcance de la autorización del obligado principal y la indicación de la intención de votar sobre la propuesta;

Período de validez, firma del cliente, fecha, etc.

10.2 si se encomienda a otros directores que firmen por escrito las opiniones de confirmación de los informes periódicos, se delegará una autoridad especial en el poder notarial. The Trustee Director shall submit a written mandate to the Chairman of the meeting, and shall indicate the situation of the Trustee attending in the meeting register.

10.3 restricciones a la asistencia delegada

La delegación y el nombramiento para asistir a las reuniones del Consejo de Administración se regirán por los siguientes principios:

Al examinar las transacciones conexas, los directores no afiliados no podrán confiar a los directores afiliados la asistencia en su nombre; Los directores afiliados tampoco podrán aceptar la delegación de directores no afiliados;

Un director independiente no podrá confiar a un director no independiente la asistencia en su nombre, ni podrá aceptar la autorización de un director independiente;

Los directores no podrán autorizar a otros directores a asistir en su nombre sin expresar sus opiniones personales y su intención de votar sobre la propuesta, ni los directores interesados podrán aceptar la delegación de Poderes y la delegación de poderes indefinidos;

Un director no podrá aceptar la autorización de más de dos directores para asistir al Consejo de Administración, ni podrá confiar a un Director que haya aceptado la autorización de otros dos directores para que asista en su nombre.

Artículo 11 el modo de celebración de la reunión 11.1 La reunión del Consejo de Administración se celebrará in situ como principio. Cuando sea necesario, y con sujeción a la garantía de que los directores expresen plenamente sus opiniones, la votación también podrá celebrarse por medios de comunicación, como vídeo, teléfono, fax, correo electrónico o correo electrónico, con el consentimiento del convocante (Moderador) o del proponente. Las reuniones de la Junta también pueden celebrarse in situ y de otro modo.

11.2 si la reunión no se celebra in situ, el número de directores presentes en la reunión se calculará sobre la base de la presentación por vídeo de los directores presentes, los directores que expresen sus opiniones en la conferencia telefónica, la recepción efectiva de los votos válidos por fax, correo electrónico o correo electrónico dentro del plazo prescrito, o la confirmación por escrito de la participación de los directores en la reunión presentada posteriormente.

Artículo 12 Procedimiento de examen de las reuniones

See.

12.2 en el caso de las propuestas que requieran la aprobación previa del director independiente, el Presidente de la reunión designará a un director independiente para que dé lectura a las opiniones de aprobación por escrito del director independiente antes de examinar las propuestas pertinentes.

12.3 si un director o representante obstaculiza el curso normal de la reunión o afecta a otros directores, el Presidente de la reunión lo detendrá sin demora.

12.4 salvo acuerdo unánime de todos los directores participantes, la reunión de la Junta no votará sobre propuestas no incluidas en el anuncio de la reunión. Los directores que acepten la autorización de otros directores para asistir a las reuniones del Consejo de Administración no podrán votar en nombre de los directores encargados sobre propuestas no incluidas en el anuncio de la reunión.

Artículo 13 al expresar sus opiniones 13.1 los directores leerán cuidadosamente los materiales de las reuniones pertinentes y emitirán sus opiniones de manera independiente y prudente sobre la base de una comprensión completa de la situación.

13.2 antes de la reunión, los directores podrán informar al Secretario de la Junta, al convocante de la reunión, al Director General y a otros altos directivos, a los comités especializados, a las empresas de contabilidad y a los bufetes de abogados y a otras personas e instituciones pertinentes sobre las necesidades de adopción de decisiones.

También se podría recomendar a los presidentes que invitaran a los representantes de las personas e instituciones mencionadas a explicar la situación durante la reunión.

Artículo 14 después de un debate completo sobre cada propuesta, el Presidente someterá oportunamente a los directores participantes a votación. 14.2 la votación en la Conferencia se efectuará por votación registrada o a mano alzada u otros medios recomendados por el Presidente. El Presidente no tendrá derecho de veto.

14.3 la intención de voto de los directores se divide en consentimiento, oposición y abstención. Los directores participantes elegirán una de las intenciones antes mencionadas. Si no hacen una elección o eligen más de dos intenciones al mismo tiempo, el Presidente de la reunión pedirá a los directores interesados que elijan de nuevo. Si se niegan a elegir, se considerará que se abstienen. Se considerará que se ha abstenido si abandona el lugar de celebración sin volver a tomar una decisión.

Artículo 15 cuando las estadísticas de los resultados de la votación se basen en la votación a mano alzada, el Secretario del Consejo de Administración hará las estadísticas oportunas cuando los directores participantes voten. Si se adopta el método de votación secreta, una vez concluida la votación de los directores participantes, el representante de valores y el personal pertinente de la Oficina del Consejo de Administración recogerán oportunamente los votos de los directores y los presentarán al Secretario del Consejo de Administración para que lleve a cabo las estadísticas bajo la supervisión de un supervisor o director independiente. Si el Secretario de la Junta no puede asistir a la reunión de la Junta por alguna razón, el Presidente de la reunión designará a otras personas para que sean responsables de las estadísticas de los resultados de la votación.

15.2 cuando se celebre una reunión in situ, el Presidente de la reunión anunciará los resultados estadísticos sobre el terreno; En otros casos, el Presidente de la reunión pedirá al Secretario del Consejo de Administración que informe a los directores del resultado de la votación antes del día hábil siguiente al final del plazo de votación prescrito.

15.3 si el Director vota después de que el Presidente de la reunión haya anunciado el resultado de la votación o haya expirado el plazo de votación prescrito, no se contará el resultado de la votación.

Artículo 16 formación de la resolución 16.1 salvo lo dispuesto en el artículo 17 del presente reglamento, el Consejo de Administración examinará y aprobará la propuesta de la reunión y adoptará las resoluciones pertinentes, y más de la mitad de todos los directores votarán a favor de la propuesta.

16.2 cuando las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos dispongan que la resolución del Consejo de Administración debe obtener el consentimiento de los directores, prevalecerán sus disposiciones.

16.3 de conformidad con las disposiciones de los Estatutos de la sociedad, el Consejo de Administración, en el ámbito de su competencia, adoptará una resolución sobre las cuestiones de garantía, con el consentimiento de más de dos tercios de los directores presentes en la reunión, a menos que la mayoría de todos los directores de la sociedad estén de Acuerdo.

16.4 En caso de conflicto entre diferentes resoluciones en cuanto al contenido y el significado, prevalecerá la resolución posterior en cuanto al momento de la formación. Artículo 17 los directores se abstendrán de votar sobre las propuestas pertinentes en las siguientes circunstancias:

Las circunstancias en que los directores deben abstenerse en virtud de las leyes, reglamentos, documentos normativos, estatutos y normas de cotización en bolsa de Shanghai;

Las circunstancias que los propios directores consideren que deben evitarse;

Otras circunstancias que deben evitarse en virtud de los estatutos debido a la asociación entre los directores y la empresa a la que se refiere la propuesta de reunión.

17.2 en caso de que los directores se abstengan de votar, la reunión pertinente del Consejo de Administración estará representada por más de la mitad y no menos de tres directores no afiliados.

- Advertisment -